Derechos Humanos En Mexico
ecliserio11 de Octubre de 2013
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DERECHOS HUMANOS
Normas: Reglas De Conducta (Comportamiento Humano)
Normas jurídicas: de observancia obligatoria, impuestas por el estado, que en caso de no cumplir amerita una sanción.
Normas morales: son potestativas (no hay sanción)
CONCEPTO DE DERECHO.
Es aquel conjunto de normas jurídicas encargadas de regular el comportamiento externo de los individuos dentro de una sociedad, concediéndonos derechos e imponiéndonos obligaciones, que en caso de incumplimiento nos haremos acreedores a una sanción impuesta por el estado como órgano rector de la sociedad.
Conjunto de leyes encargadas de regular la acciones humanas dentro de una comunidad otorgándonos libertades e imponiéndonos responsabilidades, que en caso de incumplimiento nos haremos acreedores a un castigo impuesto por el gobierno como órgano rector de la sociedad.
CARACTERISTICAS DE LA NORMA JURIDICA.
- Exterioridad (comportamiento externo, acciones)
- Bilateralidad (derechos y obligaciones)
- Coercibilidad (sanción o castigo)
- Heteronomia (el estado como parte opuesta al gobernado)
CARACTERISTICAS DE LA MORAL
- Interioridad
- Unilateral
- Incoercible
- Autonomía
CLASIFICACION DEL DERECHO.
D. Publico D. Privado D. Sociales(Mixtos)
Procesal Civil Laboral
Penal Mercantil Consumidor
Constitucional Internacional Publico Bancario
Fiscal Agrario
Administrativo Ecológico
Internacional Publico Internacional Humanitario
DERECHO PUBLICO
Es aquel conjunto de normas jurídicas encargadas de regular las relaciones entre el estado y los participantes de forma directa y sin intermediarios.
DERECHO PRIVADO
Es aquel conjunto de normas jurídicas encargadas de regular las relaciones entre particulares con otros particulares en donde el estado funge como mediador.
DERECHOS SOCIALES (MIXTOS)
Es aquel conjunto de normas jurídicas encargadas de proporcionar beneficios a la sociedad que representan, se les considera mixto porque tanto el estado como el particular pueden proporcionar los beneficios que se requieran.
DERECHO PUBLICO
D. PROCESAL. (se considera universal). Conjunto de normas jurídicas encargadas de crear los procedimientos a seguir en todas las disciplinas jurídicas para alcanzar una adecuada impartición de justicia.
D. PENAL. Conjunto de normas jurídicas encargadas de regular los delitos e imponer sus respectivas penas
D. CONSTITUCIONAL. Conjunto de normas jurídicas encargadas de proporcionarle a los individuos sus derechos humanos fundamentales, obligaciones además de estructurar la organización del estado.
D. FISCAL. Conjunto de normas jurídicas encargadas de llevar acabo la recaudación tributaria.
D. ADMINISTRATIVO. Conjunto de normas jurídicas encargadas de organizar, aprovechar y distribuir los recursos económicos o materiales con los que cuenta el estado.
D. INTERNACIONAL PÚBLICO. Conjunto de normas jurídicas que se encarga de regular las relaciones de un gobierno con los gobiernos de otras naciones.
DERECHO PRIVADO
D. CIVIL. Conjunto de normas jurídicas que se encarga de regular los actos de convivencia de participación con otros particulares.
D. MERCANTIL. Conjunto de normas jurídicas que se encarga de regular los actos de comercio
D. INTERNACIONAL PRIVADO. Conjunto de normas jurídicas que se encarga de regular las relaciones entre particulares de un país con particulares de otro país como intermediario el estado.
DERECHO SOCIAL (MIXTAS}
D. LABORAL. Conjuntos de normas jurídicas encargadas de regular las relaciones obrero patronales.
D. CONSUMIDOR. Conjunto de normas jurídicas encargadas de regular los actos de consumo, bienes o servicios.
D. BANCARIO. Conjunto de normas jurídicas encargadas de regular las operaciones bursátiles.
D. AGRARIO. Conjunto de normas jurídicas encargadas de regular la explotación uso y aprovechamiento del producto agrícola.
D. ECOLOGICO. Conjunto de normas jurídicas encargadas de regular el uso adecuado de los recursos naturales y el aprovechamiento de los mismos.
D. INTERNACIONAL HUMANITARIO. Conjunto de normas jurídicas encargadas de velar por la integridad física y patrimonial de militares y civiles involucrados en conflictos armados o desastres naturales que traspasen fronteras.
PROCESO LEGISLATIVO.
Del latin “leg”= leyes
PASOS PARA CREAR UNA LEY:
1. Iniciativa de ley
2. Discusión Cámara baja (de diputados)
3. Aprobación
4. Sanción (Respaldar, abalar)
5. Publicación Cámara alta (de senadores)
6. Inicio de la vigencia
INICIATIVA DE LEY
Pretensión jurídico-administrativa elaborada por los diputados o el ejecutivo (federal estatal)
DISCUSION.
Es la deliberación que hacen los diferentes grupos parlamentarios con respecto a los beneficios o dificultades que se generarían al aprobar la iniciativa en cuestión.
APROVACION
Aceptación o visto bueno que hacen las 2/3 partes que hace la cámara de diputados
SANCION
Consiste en la depuración técnica y aceptación formal que hacen los senadores sobre la iniciativa que en esta etapa se convierte en ley.
PUBLICACION
Es la difusión social que hace el senado de la republica y el ejecutivo sobre la ley recién aprobada fijando la fecha en que comenzaran a surtir los efectos jurídicos de dicha ley.
INICIO DE VIGENCIA.
Fecha en que surtirá efecto jurídico la ley.
JERARQUISACION DE LA LEY
Es muy importante citar que toda estructura social para su buen funcionamiento requiere de niveles o jerarquías para poder lograr sus objetivos y en la leyes no es la excepción por lo que nuestro sistema jurídico mexicano compuesto por una gran diversidad de legislaciones esta clasificadas de acuerdo a sus niveles de importancia, siendo estas:
- Constitución política de los E.U.M.
- Tratados internacionales (art. 133 y 1)
- Leyes federales (reglamentos)
- Leyes locales (estados, reglamentos)
- Leyes municipales o delegacionales (bandos con sus reglamentos)
- Individualizadas (sentencias)
-
ANALISIS DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
Este Documento Jurídico es el de más alta jerarquía dentro de nuestro país también conocida como la carta magna, ley madre, ley suprema, etc. Esta legislación fue promulgada un 5 de febrero de 1917 por el poder constituyente liderado por el General Venustiano Carranza. (Constituyente: autoridades, Constituido: las leyes ).
Esta legislación está conformada por 136 preceptos legales (artículos), los cuales se dividen en dos partes, siendo estas:
A. la parte orgánica: encontraremos la organización estructura y funcionamiento de los órganos de poder.
B. la parte dogmatica: encontramos los derechos humanos y garantías de los individuos.
(Dogma: ley divida o creada por dios)
TITULOS CONSTITUCIONALES (Temáticas centrales)
La constitución cuenta con 9 títulos. (1 en la parte dogmatica y 8 en la parte organica)
Titulo primero: derechos humanos y garantías (parte dogmatica). 1 al 38
Titulo segundo: de la soberanía nacional y las formas de gobierno. 39 al 48
Título tercero: división de poderes.49 al 107
Titulo cuarto: de los servidores públicos y su responsabilidad patrimonial.108 al 114
Titulo quinto: del estado mexicano y el distrito federal.115 al 122
Titulo sexto: del trabajo y la previsión social. 123
Titulo séptimo: prevenciones generales.124 al 134
Título octavo: reformas constitucionales.135
Titulo noveno: la inviolabilidad de la ley.136
ARTICULOS CONSTITUCIONALES
Art. 1
A. Se refiere a la protección jurídica que el estado mexicano proporciona a toda persona en nuestro país.
B. Hace referencia a la prohibición de la esclavitud y cualquier forma de discriminación.
ART. 2
A. Al derecho que tienen los grupos indígenas a ser reconocidos por la ley.
B. La obligación que tenemos las personas de respetarlos preservando y fomentando las tradiciones y costumbres.
ART. 3
A. El derecho a la educación
B. Educación pública es aquella que proporciona el gobierno, con las siguientes características:
a. Gratuita: el estado costeara el proporcionar el servicio educativo.
b. Obligatoria: el estado tiene la obligación de proporcionar el servicio educativo.
c. Laica: sin inclinar a los alumnos a alguna religión o idea política.
d. Democrática: deberá ser educación evolutiva que se adecue a las necesidades sociales.
e. Nacionalista: fomentara el amor a la patria
ART. 4
A. Igualdad de genero
B. Derecho de ejercer libremente la sexualidad
C. Derecho a la libre procreación
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