ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Derechos Constitucionales

1574820020 de Julio de 2012

3.500 Palabras (14 Páginas)824 Visitas

Página 1 de 14

Derechos, Deberes y Garantías Constitucionales

Lo que históricamente ha ocurrido es que el hombre, en la medida que va conociéndose a sí mismo, va consecuentemente descubriendo los derechos que se desprenden de su condición humana y paulatinamente los incorpora a la legislación positiva siendo reconocidos por el Estado o impuestos por el Pueblo en sus constituciones democráticas.

La constitución de la Republica bolivariana de Venezuela de 1999, es una innovación ya que esta contiene en primer término el derecho de toda persona al goce y ejercicio irrenunciable, indivisible e independiente de los derechos humanos, sin discriminación alguna y conforme al principio de progresividad. Su respeto y garantía son obligatorios para todos los órganos del Poder Público, de conformidad con esta Constitución, con los tratados sobre derechos humanos, suscritos y ratificados por la República y con las leyes que los desarrollan. En estas Constitución de 1999 los derechos humanos adquirieren una importancia relevante. Ya que se incorporan notables innovaciones signadas por la progresividad, pero también contiene notables regresiones como la eliminación del derecho de protección de los niños, la violación de la reserva legal como garantía de los derechos por la previsión de la delegación legislativa, y regulaciones excesivamente paternalistas y estatistas en el campo de los derechos sociales, en los cuales se margina a la sociedad civil. Esta reconoce la existencia de los derechos humanos innominados, no enumerados o implícitos cuando establece que “La enunciación de los derechos y garantías contenidos en esta Constitución y en los instrumentos internacionales sobre derechos humanos no debe entenderse como negación de otros que, siendo inherentes a la persona, no figuren expresamente en ellos”.

De estas manera también se hace referencia la los estados de excepción declarados por el presidente en consejo de Ministros, en los cuales se restringe derechos y garantías establecidas en la constitución mientras estos no afecten derechos inherentes a la vida y los demás derechos humanos intangibles.Estos son aquellas circunstancias extraordinarias que afecten gravemente la seguridad de las personas, de la Nación o de las instituciones, y que no puedan ser afrontadas mediante las facultades ordinarias de los órganos del Poder Público.

• Derechos

Los derechos son las facultades, libertades y reivindicaciones inherentes a cada persona por el solo hecho de su condición humana. Esto quiere decir que se trata de derechos inalienables e independientes de cualquier factor particular como raza, nacionalidad, religión, sexo, etc. Los derechos suponen la base social y ética que la sociedad considera necesaria respetar para proteger la dignidad de las personas. Estos se encuentran incluidos en la norma constitutiva y organizativa del estado se consideran como esenciales en el sistema político y que están especialmente vinculados a la dignidad humana. Es conocido el planteamiento filosófico-antropológico de que donde nace una necesidad surge un derecho; éste planteamiento tan lógico aparece por primera vez en "La República" de Platón. Los derechos constitucionales se clasifican en derechos fundamentales o de primera generación, derechos o de segunda generación, y derechos a un medio ambiente sano o de tercera generación.

- Los derechos de los ciudadanos se pueden clasificar de la siguiente manera:

Derechos Humanos: son el conjunto de derechos y de instituciones, que garantizan, promueven y defienden los derechos inherentes al ser humano, y que se encuentran consagrados en los diferentes Acuerdos o Declaraciones de carácter regional o universal, siendo positivizados en muchos casos por los ordenamientos jurídicos internos. En el caso de Venezuela los Derechos Humanos juegan un papel muy importante y La Constitución de la República consagra en el Titulo III, Capitulo I todo lo referido a la protección de estos derechos.

Derechos Civiles: Son todos esos derechos que pertenecen a cada una de las personas que conforman la colectividad. Esta serie de derechos protegen y garantizan los la integridad física y moral de los ciudadanos.

Derechos Políticos: Son el conjunto de derechos que tienen los ciudadanos para manifestar su opinión con respecto a aspectos de orden político, como las Elecciones, que es una de las formas de participación de la Sociedad. La Constitución integra un nuevo elemento a este tipo de participación, y esa innovación se configuró en la institución del Referendo. La Participación es una forma de ejercicio de los derechos políticos, dicha participación puede darse a nivel municipal o nacional, lo importante de ella es que el Pueblo este inmerso.

Derechos Sociales y Familiares: Son el conjunto de derechos que tienen por objeto la regulación y protección de las instituciones propias del Derecho de Familia, a saber: La Familia, La Adopción, La Maternidad, El Matrimonio, Los Hijos, así como también todo lo referido a la Seguridad Social, la Salud, El Trabajo, Los Salarios, y todo lo relacionado al desarrollo social de los ciudadanos venezolanos.

Derechos Culturales y Educativos: son el conjunto de normas que tienen por objeto la ratificación, garantización, acceso y protección de la Cultura, así como también del Sistema Educativo.

Derechos Económicos: son el conjunto de preceptos jurídicos que establecen los lineamientos que garantizan y regulan todo lo referido a la Iniciativa Privada y a la Libertad Empresarial así como la autoridad del Estado para controlar dicha actividad.

Derechos de los pueblos indígenas: Son el conjunto de preceptos jurídicos que reconocen y garantizan las diversas formas de manifestaciones de los grupos indígenas venezolanos, así como la protección y la participación en diferentes ámbitos de la vida nacional.

Sin duda alguna, La Constitución Venezolana es pionera y un importante punto de regencia en cuanto al reconocimiento de los Derechos de los Pueblos Indígenas, ninguna Constitución en América y en el resto del mundo integra y reconoce los derechos inherentes a las poblaciones propias de los países de la forma como lo hace esta Constitución. Es importante resaltar la importancia del reconocimiento de estos derechos, puesto que en Venezuela actualmente existen aproximadamente 24 comunidades o pueblos indígenas.

Derechos ambientales: Son el conjunto de preceptos jurídicos que establecen los elementos protectores referidos a la conservación del ambiente, diversidad biológica, fauna y parques nacionales.

• Deberes

Son considerados como el conjunto de obligaciones, ya sea de orden legal, o convencional, que todo ciudadano debe cumplir, y del cumplimiento de estas obligaciones dependerá el funcionamiento de la Sociedad. El deber constitucional lo podríamos caracterizar como comportamientos que se imponen a los particulares de hacer, dar, o no hacer en consideración a intereses que no son particulares suyos sino en beneficio de otros sujetos o en beneficio de intereses generales de la comunidad política. La presencia de los deberes responde a la consideración al que el ciudadano debe participar en la comunidad, debe hacer algo a favor de la comunidad, que los beneficios de la ciudadanía no son gratuitos y que por tanto las personas tienen el deber ético, político de colaborar en beneficio de esa comunidad.

La Constitución Nacional establece e impone una serie de Deberes que deben ser cumplidos por todos los venezolanos y también por los extranjeros que residan en el país. Esa serie de Deberes se pueden clasificar en las siguientes categorías:

Deberes para Con La Patria: son el conjunto de obligaciones que tiene todo venezolano o extranjero residente en el país para con la Nación.

Deberes Sociales: son el conjunto de obligaciones de orden moral, social, de tipo altruista, que invitan a los ciudadanos a colaborar, pero que, en caso de ser necesario, tienen mecanismos de obligatorio cumplimiento.

Deberes para con La Constitución y Las Leyes: son el conjunto de obligaciones que se adquieren y deben cumplir, pues las mismas están consagradas expresamente en las Leyes, y el incumplimiento acarrea una sanción.

• Garantías Constitucionales

Vienen a ser el escudo protector de los Derechos, son un conjunto de derechos mínimos que tenemos por el solo hecho de existir y tenemos que ejercerlos, las características de las garantías es que son:

* Son Inderogables, ni el congreso ni autoridad alguna puede eliminarlas de la Constitución, solo es permitido reformarlas, ya sea para agregar un derecho o explicarlo para que sea mejor comprendido.

* Son Irrenunciables, es decir nadie puede renunciar a ellos y tampoco nadie puede negarle el ejercicio de estos derechos.

* Son la Unión Inseparable de Derechos.

- Son garantías Constitucionales:

Del Derecho a la Vida (Art. 43 CBV) la prohibición de la pena de muerte, la obligación del Estado en asegurar dicho Derecho para las personas recluidas en las cárceles o instituciones del Estado tales como hospitales psiquiátricos, instituto de protección del menor, cuarteles o cualquiera otra forma de restricción a la libertad personal impuesta por el mismo Estado.

Del Derecho a la Libertad Personal (Art. 44 CBV) tiene muchas facetas, de hecho es el segundo Derecho en orden de importancia (si atendemos al orden en que fueron dispuestos los Derechos

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (22 Kb)
Leer 13 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com