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Derechos De Propiedad Intelectual


Enviado por   •  29 de Agosto de 2012  •  22.002 Palabras (89 Páginas)  •  665 Visitas

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DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL

LEGISLACION NACIONAL - MEXICO

Ley de la Propiedad Industrial

________________________________________

INDICE

Título Primero: Disposiciones Generales

Capítulo Unico

Título Segundo: De las Invenciones, Modelos de Utilidad y Diseños Industriales

Capítulo I: Disposiciones Preliminares

Capítulo II: De las Patentes

Capítulo III: De los Modelos de Utilidad

Capítulo IV: De los Diseños Industriales

Capítulo V: De la Tramitación de Patentes

Capítulo VI: De las Licencias y la Transmisión de Derechos

Capítulo VII: De la Nulidad y Caducidad de Patentes y Registros

Título Tercero: De los Secretos Industriales

Capítulo Unico

Título Cuarto: De las Marcas y de los Avisos de Nombres Comerciales

Capítulo I: De las Marcas

Capítulo II: De las Marcas Colectivas

Capítulo III: De los Avisos Comerciales

Capítulo IV: De los Nombres Comerciales

Capítulo V: Del Registro de Marcas

Capítulo VI: De las Licencias y la Transmisión de Derechos

Capítulo VII: De la Nulidad, Caducidad y Cancelación de Registro

Título Quinto: De la Denominación de Origen

Capítulo I: De la Protección a la Denominación de Origen

Capítulo II: De la Autorización para su Uso

Título Sexto: De los Procedimientos Administrativos

Capítulo I: Reglas Generales de los Procedimientos

Capítulo II: Del Procedimiento de Declaración Administrativa

Capítulo III: Del Recurso de Reconsideración

Título Séptimo: De la Inspección, de las Infracciones y Sanciones Administrativas y de los Delitos

Capítulo I: De la Inspección

Capítulo II: De las Infracciones y Sanciones Administrativas

Capítulo III: De los Delitos

Transitorios

ARTICULO 1o.- Las disposiciones de esta Ley son de orden público y de observancia general en toda la República, sin perjuicio de lo establecido en los Tratados Internacionales de los que México sea parte. Su aplicación administrativa corresponde al Ejecutivo Federal por conducto del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial.

ARTICULO 2o.- Esta Ley tiene por objeto:

I.- Establecer las bases para que, en las actividades Industriales y comerciales del país, tenga lugar un sistema permanente de perfeccionamiento de sus procesos y productos;

II.- Promover y fomentar la actividad inventiva de aplicación industrial, las mejoras técnicas y la difusión de conocimientos tecnológicos dentro de los sectores productivos;

III.- Propiciar e impulsar el mejoramiento de la calidad de los bienes y servicios en la industria y en el comercio, conforme a los intereses de los consumidores;

IV.- Favorecer la creatividad para el diseño y la presentación de productos nuevos y útiles;.

V.- Proteger la propiedad industrial mediante la regulación y otorgamiento de patentes de invención; registros de modelos de utilidad, diseños industriales, marcas, y avisos comerciales; publicación de nombres comerciales; declaración de protección de denominaciones de origen, y regulación de secretos industriales, y

VI.- Prevenir los actos que atenten contra la propiedad industrial o que constituyan competencia desleal relacionada con la misma y establecer las sanciones y penas respecto de ellos.

ARTICULO. 3o.- Para los efectos de esta ley se entiende por:

I.- Ley, a la presente ley;

II.- Tratados Internacionales, a los celebrados por México de conformidad con la Ley Sobre la Celebración de Tratados;

III.- SE DEROGA.

IV.- Instituto, al Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial;

V.- Diario Oficial, al Diario Oficial de la Federación;

VI.- Gaceta, a la Gaceta a que se refiere el artículo 8o. de esta Ley.

ARTICULO. 4o.- No se otorgará patente, registro o autorización, ni se dará publicidad en la Gaceta, a ninguna de las figuras o instituciones jurídicas que regula esta Ley, cuando sus contenidos o forma sean contrarios al orden público, a la moral y a las buenas costumbres o contravengan cualquier disposición legal.

ARTICULO 5o.- SE DEROGA

ARTICULO 6o.- El Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, autoridad administrativa en materia de propiedad industrial, es un organismo descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, el cual tendrá las siguientes facultades:

I.- Coordinarse con las unidades administrativas de la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial, así como con las diversas instituciones públicas y privadas, nacionales, extranjeras e internacionales, que tengan por objeto el fomento y protección de los derechos de propiedad industrial, la transferencia de tecnología, el estudio y promoción del desarrollo tecnológico, la innovación, la diferenciación de productos, así como proporcionar la información y la cooperación técnica que le sea requerida por las autoridades competentes, conforme a las normas y políticas establecidas al efecto;

II.- Propiciar la participación del sector industrial en el desarrollo y aplicación de tecnologías que incrementen la calidad, competitividad y productividad del mismo, así como realizar investigaciones sobre el avance y aplicación de la tecnología

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