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Dos Concepciones De Los Dilemas Constitucionales

KATIIIE219 de Marzo de 2014

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Dos concepciones de los dilemas constitucionales

La lectura de Guillermo Lariguet habla sobre los conflictos constitucionales, enfocándose principalmente en el autor Lorenzo Zucca,

Según el autor, ZUCCA presenta diferentes tesis, analizando las principales:

1.- Puede haber conflictos constitucionales, a los que se les podemos asignar el nombre de <<dilemas constitucionales>> según su estructura, de acuerdo a dos de sus principales características, existiendo de un lado, algún tipo de incompatibilidad normativa entre alternativas de conflicto, o sea un derecho constitucional que lo permite y otro que lo prohíbe.

2.- En los dilemas hay dos tipos de alternativas compitiendo en fuerzas, en loa cual, la competencia puede asumir dos formas:

• las alternativas resultan inconmensurables O simétricas; donde la inconmensurabilidad supone que no hay meta criterio que establezca la probabilidad de una alternativa sobre otra y su diferencia con la simetría radica en que estas alternativas llegan a un punto muerto al exhibir la misma fuerza

3.- Los dilemas constitucionales se pueden suscitar entre conflictos intraderechos o interderechos. ZUCCA habla de conflictos constitucionales, enfocándose en los denominados “estrictos” (C. entre derechos constitucionales individuales), que ejemplifican dilemas genuinos, siendo producto de asumir el “pluralismo de valores”, existiendo a su vez una inconmensurabilidad fuerte.

-inconmensurabilidad y simetría fuerte  expresan  genuinos dilemas

- inconmensurabilidad y simetría débil  expresan  casos difíciles

4.- las divergencias fundamentales se centran en dos concepciones acerca de cómo leer el desafío a la racionalidad producida por los dilemas.

Los argumentos del autor hacen más énfasis en los componentes constructivos que en los destructivos.

Según sus dos concepciones del autor, existen:

A) la concepción, donde NO hay una guía racional para resolver jurídicamente los problemas constitucionales;

B) identificar cuan racionales son los conflictos sociales, sus pros y contras, pérdidas o ganancias cuando se llega a resolver ese conflicto.

El autor hace una crítica dando a conocer su punto de vista acerca de estas dos concepciones, anunciando que, la concepción no. 1 es a su parecer demasiado restrictiva al no poderse captar la complejidad y amplitud de la fenomenología de los dilemas; mientras que la concepción dos es un poco más comprometedora respecto al análisis del desafío de dilemas, de esta manera no pretende sacar de por medio a la concepción no. 1, determinada como restrictiva, basada en la hipótesis de la inconmensurabilidad fuerte, llegando a un número menor de casos en cuanto a la inconmensurabilidad débil.

Guillermo determina que hay más virtudes en la concepción número 2, basada en las ideas conectadas de perdida moral, resido y sacrificio de una alternativa valiosa, sin restringirse a supuestos de inconmensurabilidad fuerte, aunque los supuestos sean factibles.

Concluyendo, según los puntos de vista de zucca, determinados por Guillermo, en la p0rimer concepción toma una perspectiva restrictiva según los conflictos y dilemas, aunado a esto, se complementan llegando a un balance con la percepción 2, o sea aun punto muerto, según esto, a las conclusiones de Guillermo tras analizar a fondo estas dos percepciones.

Como conclusión personal, considero que Zucca es bastante preciso y especifico de acuerdo a sus concepciones del derecho, pero es bastante monótona la lectura, y hasta cierto punto te hace perderte en las ventajas, desventajas y demás porque te olvidas de repente lo que estabas leyendo, perdiéndote fácilmente en lo que ibas a lo “nuevo” que se va a estudiar. Le hace falte precisar con menos palabras algo tan sencillo como en lo es

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