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Derecho a la protección contra la tortura


Enviado por   •  21 de Noviembre de 2013  •  Tutoriales  •  2.971 Palabras (12 Páginas)  •  242 Visitas

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La tortura es una violación seria a los derechos humanos y está estrictamente prohibida por las leyes internacionales. Puesto que el uso de la tortura ataca el mismo centro de las libertades civiles y políticas, fue uno de los primeros temas tratados por las Naciones Unidas (ONU), en su desarrollo de estándares de derechos humanos. Una de sus primeras medidas fue el abolir el castigo corporal en los territorios coloniales en 1949. Las leyes internacionales prohíben la tortura y otros tratos inhumanos y degradantes, que son inaceptables bajo cualquier circunstancia.

A pesar de estar fuera de la ley, la tortura sigue practicándose en la mayoría de los países del mundo. Un informe de Amnistía Internacional de 2001, subrayó el uso de la tortura por 140 Estados entre 1997 y 2001, y encontró que cada año miles de perpetradores pegan, violan y electrocutan a otros seres humanos.

La tortura se puede realizar de varias formas. El daño físico se puede causar mediante golpes, rotura de huesos, desgarres musculares, castración, aplastamiento, cortes, descargas eléctricas, desfiguración, quemaduras, aplicación de temperaturas extremas, ingestión de productos químicos o elementos cortantes, baños con substancias químicas cáusticas, ahogamiento, violación, privación del sueño o posturas corporales incómodas.

El daño psicológico se puede realizar mediante la privación sensorial, el aislamiento, la humillación verbal o física (desnudez durante los interrogatorios), la manipulación de la información sobre el detenido o sus allegados, la mentira (p.ej. falsas informaciones sobre daños sufridos por amigos y familiares), la desorientación física y mental, o la simulación de torturas físicas o ejecuciones que contribuyan a la desmoralización. En general, lo que se busca con la tortura psicológica es la ruptura de la autoestima y la resistencia moral del detenido, con el fin de que el interrogado acceda más fácilmente a los deseos del interrogador, sean estos cuales sean.

La declaración de la Asamblea General de la ONU de 1975 define la tortura como: "Se entenderá por tortura todo acto por el cual un funcionario público, u otra persona a instigación suya, inflija intencionalmente a una persona penas o sufrimientos graves, ya sean físicos o mentales, con el fin de obtener de ella o de un tercero información o una confesión, de castigarla por un acto que haya cometido o sea sospechoso de haber cometido, o de intimidar a la persona o a otros". Paul Valadier hace dos observaciones a esta definición: Existen maneras sutiles de desequilibrar la psique de una persona, y en segundo lugar no se debe de restringir la tortura al estado, ya que esta puede darse y se da en diversas relaciones humanas.

La Asamblea Médica Mundial de Tokio celebrada en 1975 incorpora las observaciones de Valadier definiendo tortura como: "El sufrimiento físico o mental infligido en forma deliberada, sistemática o caprichosa, por una o más personas, actuando sola o bajo las órdenes de cualquier autoridad, con el fin de forzar a otra persona a dar información o hacerla confesar por cualquier otra razón."

Derechos en juego

La legislación internacional y regional sobre derechos humanos protege una serie de derechos clave en relación con la tortura y los tratos inhumanos o degradantes. Éstos incluyen:

(a) El derecho a ser protegido contra la tortura

La responsabilidad del Estado por torturas cometidas por funcionarios estatales (por ejemplo agentes de policía, soldados, guardianes de prisiones, etc) está clara bajo las leyes internacionales. Algunos discuten que el Estado es también responsable por torturas llevadas a cabo por personas privadas (actores no estatales) en forma de ataques racistas o violencia doméstica, por ejemplo, si el Estado no hace lo suficiente para prevenir tales abusos.

Se requiere que cada Estado tome medidas legislativas, administrativas, judiciales o de cualquier otra índole que sean eficaces para prevenir actos de tortura en su territorio. Los actos de tortura tienen que ser considerados ofensas bajo las leyes penales. No está justificado el uso de la tortura en situaciones de excepción, por ejemplo durante un estado de guerra, inestabilidad política interna, u otra emergencia pública. Obedecer una orden de autoridades superiores tampoco justifica la tortura (Convención contra la Tortura de la ONU, artículos 2 y 4).

(b) Deber de perseguir a los torturadores

Todos los gobiernos tienen la responsabilidad de procesar a los infractores bajo el sistema de penal procesal internacional que se aplica a la tortura. El principio de jurisdicción universal obliga a todos los países, en los que se encuentre a los presuntos infractores, a extraditar a los torturadores para ser procesados más directamente por el gobierno afectado (por ejemplo, el país donde se cometieron las ofensas, o el país del que sean nacionales las víctimas o los torturadores) o bien a iniciar el proceso ellos mismos (ver la Convención contra la Tortura de la ONU, artículos 5,6 8).

Desgraciadamente, son raros los procesos por tortura que tengan éxito. En algunos casos, esto se debe a la falta de voluntad política y a la ausencia de escrutinio por parte de los medios de comunicación y del público. Se ha criticado a los gobiernos por subordinar la obligación de procesar a intereses políticos.

Más aún, a menudo hay obstáculos legales:

- Jurisdicción universal real y ejecución pueden ser problemáticos puesto que los países incorporan la legislación internacional a la legislación nacional de modos diferentes, lo que resulta en distintas definiciones y penas. (La tortura puede no ser un crimen específico en una ley nacional o puede estar definida de modo muy restrictivo).

- Otra leyes pueden facilitar el que se cometa tortura, tales como la detención incomunicada (detención sin acceso a abogados, médicos, familiares o amigos) o leyes que permiten arrancar confesiones bajo tortura, que se usan como evidencia ante los tribunales para conseguir condenas.

- Leyes de amnistía nacionales pueden proteger a los torturadores.

- Puede ser difícil encontrar evidencia. Los torturadores pueden esconder su identidad o escoger métodos que dejan pocas marcas físicas. Se puede alterar o destruir evidencia. Se pueden archivar informes falsos. Puede haber un código de silencio que impida que la gente hable en contra de sus colegas. O se puede intimidar y amenazar a los testigos con represalias físicas o legales.

- Los sistemas de investigación, procesamiento y condena pueden ser imperfectos, ineficaces o corruptos.

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