Derechos Humanos
percygomezz15 de Diciembre de 2013
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INTRODUCCIÓN
Es de vital importancia delimitar el concepto de derechos fundamentales en relación con otras categorías como los derechos humanos, por lo que los derechos fundamentales son aquellos derechos humanos positivizados a nivel interno, en tanto que la fórmula de derechos humanos es la más usual en el plano de las declaraciones y convenciones internacionales. Una vez delimitado el concepto de derechos fundamentales, se puede decir que la existencia de los derechos de las personas, surgen a través de la evolución histórica, pues existen muchos vestigios de los derechos del hombre en la historia de la humanidad, un claro ejemplo de ello es El Código de Manú (cultura Hindú), donde se aprecia el respeto por el herido del guerra como una forma reconocimientos de los derechos humanos, por consiguiente: “Han pasado muchos siglos hasta que el hombre político ha aprendido que la sociedad justa, que le otorga y garantiza sus derechos individuales, depende de la existencia de límites impuestos a los detentadores del poder en el ejercicio de su poder, con el tiempo se ha ido reconociendo que la mejor manera de alcanzar este objetivo será haciendo constar los frenos que la sociedad desea imponer a los detentadores del poder en forma de un sistema de reglas fijas- la constitución destinadas a limitar el ejercicio del poder político se convirtió en el dispositivo fundamental para elcontrol del proceso del poder, siendo una de las expresiones de dicho control “el reconocimiento de los derechos fundamentales de las personas”, esfera al cual los detentadores de poder (Estado) no pueden vulnerar, lo que se ha dado de forma evolutiva.
Para comenzar a analizar cuáles de los artículos de nuestra Constitución contienen derechos humanos habría que dar primeramente una definición sobre qué son los Derechos Humanos.
1.2.- Derechos Humanos
Los Derechos Humanos son el conjunto de facultades que corresponden a todos los seres humanos como consecuencia de su innata dignidad, destinados a permitir el logro de sus fines y aspiraciones en armonía con los de otras personas, y que deben ser reconocidos y amparados por los ordenamientos jurídicos de cada Estado.
Innatos o congénitos y universales.-Puesto que todos los seres humanos poseen ya al iniciar su vida temporal la titularidad de los mismos.
Absolutos.- Ya que son oponibles, pues su respeto puede ser exigido indeterminadamente.
Necesarios.- Al derivar de las exigencias de la misma naturaleza humana.
Inalienables.- Por pertenecer indisolublemente a la propia esencia del hombre.
Imprescriptibles.- Ya que no son susceptibles de perderse por el no uso voluntario o compulsivo.
1.1.- Derechos Fundamentales
Cabe resaltar de manera especial la significación que tiene éste término, aduciendo primeramente que fue en Francia donde aparece en 1770, el preludio de la gran Revolución y que con el correr del tiempo, gracias a grandes acontecimientos anteriores y posteriores a ellahan podido positivarse en todos los ordenamientos jurídicos del mundo.
De aquí partimos tomando el concepto del profesor Lluis de Carreras, que se refiere a los Derechos Fundamentales como :
"Aquellos Derechos Humanos reconocidos en la legislación vigente de un Estado determinado y bajo la protección de su fuerza coactiva".
RECONOCIMIENTO DE LA CATEGORIA DE LOS DERECHOS HUMANOS
Hacemos un análisis de las dos últimas constituciones Políticas del Perú(1979 y 1993) encontramos mucha diferencia en cuanto al lugar que se confiere a los Tratados o Pactos Internacionales en materia de derechos humanos en la jerarquía de normativa:
Constitución Política de 1979
Artículo 101.- Los tratados internacionales celebrados por el Perú con otros Estados, forman parte del derecho nacional. En caso de conflicto entre el tratado y la ley, prevalece el primero.
Artículo 105.- Los preceptos contenidos en los tratados relativos a derechos humanos, tienen jerarquía constitucional. No pueden ser modificados sino por el procedimiento que rige para la reforma de la Constitución.
Aquí encontramos claramente la intención de dar a los Instrumentos Internacionales en Materia de Derechos Humanos una Jerarquía Constitucional, con la que si puede garantizar una mayor protección respecto a los Gobiernos y Legisladores de turno.
Constitución Política de 1993
Artículo 55.- Los tratados celebrados por el Estado y en vigor forman parte del derecho nacional.
Las normas relativas a los derechos y a las libertades que la Constitución reconoce se interpretan de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y con los tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias ratificados por el Perú.
Tenemos que poner hincapié que los instrumentos internacionales de derechos humanos no se ven receptados en nuestro derecho interno gracias a los nuevos lineamientos introducen en la Constitución Política de 1993, ya que solo se les declara como integrantes del Derecho Nacional y se les declara como fuente de interpretación en cuanto a los derechos fundamentales, a diferencia de la constitución de 1979 que expresamente sí reconoce la categoría Constitucional de estos Tratados de Derechos Humanos, así como reconoce su categoría superior con respecto a las leyes e incluso en caso de conflicto prevalecen los tratados.
CLASIFICACION DE LOS DERECHOS HUMANOS EN LA CONSTITUCIÓN DE 1993
El plexo de derechos humanos se descompone en tres categorías : según el orden cronológico en el que fueron apareciendo históricamente. Se habla así de tres "generaciones" de derechos por la época en que se generó cada una. Los derechos de la primera generación son los clásicamente denominados derechos civiles y políticos; los de la segunda generación emergen como derechos sociales, económicos y culturales (o derechos sociales en conjunto) con el constitucionalismo social en el siglo XX ; los derechos de la tercera generación atisban incipientemente desde hace escaso tiempo, e incluyen el derecho a la paz, a la cultura, a un medio ambiente sano, etc. y podrían titularse derechos colectivos.
En nuestra Constitución, los derechos anteriormente mencionados se encuentran recepcionados de la siguiente forma:
• Derechos de la 1º generación : derechos civiles: Arts.1 y 2, incisos 1,2,3,4,5,6,7,8,9,1,0,11,12,13,14,15,16,1,7,18,,20,21,22,22,24, a-h; Derechos políticos : Arts. 30,31,32,33 y 35,
• Derechos de la 2º generación: derechos sociales: Arts:4,5,6,7,8,9,10,11,12,13 y 14; derechos económicos y culturales: ,15,16,17,18,19,20,21,23,24,25,26,27,28
• Derechos de la 3º generación : derechos colectivos : inc 19 del articulo 2,. Articulos67,68 y 69.
TITULO I: DE LA PERSONA Y DE LA SOCIEDAD
CAPITULO I: DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA PERSONA
Artículo 1.- Defensa de la persona humana: La defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado.”
Los derechos fundamentales, son inherentes a la dignidad humana, es decir la dignidad de la persona es fuente directa de la que la dimanan todos y cada y uno de los derechos fundamentales de la persona, pues no sólo representa el valor supremo que justifica la existencia del Estado y sus objetivos, sino que constituye el fundamento esencial de todos los derechos que con calidad de fundamentales habilita el ordenamiento, sin el cual el Estado adolecería de legitimidad y los derechos carecerían de un adecuado soporte direccional, en consecuencia los derechos fundamentales operan como el fundamento último de toda comunidad humana, pues sin el reconocimiento de tales derechos, quedaría conculcado el valor supremo de la dignidad.
Artículo 2.- Toda persona tiene derecho: 1. A la vida, a su identidad, a su integridad moral, psíquica y física y a su libre desarrollo y bienestar. El concebido es sujeto de derecho en todo cuanto le favorece.
LA VIDA tiene un reconocimiento negativo en la prohibición de matar. "el pleno respeto del derecho a la vida implica la prohibición a cualquier agente, funcionario o autoridad estatal, o particular que actúe bajo las órdenes o con la aquiescencia directa, indirecta o circunstancial de los agentes o autoridades del Estado, de atentar contra ella, por cualquier medio y en cualquier circunstancia, con excepción de la pena de muerte aplicada en estricta concordancia con las normas del derecho internacional de derechos humanos"
DERECHO A LA IDENTIDAD que comprende distintos contenidos para la persona: En primer lugar a su identidad en el sentido de identificación, lo que incluye su nombre y seudónimo, sus registros legalmente establecidos (de seguridad social, de ciudadanía, etc.) y los títulos y demás beneficios que contribuyen a darle ubicación y significación en la sociedad (grados, títulos, condecoraciones, reconocimientos, etc). Cada uno de estos elementos conforman la identidad individual en sociedad, que no es otra cosa que la manera de distinguirse de los demás.
En segundo lugar, a los aspectos familiares de su identidad, su pertenencia a la sociedad porque forma parte de una familia, institución natural y fundamental de la sociedad, como dice el artículo 4 de la Constitución. En tercer lugar, a los aspectos psicológicos de la identidad; es decir, al derecho a mantener una propia percepción de sí mismo, asumiéndola en su relación con los demás. Esto incluye identidades de sexo, raza, culturales, religiosas, familiares y, en general, creencias, costumbres y modos de actuar que dan identidad propia a la persona.
La concepción es el punto clave, es decir, el momento
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