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Divicion De Poderes


Enviado por   •  10 de Agosto de 2014  •  940 Palabras (4 Páginas)  •  219 Visitas

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DIVISION DE PODERES

El principio de la división de poderes ha sido y es una de nuestras piezas maestras del sistema político mexicano, así lo expresa el jurista Jorge Carpizo; el que esto escribe, he sostenido que el poder es único e indivisible, tanto lo que en la realidad existe y es lo que realmente se divide: son las funciones gubernamentales, la exigencia de dividir el ejercicio de las potestades del Estado fue técnica obligada en la elaboración de las constituciones que surgieron desde la Revolución francesa y, por ende, en nuestro país, a partir de los Elementos Constitucionales de don Ignacio López Rayón, hasta nuestra Constitución vigente de 1917, que recoge este principio en su artículo 49 en el que se menciona: “El supremo poder de la federación se divide, para su ejercicio, en legislativo, ejecutivo y judicial.

No podrán reunirse dos o más de estos poderes en una sola persona o corporación, ni depositarse el legislativo en un individuo, salvo el caso de facultades extraordinarias, al ejecutivo de la Unión conforme a lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 131, se le otorgarán facultades extraordinarias”.

De la lectura del precepto se desprende que en México, a través de su historia, en estricto sentido no ha existido una real y autentica división de poderes; sino que existe un solo poder: el supremo poder de la federación, que se divide para su ejercicio.

Es decir, lo que se divide es el ejercicio del poder porque en la práctica este ejercicio representa las funciones del gobierno y, debido a ello cada rama del poder es creada por la Constitución a través de los poderes constituidos: legislativo, ejecutivo y judicial, y es en la Constitución donde se señalan expresamente sus facultades, su competencia y lo que no se les atribuye, no lo podrán ejercer.

Más aún en nuestro país, el supremo poder soberano lo tiene el pueblo tal y como lo índica el artículo 39 de nuestra Carta Magna: Todo poder público dimana del pueblo y se instituye para beneficio de éste, el pueblo tiene en todo tiempo el inalienable derecho de alterar o modificar la forma de su gobierno”.

El principio de la división de poderes en nuestro sistema, al ser este democrático-liberal; está inspirado en la doctrina de Carlos de Secondat Barón de Montesquieu quien en 1749, publicó su excelsa obra: “El espíritu de las leyes”,en la que expresa: “Que el poder detenga al poder; que lo detenga por y para la libertad del hombre, que una misma persona no posea todo el poder, porque entonces la libertad fenece” ; es decir, este principio va en contra del absolutismo del monarca en aquella Francia de los Luises, quienes tenían sometido al pueblo.

Cabe mencionar que este principio, incorporado al constitucionalismo mexicano; es también con la idea de impedir la violación de la libertad y de que exista, en el ejercicio del gobierno, el espíritu de colaboración entre las ramas del poder; ya que cada una

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