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Derechos Humanos


Enviado por   •  7 de Junio de 2015  •  2.720 Palabras (11 Páginas)  •  233 Visitas

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La dignidad, o «cualidad de digno» (del latín: dignĭtas, y que se traduce por «valioso»),hace referencia al valor inherente al ser humano en cuanto ser racional, dotado de libertad y poder creador, pues las personas pueden modelar y mejorar sus vidas mediante la toma de decisiones y el ejercicio de su libertad. La dignidad se explica en buena medida por la «autonomía» propia del ser humano, como vieron ya Platón, Pico della Mirandola y Kant, pues sólo el que sabe y puede gobernarse a sí mismo, según un principio racional, resulta un sujeto libre; al regular su comportamiento según normas propias, según el significado etimológico de la voz griega 'auto-nomía', ya no es un mero súbdito, ya no está bajo el dictado de otro, sino que es un ciudadano. Entendemos que esa autonomía o dignidad es solo un «potencial de emancipación» respecto a las necesidades e imposiciones naturales o sociales y en la historia universal del género humano. La dignidad humana es un valor o (derecho) inviolable de la persona.

La referencia a la dignidad esta siempre presente en los instrumentos fundacionales del derecho internacional de los derechos humanos nacido luego de concluida la Segunda Guerra Mundial. En tal sentido, se destaca ante todo la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948, que invoca en su Preámbulo la «dignidad intrínseca (...) de todos los miembros de la familia humana», para luego afirmar que «todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos

Con posterioridad, el concepto de dignidad humana fue retomado por los dos Pactos internacionales de derechos humanos de 1966 y por la mayoría de los instrumentos condenatorios de una serie de prácticas o directamente contrarias al valor esencial de la persona, tales como la tortura, la esclavitud, las penas degradantes, las condiciones inhumanas de trabajo, las discriminaciones de todo tipo, etc. En la actualidad, la noción de dignidad humana tiene particular relevancia en las cuestiones de bioética

La dignidad humana, contiene elementos subjetivos, que corresponden al convencimiento de que las condiciones particulares de vida permiten alcanzar la felicidad y de elementos objetivos, vinculados con las condiciones de vida que tiene la Persona, para obtenerla. Así las cosas, se determinó a la Dignidad Humana, como un derecho fundamental.

REFLEXIONES SOBRE LA CONNOTACIÓN. ACOTAMIENTO Y DEFINICIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS

La Declaración Universal de los Derechos Humanos -el mayor consenso hasta ahora obtenido en torno a un sistema de valores seguro- se mantiene como un estándar internacional por su suficiencia y su validez para regir el futuro de la comunidad internacional, como lo han declarado explícitamente la mayoría de los países. Pero la importancia y el significado dado a cada uno de sus preceptos podrían no ser tan universales.

La primera dificultad en tales cuestiones es que el término "derechos humanos" tiene significados diferentes, conlleva connotaciones distintas o disfruta de legitimidad diferencial en una sociedad distinta. Por otro lado, incluso en una misma sociedad este concepto puede cambiar con el tiempo, en general relacionándose con amplias transformaciones culturales, socioeconómicas y políticas.

Lo que en un contexto cultural es una violación a los derechos humanos podría no serlo en otro, o puede considerarse desde otro punto de vista o puede tener un significado completamente diferente. Falta mucho para dar por terminado la definición y la interpretación del trabajo a favor de los derechos humanos. Por ejemplo, en los Estados Unidos el aborto es parte de un derecho de la mujer a la intimidad, mientras que en México es un crimen contra el derecho a la vida.

La segunda cuestión es todavía más difícil de responder, puesto que debemos distinguir entre los tipos de derechos humanos.

El consenso general alrededor de los derechos humanos nos podría llevar a creer que poseen un valor absoluto; pero también sucede que dos derechos básicamente iguales estén en pugna y no se puede proteger incondicionalmente a uno de ellos sin hacer inoperante al otro. Su protección encuentra un límite invencible en la protección de otro derecho fundamental concurrente, como sucede con las categorías de los derechos civiles y los derechos sociales.

De tal manera, el problema radica en que se debe elegir entre los tipos de derecho en pugna o, al menos, establecer un orden de prioridades. En pocas palabras, debe haber una jerarquía de derechos, que exijan distintas obediencias y a los cuales les acrediten los gobiernos promoción y protección diferenciales.

Hoy en día, la concepción liberal predominante que se infiltra en los diferentes Modelos de un Nuevo Orden Internacional, aunque respetuosa de los derechos civiles y políticos, no le da la misma importancia a los derechos sociales, económicos y políticos. Cuando los dos entran en pugna, son los derechos humanos los que ceden.

La tercera y cuarta preguntas, ¿quien debe decidir -definir o interpretar- las irnprecisiones de los derechos humanos?, y ¿cómo se deben resolver las diferencias dentro de la comunidad internacional, en este aspecto? han sido subestimadas, y ambas se tratan de una manera diferente dentro de cada uno de estos nuevos "modelos" del Nuevo Orden Internacional.

Cada modelo, con su centro de poder, ya sean los Estados Unidos -Pax Americana-, las Naciones Unidas apoyadas por la fuerza armada -seguridad colectiva-, los bloques económicos -interdependencia-, o la comunidad democrática internacional -Pax Democratia- da su propia respuesta a cada pregunta. No obstante, todos pasan por alto ciertos aspectos.

Por una parte, todos estos modelos dejan fuera de su esfera de intereses a la mayoría de los países del Tercer Mundo. Por otra, cualquier orden futuro real seguramente se basará principalmente en intereses económicos; su compromiso hacia otros intereses que no sean éstos -inlcuyendo a los derechos humanos- es débil a niveles tanto nacionales como internacionales.

Por consiguiente, el número de países que no esté incluido en este Nuevo Orden Internacional tendría que resolver sus problemas económicos, políticos y de derechos humanos por sí mismo, sin mucha ayuda de la comunidad internacional, tal y como lo han demostrado los acontecimientos recientes.

Sin embargo, no debemos olvidar que la realización de una mayor protección a los derechos humanos va unida al desarrollo global de la civilización humana y que no podemos mejorar la cuestión de los derechos humanos separándolos de los dos grandes problemas de nuestro tíempos: la guerra y la miseria.

Por otro lado, la gran mayoría de¡ consenso en cuanto a los derechos humanos

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