PROPIEDAD INTELECTUAL Y DERECHOS DE AUTOR
javier_suarezDocumentos de Investigación8 de Septiembre de 2019
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UNIVERSIDAD HUMANITAS
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LIC. FELIX ALEJANDRO RAMOS DE LA PUENTE
APUNTES DE
DERECHOS DE AUTOR Y
PROPIEDAD INDUSTRIAL
ABRIL Y MAYO 2011
PROF. Adolfo Andrade Martinez
adolfohum@gmail.com
2 días antes de los exámenes enviar los ensayos
Derechos de Propiedad Intelectual competencia y protección. Carlos Correa.
PROPIEDAD INTELECTUAL Y DERECHOS DE AUTOR.
Derecho empresarial Corporativo
Es el Derecho relacionado con la actividad empresarial y con los elementos corpóreos e incorpóreos de la empresa.
Personalidad juridica.
Reconocimiento del Estado que da a un ente su calidad de persona, en los casos de las personas morales deberán estar constituidas segu8n las disposiciones del Derecho Positivo Mexicano.
El Estado otorga la personalidad.
EMPRESA
- No es una persona.
- No es una sociedad.
- No es una asociación.
- No puede ser un conglomerado de personas.
- No es una institución jurídica.
- No es una figura jurídica.
- Es un termino económico.
- Es una actividad.
- Presta bienes.
- Cambio de bienes.
- Busca un fin común.
¿Quién organiza los bienes de la empresa?
Una o varias personas en su conjunto, obviamente pertenecientes a la misma.
LA EMPRESA 1.- Capital. Empresario.- Es el experto en
ES UN CONJUNTO 2.- Trabajo. La actividad empresarial, es
DE: 3.- Elementos el administrador de todos esos
Medios.
ELEMENTOS QUE COMPRENDEN A LA EMPRESA.
Corpóreos.- Recursos Humanos, Recursos Financieros etc.
Incorpóreos.- El prestigio, la propiedad intelectual
La empresa es una actividad. La propiedad intelectual es importante para llegar al éxito de la empresa.
PROPIEDAD INTELECTUAL.
Es una Garantía Individual que pertenece a un elemento incorpóreo de la empresa.
…”no se puede concebir un Derecho sin persona”.
La propiedad intelectual se ubica dentro del rango más alto dentro de nuestro país, su fundamento lo encontramos en el articulo 28 constitucional; por lo que podemos decir que el mismo es una Garantía Individual a favor de los gobernados (persona física o moral), que se encuentra sujeto de manera directa o indirecta al Régimen Jurídico Mexicano.
Garantía Social.
Igualmente es una garantía social (la propiedad intelectual)pues es un Derecho Publico Subjetivo y tiende a establecerse sobre un sector sobre la sociedad, no sobre la sociedad en su conjunto, a los que le llaman grupos vulnerables.
Sin embargo surgen las siguientes dudas: ¿Quién es el grupo vulnerable, la empresa, el autor?
Libre concurrencia de mercados.- Es una garantía que deriva del articulo 05 constitucional.
Estanco.- Es un monopolio que ejerce el Estado mas haya de lo que permite la ley.
La propiedad intelectual no es un monopolio propiamente, pues posee las siguientes características:
- Es un Derecho incorpóreo.
- Es un Derecho fundamental.
- Es una garantia individual.- A favor de un gobernado llamado: creador, inventor, innovador, artista interprete etc.
- Es de carácter patrimonial.
- Es de carácter moral (?).
- Es de carácter temporal (?), pues hay vitalicios.
- Tiene que ver con la explotación exclusiva o como derecho de ser reconocido como inventor, autor, interprete o ejecutante de invenciones, modelos, titulares de símbolos, distintivos etc; es decir, con toda la creación que es producto del ingenio del talento humano, con la finalidad de satisfacer necesidades humanas; toda vez que un objeto de esas creaciones es para satisfacer el entretenimiento del hombre.
¿Cuál es la norma aplicable?
La ley Federal de Derechos de Autor
NOTA: El ensayo debera contener los siguientes aspectos:
1.- Cuestiones empresariales
2.- Como las derechos de autor sirven a la empresa para cumplir con los objetivos de la misma.
LOS DERECHOS DE AUTOR PUEDEN ESTAR OSTENTADOS POR LOS SIGUIENTES DERECHOS:
GARANTIA INDIVIDUAL------------------Limitar.
Es un Derecho publico subjetivo a favor de los gobernados, pero de rango constitucional sugiere un no hacer por parte del Estado.
GARANTIA SOCIAL------------------------Intervencion.
Es un Derecho republicano no liberal, tiende a procurar el equilibrio de las relaciones de algunos de los elementos del estado.
DERECHO HUMANO----------------------Universal.
Es un Derecho que se adquiere por el simple hecho del ser humano, no requiere más que la simple ostentación ante los demás miembros de la raza humana.
PROPIEDAD INTELECTUAL:
- Se divide en Propiedad industrial y Derechos de Autor.
- Es un elemento incorpóreo de la empresa.
- Es una garantía individual.
- Es una garantía social.
- Es un derecho humano.
- Es un Derecho publico subjetivo de rango constitucional a favor de gobernados.
- El protegido o gobernado puede ser llamado de distintas formas: Creadores, Innovadores, autores, artistas, ejecutantes, interpretes, titular de la denominación de origen
- Es un derecho perpetuo.
- Deriva del talento humano, que se debe considerarse en algo tangible en el caso del Derecho de Autor, sin embrago, por lo que respecta a la Propiedad Industrial, solo basta con la simple idea.
- Es necesario que beneficie al ser humano.
Ahora bien, en conclusión podremos decir que la Propiedad Intelectual, es todo aquello que deriva del intelecto, misma que se puede ejercer sobre de aquellos auténticos Derechos de Propiedad.
LEY FEDERAL DE DERECHOS DE AUTOR.
TRATANDOSE DE OBRAS REALIZADAS POR LOS TRABAJADORES SE ESTARA EN LO SIGUIENTE:
TITULO CUARTO DE LA PROTECCION AL DERECHO DE AUTOR
CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES
ARTICULO 84
CUANDO SE TRATE DE UNA OBRA REALIZADA COMO CONSECUENCIA DE UNA RELACION LABORAL ESTABLECIDA A TRAVES DE UN CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO QUE CONSTE POR ESCRITO, A FALTA DE PACTO EN CONTRARIO, SE PRESUMIRA QUE LOS DERECHOS PATRIMONIALES SE DIVIDEN POR PARTES IGUALES ENTRE EMPLEADOR Y EMPLEADO.
EL EMPLEADOR PODRA DIVULGAR LA OBRA SIN AUTORIZACION DEL EMPLEADO, PERO NO AL CONTRARIO. A FALTA DE CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO POR ESCRITO, LOS DERECHOS PATRIMONIALES CORRESPONDERAN AL EMPLEADO.
TITULO CUARTO DE LA PROTECCION AL DERECHO DE AUTOR
CAPITULO IV DE LOS PROGRAMAS DE COMPUTACION Y LAS BASES DE DATOS
ARTICULO 103
SALVO PACTO EN CONTRARIO, LOS DERECHOS PATRIMONIALES SOBRE UN PROGRAMA DE COMPUTACION Y SU DOCUMENTACION, CUANDO HAYAN SIDO CREADOS POR UNO O VARIOS EMPLEADOS EN EL EJERCICIO DE SUS FUNCIONES O SIGUIENDO LAS INSTRUCCIONES DEL EMPLEADOR, CORRESPONDEN A ESTE.
COMO EXCEPCION A LO PREVISTO POR EL ARTICULO 33 DE LA PRESENTE LEY, EL PLAZO DE LA CESION DE DERECHOS EN MATERIA DE PROGRAMAS DE COMPUTACION NO ESTA SUJETO A LIMITACION ALGUNA.
OBRA DEL DOMINIO PÚBLICO.
TERMINO PARA LA VIGENCIA DE DERECHOS.
TITULO SEGUNDO DEL DERECHO DE AUTOR
CAPITULO III DE LOS DERECHOS PATRIMONIALES
ARTICULO 29
LOS DERECHOS PATRIMONIALES ESTARAN VIGENTES DURANTE:
I. LA VIDA DEL AUTOR Y, A PARTIR DE SU MUERTE, SETENTA Y CINCO AÑOS MAS.
CUANDO LA OBRA LE PERTENEZCA A VARIOS COAUTORES LOS SETENTA Y CINCO AÑOS SE CONTARAN A PARTIR DE LA MUERTE DEL ULTIMO, Y
II. SETENTA Y CINCO AÑOS DESPUES DE DIVULGADAS:
A) LAS OBRAS POSTUMAS, SIEMPRE Y CUANDO LA DIVULGACION SE REALICE DENTRO DEL PERIODO DE PROTECCION A QUE SE REFIERE LA FRACCION I, Y
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