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Diccionario Contable

Mariferva10 de Septiembre de 2012

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Diccionario contable:

ACTIVO CIRCULANTE: En ocasiones "capital circulante". Suma de los activos disponibles (financieros,

deudores y existencias).

ACTIVO FIJO TOTAL: Incluye todos los bienes que han sido adquiridos para usarlos en la operación

social y sin propósito de venderlos o ponerlos en circulación.

ACTIVO FINANCIERO: Nombre genérico que se le da a las inversiones mobiliarias (acciones,

obligaciones , bonos, etc).

Activos, otros Son aquellos recursos y activos de la empresa no clasificados en los rubros anteriores,

tales como: inversiones en compañías afiliadas, derechos en sociedades de personas, deudores a largo

plazo, activos intangibles, fluctuación de acciones y amortizaciones.

ACTIVO NETO: Conjunto de capitales que pertenecen propiamente a la empresa, es decir, el importe en

dinero que se recibiría al vender todo el activo.

ACTIVO SUBYACENTE: Es el que sirve de base para una opción o contratos de futuro.

ACTIVOS TOTALES: Representa la suma total de los rubros del activo de la empresa.

ACTIVO CIRCULANTE TOTAL: Incluye aquellos activos y recursos de la empresa que serán realizados,

vendidos o consumidos dentro del plazo de un año a contar de la fecha de los estados financieros.

AHORRO: Parte disponible de la renta (presente), que no se consagra a la compra inmediata o próxima

de bienes de consumo.

ACCIÓN: Título que representa los derechos de un socio sobre una parte del capital de una empresa

organizada en forma de sociedad. La posesión de este documento le otorga al socio capitalista el

derecho a percibir una parte proporcional de las ganancias anuales de la sociedad. Las acciones pueden

ser nominativas o al portador, ordinarias o preferentes.

ACCIONISTA: Propietario de una o más acciones de una sociedad anónima o en comandita por

acciones.

ACEPTACIONES BANCARIAS: Operación comercial en la cual el vendedor que se denomina

"beneficiario" ve garantizado por una entidad financiera denominada "aceptante", el pago de una letra de

cambio girada por el comprador para pagar las mercancías adquiridas. La entidad financiera está

comprometida, en primera instancia, a pagar el 100% de la letra a su vencimiento.

ACTIVOS DE RENTA FIJA: Títulos que permiten conocer la rentabilidad de la inversión antes del

momento de la redención, ya que este monto no depende del desempeño de la entidad emisora.

Ejemplo: bonos.

ACTIVOS DE RENTA VARIABLE: Títulos valores que por sus características solo permiten conocer la

rentabilidad de la inversión en el momento de su redención, dependiendo del desempeño de la entidad

emisora entre otras. Ejemplo: Acciones.

ACTIVOS FIJOS: Activos tangibles o intangibles que se presume son de naturaleza permanente porque

son necesarios para las actividades normales de una compañía y no serán vendidos o desechados en el

corto plazo, ni por razones comerciales.

ACTIVO FIJO: Representa los recursos de naturaleza relativamente duradera, que no están destinados

a la venta dentro del giro ordinario del negocio.

ACTIVO CORRIENTE: Son los recursos que se pueden convertir en efectivo, vender o consumir durante

un ciclo normal de operaciones contables correspondientes a un año.

ACTIVO FINANCIERO: Cualquier título de contenido patrimonial, crediticio o representativo de

mercancías.

ACTIVO FISICO: Todo objeto o bien que posee una persona natural o jurídica, tales como maquinarias,

equipos, edificios, muebles, vehículos, materias primas, productos en proceso, herramientas, etc.

ACTIVO REAL: Sinónimo de activo físico.

ACTIVO LIQUIDO: Activo que puede transformarse rápidamente en dinero sin pérdida de valor.

Mientras más rápido se puede convertir un activo en dinero, se dice que es más líquido o que tiene

mayor grado de liquidez.

El Dinero es el activo más líquido de todos.

ACTIVO INTANGIBLE: Esta categoría incluye:

a. Bienes económicos inmateriales de propiedad de una persona, empresa u organización, tales como

patentes, marcas, derechos de llave, etc.

b. El Derecho de uso o de usufructo que posee una persona, empresa u organización sobre bienes

económicos, materiales, derecho que no puede ser transferido.

ADUANA: Servicio gubernamental responsable de la valuación y cobranza de los derechos e impuestos

por importaciones y exportaciones, y de la aplicación de otras leyes y reglamentos que se aplican a la

importación, tránsito y exportación de artículos.

AHORRO: Parte del ingreso disponible presente de una gente económico que no es gastado en

consumo, requiere suprimir un consumo actual y diferirlo para algún momento en el futuro.

El ahorro puede adoptar las siguientes formas:

a. Acumulado de saldos monetarios o dinero (atesoramiento).

b. Acumulado de activos financieros o de activos reales.

c. Acumulado de capital humano.

Un agente económico puede emplear los flujos de recursos ahorrados en mantener o aumentare su nivel

de consumo de bienes o servicios, en mantener la capacidad de generar ingresos de sus actividades o

factores productivos, o en aumentar esa capacidad (inversión).

AHORRO: Parte del ingreso (nacional, familiar o personal) que no se destina a la compra de bienes de

consumo. El ahorro se obtiene restándole a los ingresos totales el gasto total en consumo. De esta

forma, Ahorro = Ingresos - Gastos. El ahorro privado lo llevan a cabo las unidades familiares y las

empresas, mientras que el ahorro público lo realiza el gobierno.

AHORRO FINANCIERO: Conjunto de activos rentables emitidos, tanto por el sistema financiero como

por el Gobierno, que han sido acumulados a través del tiempo. El ahorro financiero se calcula como M3 +

Bonos.

AMORTIZACIÓN: Reducciones graduales de la deuda a través de pasos periódicos sobre el capital

prestado.

Recuperación de los fondos invertidos en un activo de una empresa.

O también puede definirse como: la devolución de una deuda o de un capital tomado en préstamo

(principal) más los intereses correspondientes si ellos existen.

La extinción de la deuda puede hacerse de una sola vez o mediante pagos parciales por periodos de

tiempo previamente establecidos.

ANTIDUMPING: Acción encaminada a proteger los mercados interiores de la competencia desde el

exterior.

AÑO BASE: Es el año de referencia al que se asigna un valor de cien cuando se construye un índice de

precios u otra serie de tiempo.

AÑO FISCAL: Periodo para el que se preparan los presupuestos de ingresos y gastos de la

administración y en el que se devengan los impuestos.

AÑO GRAVABLE: Es el mismo año calendario que comienza el primero de enero y termina el 31 de

diciembre, pero puede comprender lapsos menores aplicables a sociedades que se constituyan o

liquidan dentro del año y a extranjeros que lleguen al país o se ausenten de él en el respectivo año

gravable.

APERTURA ECONOMICA: Es un proceso dinámico de modernización para lograr una mayor eficiencia

en la producción que a su vez permita producir y exportar a menor costo, ser competitivos en los

mercados internacionales, hacer más rica la economía y así generar más empleos.

Es también la internacionalización de la economía para producir y exportar más a menores costos e

importar con el criterio de regular los precios de la industria nacional.

A través de este proceso se pretende acelerar el mejoramiento del bienestar de la población.

La apertura busca modernizar la industria y demás sectores en sus procesos productivos y tecnificar y

llegar al consumidor local con productos de buena calidad, cuyos precios se asemejen a los del mercado

internacional.

El grado de apertura de una economía se mide por la relación M/PIB.

M: Importaciones.

PIB: Producto Interno Bruto.

ARANCEL: Es un impuesto o gravamen que se aplica a toda mercancía que cruza una frontera por una

zona aduanera.

a. Sinónimo de Tarifa. Es el impuesto a pagar por la importación definitiva de un bien.

b. Se emplea también para referirse al texto que contiene la totalidad de los impuestos a las

importaciones de bienes de un país.

ARANCEL: Impuesto o derecho que se cobra a los bienes de importación. Generalmente, el término

"derecho arancelario" indica la clasificación exacta de la mercancía, y por ende, la tasa que debe pagar

una mercancía por entrar o salir de un país. Por su parte, la palabra "arancel" es utilizada para denotar la

lista de mercancías con sus respectivos derechos aduanales, que serán pagados al gobierno por parte

de los importadores de los productos.

ARRENDAMIENTO: Contrato en que una de las partes, el arrendador, transfiere por un determinado

periodo de tiempo, el derecho de utilizar un activo físico o de un servicio a la otra

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