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Derecho de Petición- Exclusión Centrales de Riesgo


Enviado por   •  6 de Marzo de 2019  •  Trabajos  •  2.097 Palabras (9 Páginas)  •  407 Visitas

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Medellín (Antioquia), veintidos (22)  de mayo de 2017.

 

Señores

DATACREDITO - Banco de datos

Carrera 43 A 1 A Sur-29 Of 705

Edificio  Tempo Medellín, (Antioquia)

ASUNTO:                 DERECHO DE PETICIÓN

REFERENCIA:         SOLICITUD ACLARACIÓN POR REPORTE NEGATIVO

CARLOS ALBERTO POSADA CORREA, mayor de edad, identificado como se señala al pie de mi firma, con fundamento en el derecho de petición consagrado en el Artículo 23 de la Constitución Política Nacional, Artículo 5º y subsiguientes del Código Contencioso Administrativo, y el Articulo 15 de la Constitución Política que enuncia el Derecho al Habeas Data y lo contenido en el Artículo 16 de la ley 1266 de 2008; en forma respetuosa acudo a ustedes para consultar y hacer valer mi derecho constitucional al Habeas Data conforme a los siguientes,

HECHOS

PRIMERO: Desde el 30 de septiembre del año 2011 adquirí los servicios de telefonía celular a través de su prestigiosa organización COLOMBIA MOVIL S.A. ESP.“TIGO-UNE y, consecuentemente obligaciones de carácter financiero respecto del pago de esos servicios.

 

SEGUNDO: Por razones que corresponden al orden estrictamente económico, realicé pagos de manera extemporánea a lo pactado, No obstante, de manera posterior y de acuerdo a mis posibilidades me puse al día en las obligaciones; dichos pagos los realicé el pasado 15 de noviembre de 2016, adquiriendo el respectivo PAZ Y SALVO con el consecutivo Nº 4286983 suscrito por la señorita NATALIA YEPES Coordinadora Centro de Experiencia y Servicios TIGO de la ciudad de Medellín. No obstante, hoy me encuentro aún reportado en las centrales de riesgo, con reporte negativo.

TERCERO: Aunado a la obligación anterior, desde el 01 de noviembre del año 2013 adquirí los servicios de la COPERATIVA COTRAFA en calidad de deudor del crédito Nº 038-3000000979 y, consecuentemente obligaciones de carácter financiero respecto del pago del citado crédito.

 

CUARTO: Desafortunadamente por razones de insolvencia económica y al igual que sucediera con la obligación adquirida con la empresa TIGO, realicé los pagos que correspondían a esa obligación de manera extemporánea a lo pactado. Sin embargo, posteriormente y una vez superada la crisis económica, logré ponerme al día en las obligaciones; dichos pagos los realicé el pasado 31 de agosto de 2016, adquiriendo el respectivo PAZ Y SALVO con el consecutivo Nº 300-5102 suscrito por el señor  LUIS ALFONSO MARULANDA TOBÓN. No obstante, hoy me encuentro aún reportado en las centrales de riesgo con historial negativo y permanente, emitido por ustedes, sin que se haya realizado el reporte de pago de la obligación contraída.

QUINTO: A pesar de que el artículo 21 de la Ley 1266 de 2008 determina de que la información negativa permanecerá por el tiempo que haga falta para cumplir un año, contado a partir de la cancelación de las obligaciones, ASÍ ENTONCES, no puede ser que aun permanezca vigente el reporte de no pago en las centrales de riesgos TRASNUNION (CIFIN) -DATACREDITO.

SEXTO: Al darme cuenta de esta irregularidad, interpuse derecho de petición ante las entidades COLOMBIA MOVIL S.A. ESP.“TIGO-UNE y la COOPERATIVA FINANCIERA COTRAFA, respectivamente, recibiendo de ambas entidades una respuesta ajustada a derecho, y que hace referencia a la actualización incoada por cada una ante TRASNUNION (CIFIN) –DATACREDITO, en cumplimiento a la Ley 1266 de 2008. En ambos casos entiendo que el historial crediticio permancerá castigado como consecuencia de los pagos extemporáneos, sin embargo, no debe ser así con el reporte activo de mora por no pago, lo que actualmente sucede.

CUARTO: En la actualidad necesito acceder a servicios financieros y me ha sido imposible porque dicho reporte de no pago aun persiste.  Así las cosas, y a la luz de una respuesta negativa por parte de BANCOLOMBIAY BANCO AGRARIO respectivamente, entidades a las que pretendo acceder en calidad de titular, considero que existe un perjuicio que aun pareciendo remediable, de momento cercena mi posibilidad de acceder a un beneficio crediticio, inexplicable para mi y por supuesto muy claro para ellos, pues las centrales de riesgo cuentan con REPORTES ACTIVOS DE MORA, que de manera inexplicable aparece en mi historial; es decir, a pesar de haberse realizado el pago total de la obligación, ante los bancos de datos de TRASNUNION (CIFIN) –DATACREDITO, continúo apareciendo como si estuviera pendiente por cancelar la deuda; peor aun, APAREZCO EN MORA.

PETICION

De acuerdo a los postulados esgrimidos en los hechos anteriormente narrados, y con fundamento en la evidente condición de vulnerabilidad que hoy me aqueja, derivado de un reporte que si bien es negativo respecto del castigo que se refleja en mi historial, ya no debería aparecer la mora y vigencia del no pago, solicito respetuosamente a ustedes como BANCO DE DATOS, para que por favor consideren las siguientes pretensiones,  

  1. Retirar información negativa que repose en las centrales de riesgos, habida cuenta de cumplir con el principio de veracidad contenido en el artículo 4, literal A, de la Ley Estatutaria 1266 de 2008, que a la letra reza:  Artículo 4°. Principios de la administración de datos. “a) Principio de veracidad o calidad de los registros o datos. La información contenida en los bancos de datos debe ser veraz, completa, exacta, actualizada, comprobable y comprensible. Se prohíbe el registro y divulgación de datos parciales, incompletos, fraccionados o que induzcan a error;” y del principio de temporalidad de la misma Ley, en su inciso d.) Principio de temporalidad de la información. La información del titular no podrá ser suministrada a usuarios o terceros cuando deje de servir para la finalidad del banco de datos.
  2. Se sirvan actualizar y rectificar mi historial crediticio, indicando mediante CERTIFICACIÓN ESCRITA, la ausencia de obligaciones pendientes con  las entidades COLOMBIA MOVIL S.A. ESP.“TIGO-UNE y la COOPERATIVA FINANCIERA COTRAFA. Adicionalmente, que no estoy en mora respecto de obligaciones, haciendo caso del Artículo 8° de la ley 1266 de 2008, deberes de las fuentes de la información, numerales 1, 2 y 3.
  3. Que así mismo sirva de soporte legal el Artículo 7°. Deberes de los operadores de los Bancos de Datos. En sus numerales 1,2, 3, 4. Por lo que se evidencia que debe reconocerse de inmediato mi derecho constitucional al Habeas Data, en conexidad con los Artículos 5 “De los principios Fundamentales”, Articulo 13 “Derecho a la igualdad”, Articulo 21 “Derecho a la Honra”, Articulo 85 “Protección inmediata de Derechos fundamentales”, Articulo 333 y Articulo 334 inciso 2 “Del Régimen económico y la Hacienda publica” Constitución Política y el Articulo 17 vigilancia de los destinatarios de la ley “Función de vigilancia” numerales 1, 2,5 y 6 de la ley 1266 de 2008 ley Habeas Data.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Ley 1266 de 2008 Habeas DATA, refiere el derecho que tiene toda persona para conocer, actualizar y rectificar toda aquella información que se relacione con ella y que se recopile o almacene en centrales de información.

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