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Derechos Humanos

687161449918 de Noviembre de 2014

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APLICACIÓN DEL DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO

EN CONFLICTOS INTERNACIONALES

Como lo hemos establecido, la historia de la humanidad ha sido afectada por el desarrollo de conflictos de diversa índole. Las guerras han dejado millones de víctimas de crímenes de lesa humanidad o crímenes de guerra. Estos crímenes, por lo general, han sido favorecidos con el manto de la impunidad, casi siempre asegurada por la victoria militar de una de las partes o por pactos entre los Estados confrontados, afirmando que son los costos naturales e inevitables de la guerra.

Cuando hay victorias militares, los crímenes de guerra y de lesa humanidad cometidos por los vencedores no se mencionan en la historia oficial, pero éstos sí se abrogan el derecho de someter al vencido y a sus pueblos. En el pasado, en ocasiones, el pueblo de los vencidos era sometido a la esclavitud.

Sin embargo, es importante destacar el avance logrado después de la segunda guerra mundial, en el sentido de que se avanza en la definición de las conductas que constituyen crímenes de guerra y de lesa humanidad y sobre la responsabilidad individual y estatal en los mismos.

El Estatuto de Nuremberg determinó los delitos por los que serían juzgados los miembros de los ejércitos vencidos:

1. Crímenes contra la paz: es decir, actuaciones que llevaran a la planificación o ejecución de violaciones de tratados internacionales o comisión de actos de agresión injustificada contra naciones.

2. Crímenes contra la humanidad: planificación, ejecución o participación en exterminios y genocidios.

3. Crímenes de guerra: violaciones de las leyes y convenios internacionales sobre la guerra.

4. Conspiración: actuación con otros o asociación con ellos para cometer cualquiera de los crímenes señalados en los cargos anteriores".

Estas definiciones constituyeron un paso obligado e importante en el proceso de normativización de las aspiraciones de las víctimas, de sus organizaciones, de los demócratas, de los humanistas y los pueblos para que estos crímenes no quedarán en la impunidad.

En todo caso, hay que decir que muchas de las prácticas realizadas por los victimarios en contra de los pueblos no quedaron allí estipuladas.

EL TRIBUNAL DE NUREMBERG O "LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DE LOS VENCEDORES"

¿Cuál fue la cantidad de víctimas de la segunda guerra mundial? Para responder a esta pregunta se presenta a continuación la estadística sobre este conflicto bélico, tomando en cuenta las cifras de muertos, heridos, presos o desaparecidos en su condición de combatientes o de población civil.

Países Total Muertos Heridos Prisioneros

Aliados

China 3.211.419 1.319.958 1.761.335 130.126

EE.UU. 1.076.245 405.399 670.846

Francia 741.568 201.568 400.000 140.000

G. Bretaña 772.462 357.116 369.267 46.079

URSS 20.127.000 6.115.000 14.012.000

Otros 2.802.000 400.000 2.400.000 2.000

Potencias del Eje

Alemania 11.800.000 3.250.000 7.250.000 1.300.000

Italia 505.228 135.723 225.000 144.505

Japón 2.025.000 1.800.000 140.000 85.000

Otros 1.340.000 884.000 26.000 430.000

TOTAL 44.400.922 14.868.764 27.254.448 2.277.710

Tomado de internet, página del Tribunal de Nuremberg, segunda guerra mundial

Después del triunfo de los aliados y sobre la base de la rendición incondicional del ejército alemán y japonés, es convocado por los vencedores el Tribunal de Nuremberg para juzgarlos. En el decreto de convocatoria se establecen los delitos, se determinan las penas y sitios de reclusión, la forma de integración del Tribunal y el procedimiento para el juzgamiento de quienes comparecerán ante esta corte marcial.

Los cargos imputados por los fiscales fueron los ya mencionados: Crímenes contra la paz, contra la humanidad, de guerra y conspiración.

El acuerdo para la realización del Tribunal fue aprobado el 8 de agosto de 1945 por 26 Estados que participaron en la confrontación militar. El Tribunal se instaló oficialmente el 18 de octubre de 1945 en Berlín por parte del juez ruso Nikitchentko, y se traslada por efectos logísticos a Nuremberg, donde continua su trabajo desde el 24 de noviembre de 1945 hasta el 1 de octubre de 1946. Al final, se presenta la sentencia contra quienes fueron capturados y convocados ajuicio. Fue presidido por 4 jueces y fiscales de Estados Unidos, Inglaterra, Francia y la URSS. En el fallo hay absoluciones, condenas a varios años de prisión, prisión perpetua para algunos y pena de muerte para otros.

Acusados

Los acusados fueron seleccionados entre los ochocientos altos jefes detenidos en los últimos días de la guerra. Al final, la lista quedó reducida a 24 nombres, aunque el tribunal sólo abrió la causa contra 22, porque la acusación contra el magnate de la industria pesada Gustav Krupp se sobreseyó por su avanzada edad y mala salud y porque Robert Ley, responsable de los campos de trabajo, consiguió suicidarse, ahorcándose con una sábana antes de que se abriera el proceso. Ante el tribunal se presentó todavía uno menos, ya que Martín Borman sería juzgado en rebeldía porque aún no se había confirmado su muerte en la batalla de Berlín (el total de acusados presentes en Nuremberg fue de 21 personas).

El juicio de Nuremberg fue concebido para que se transformara en una norma de conducta para la humanidad y así poder impedir futuras tragedias. El proceso, las actas de acusación y las sentencias de Nuremberg formaban parte de la doctrina que había quedado plasmada en la Carta de las Naciones Unidas.

Sentencia

Se dictó sentencia el 1 de octubre de 1946, los jueces hallaron a 19 de los 22 acusados culpables de alguno de los cargos que se les imputaban. Hess, Raeder y Funk fueron condenados a cadena perpetua; Speer y Schirach fueron condenados a veinte años; Neurath a quince años; Doenitz a diez años. Condenados a morir en la horca: Goering, Ribbentrop, Keitel, Kaltenbrunner, Rosenberg, Frank, Frick, Streicher, Seyss-Inquart, Sauckel, Jodl, Bormann (fue condenado en ausencia puesto que se hallaba prófugo). En lo que respecta a los acusados, Schacht, Fritzsche y Von Papen fueron absueltos.

No hubo acuerdo pleno entre los jueces a la hora de fijar sentencia. El juez ruso desintió en dos cuestiones: no aceptó las tres absoluciones y exigió, sin conseguirlo, que fueran condenados globalmente como organizaciones criminales tanto los gobiernos del III Reich, como los Estados Mayores de sus Fuerzas Armadas.

Concluido el juicio, las autoridades norteamericanas juzgarían a 199 personas más, acusadas de actividades criminales durante la guerra, entre 1945 y 1949 en el Tribunal de Nuremberg. De ellos, 38 fueron absueltos, 36 condenados a muerte (de los cuales 18 fueron ejecutados), 23 a cadena perpetua y 102 a condenas menores. De hecho, ninguno de los que quedaron con vida y de otros juzgados por los norteamericanos, cumplieron más de siete años de prisión.

Además, se crearon los Tribunales alemanes de desnazificación en la zona de ocupación norteamericana, en los que se definieron cuatro categorías de nazis: delincuentes principales, delincuentes, delincuentes menores y seguidores. Por ellos pasó un importantísimo número de personas que habían tenido algún tipo de responsabilidad civil en instituciones del III Reich.

Ejecución

Las ejecuciones de los condenados fueron consumadas por el sargento primero John C. Wood, de San Antonio, Texas, un verdugo profesional que hasta entonces había ejecutado a 299 personas. Hermann Goering escapó de las manos del verdugo porque se suicidó horas antes en su celda ingiriendo una cápsula de cianuro. Nunca se llegó a saber cómo llegó el veneno a manos de Goering, que le sirvió para salvar el orgullo del hombre censurado con mayor dureza por el Tribunal, que le tachó de "líder de una guerra de agresión y creador del programa de persecución contra los judíos. Su culpabilidad es única en su enormidad".

"El 16 de octubre de 1946, a la una y once minutos de la madrugada, Ribbentrop subía las escaleras del patíbulo, instalado en el gimnasio de la prisión, para ser ahorcado. Le seguirían en un corto intervalo, Keitel, Kaltenbrunner, Rosenberg, Frank, Frick y Streicher, quien gritó ¡Heil Hitler!, mientras el verdugo rodeaba su cuello con la soga de horca. Los demás, Jodl, Sauckel y Seyss-Inquart, subieron al patíbulo con serenidad. Borman, juzgado en ausencia, no pudo ser ejecutado. Más tarde se confirmó su muerte durante los últimos días de Berlín. Para evitar cualquier tipo de manifestación en memoria de los líderes nazis ejecutados, sus cuerpos fueron incinerados en el único horno crematorio que existía en Dachau, cerca de Munich, y sus cenizas fueron esparcidas en el cercano río Isar" (Tomado de internet, página segunda guerra mundial).

La defensa en el proceso planteó en esencia la ilegitimidad del mismo, argumentando que no se podía juzgar en este Tribunal a personas sino a Estados y que la ley no se podía aplicar retroactivamente. Además, plantearon el principio militar de la obediencia debida y la existencia de leyes racistas desde 1938, es decir, desde antes de iniciarse la guerra, y que en consecuencia, se actuaba dentro del marco legal establecido por el Estado alemán. Ninguna de estas argumentaciones fue aceptada por el Tribunal.

ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES

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