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Derechos Humanos

YAVAROND17 de Septiembre de 2014

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INTRODUCCIÓN

No es posible respetar, promover o defender a los derechos humanos sin primero entender lo que estos significa. En unas palabras podemos decir que de un mundo en que los seres humanos, liberados del temor y de la miseria, disfruten de la libertad de palabra y de la libertad de creencias, la frase anterior da una buena definición de derechos humanos, Para saber bien de que estamos hablando debemos saber bien todos sus aspectos y perspectivas y así poder llegar a una buena reflexión.

Para algunos, los Derechos Humanos son una constante histórica, con clara estabilidad en el mundo clásico; para otros son fruto del cristianismo y de la

defensa que éste hace de la persona y su dignidad.

LOS DERECHOS HUMANOS

La D.U.D.H. (declaración universal de los derechos humanos) fue reconocida el 10 de diciembre de 1948.

Son exigencias fundamentales de los hombres, con la finalidad de mantener una vida digna. Los derechos humanos forman un código ético imprescindible para llevar a cabo una buena convivencia entre los hombres del planeta.

La definición sería: Conjunto de principios, preceptos y reglas a que esta sometidas todas las relaciones humanasen toda sociedad civil, y a cuya observación pueden ser competidos por la fuerza

El derecho se divide en varias ramas: Publico, privado, internacional, político, administrativo, procesal, penal, civil, mercantil, canónico y humano.

CARACTERISTICAS TIENEN LOS DERECHOS HUMANOS

Innatos o inherentes: Todas las personas nacemos con derechos que nos pertenecen por nuestra condición de seres humanos.

Universalidad: Todos los hombres los tienen, sin depender de su naturaleza.

Acumulativos, imprescriptibles o irreversibles: Son anteriores y fundamentan su extensión por el lado del poder político, es decir, no se pueden perder a lo largo del tiempo.

Irrenunciables e inalienables: Nadie puede pasar desapercibido ante ellos ni ignorarlos.

Inviolables: Nadie puede atentar, lesionar o destruir los derechos humanos.

Absolutos: Son los primogénitos y los más importantes de nuestra historia y a ellos les debemos el nacimiento de los demás derechos.

Obligatorios: Los derechos humanos imponen una obligación concreta a las personas y al Estado de respetarlos aunque no haya una ley que así lo diga.Innegociables: No se puede discutir sobre ellos, ya que constituyen la dignidad de todas las personas.

Fronteras nacionales: Esta característica se refiere a que la comunidad internacional puede y debe intervenir cuando considere que un Estado está violando los derechos humanos de su población.

POR QUE CAUSA SURGIERON LOS DERECHOS HUMANOS?

Siempre han existido, pero no fueron reconocidos hasta el 10 de Diciembre de 1948. Fueron reconocidos con el fin de evitar las grandes tragedias que sufrió la humanidad durante muchos años.

Los derechos humanos fueron nombrados como: La carta magna de la humanidad por la esposa del presidente norteamericano, y establecía que todo ser humano tenía derecho a la vida, la libertad, la justicia y la propiedad.

ORGANISMOS DEFIENDEN LOS DERECHOS HUMANOS

La ley y tribunales de justicia de cada país en un estado de derecho.

Los organismos internacionales como la O.N.U.: Organismo de carácter internacional creado para el mantenimiento de la paz y la seguridad mundial, el fomento de las relaciones, la cooperación internacional para resolver problemas de carácter económico, social, cultural o humanitario de orden supranacional y la potenciación del respeto a los derechos y libertades fundamentales del hombre.

• • Las Organizaciones No Gubernamentales (O.N.G.) como pueden ser:

• (O.M.S.) Organización Mundial de la Salud, creada en 1948.

• (F.A.O.) Organización para la Alimentación y Agricultura, creada en 1945.

• (UNESCO) creada en 1946, que protege la cultura y la sanidad.

UN DERECHO FUNDAMENTAL

Derecho a la Libre Expresión

El derecho a la libre expresión es uno de los más fundamentales, ya que es esencial a la lucha para el respeto y promoción de todos los derechos humanos. Sin la habilidad de opinar libremente, de denunciar injusticias y clamar cambios − el hombre está condenado a la opresión.

La lucha por la libertad de expresión nos corresponde a todos, ya que es la lucha por la libertad de expresar nuestro propio individualismo. Respetar la libertad de los demás a decir cualquier cosa, por más ofensiva que la consideremos, es respetar nuestra propia libertad de palabra.

DECLARACION UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS

Adoptada y proclamada por la Asamblea General

en su resolución 217 A (III), de 10 de diciembre de 1948

Artículo 1

Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y

conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.

Artículo 2

1. Toda persona tiene los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.

2. Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona, tanto si se trata de un país independiente, como de un territorio bajo administración fiduciaria, no autónoma o sometida a cualquier otra limitación de soberanía.

Artículo 3

Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.

Artículo 4

Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre; la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas.

Artículo 5

Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.

Artículo 6

Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica.

Artículo 7

Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación.

Artículo 8

Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo, ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la constitución o por la ley.

Artículo 9

Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado.

Artículo 10

Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal.

Artículo 11

1. Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa.

2. Nadie será condenado por actos u omisiones que en el momento de cometerse no fueron delictivos según el Derecho nacional o internacional. Tampoco se impondrá pena más grave que la aplicable

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