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EJCUTIVO FEDERAL Y FACULTADES DEL PRESIDENTE


Enviado por   •  11 de Junio de 2014  •  1.462 Palabras (6 Páginas)  •  282 Visitas

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PODER EJECUTIVO FEDERAL

Se entiende por Poder Ejecutivo al poder Público ejercido en interdependencia con las funciones legislativas y jurisdiccionales, a través de un conjunto de órganos de autoridad jerárquicamente estructurados y se manifiesta en actos de carácter administrativo, los cuales son concretos, particularizados e individualizados.

El poder ejecutivo, también llamado administrativo, comprende la función pública que se traduce en múltiples actos de autoridad, sin que su motivación y funcionalidad se fundamente en la existencia de un conflicto o controversia jurídica, ni en la solución respectiva. Es el órgano al que le corresponde la función del Gobierno y la Administración Pública Federal, y es considerado como la función pública distribuida en los órganos del Estado que se encuentran vinculados en una estructura sistematizada y en un cuadro de relaciones jerárquicas.

El poder ejecutivo radica en un solo individuo, (UNIPERSONAL) denominado Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, y su investidura deriva de la voluntad popular, y como supremo órgano ejecutivo del Estado se le confía la función administrativa y se encuentra con la facultad de nombrar a sus inmediatos colaboradores para el despacho de los diversos ramos de la administración pública.

El poder ejecutivo federal está conformado por órganos especializados que tienen distintas estructuras orgánicas generalizas, descentralizadas, desconcentradas y desincorporadas, esto comprende una gran gama de entidades como secretarías de Estado, procuradurías, comisiones, juntas, fondos, institutos, fideicomisos, etc.

Para asuntos de orden administrativo, el poder ejecutivo federal contará con las siguientes dependencias: Secretaría de Gobernación, Secretaría de Hacienda y Crédito Público, Secretaría de Economía, Secretaría de trabajo y previsión social, Secretaría de la Función Pública, Secretaría de Salud, Secretaría de Relaciones Exteriores, Secretaría de Turismo, Secretaría de Seguridad Pública, Secretaría de Marina-Armada de México, Secretaría de Energía, Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, Secretaría de Desarrollo Social, Secretaría de la Defensa Nacional, Secretaría de Educación Pública, Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Secretaría de Comunicaciones y Transportes, Secretaría de la Reforma Agraria.

La elección del Presidente es directa y comienza a ejercer su encargo el 1o. de diciembre y dura en él seis años. El ciudadano que haya desempeñado el cargo de Presidente de la República, electo popularmente, o con el carácter de interino, provisional o substituto, en ningún caso y por ningún motivo puede volver a desempeñar ese puesto. (NO REELECCION)

El Presidente, al tomar posesión de su cargo, realiza la siguiente protesta: "Protesto guardar y hacer guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes que de ella emanen, y desempeñar leal y patrióticamente el cargo de Presidente de la República que el pueblo me ha conferido, mirando en todo por el bien y prosperidad de la Unión; y si así no lo hiciere que la Nación me lo demande”.

El cargo de Presidente de la Republica solo es renunciable por causa grave, que deberá ser calificada por el Congreso de la Unión, ante el que presentara su renuncia (articulo 86).

FACULTADES DEL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.-

Artículo 89 Constitucional.- Las facultades y obligaciones del Presidente son las siguientes:

I. Promulgar y ejecutar las leyes que expida el Congreso de la Unión, proveyendo en la esfera administrativa a su exacta observancia;

II. Nombrar y remover libremente a los Secretarios de Estado, remover a los embajadores, cónsules generales y empleados superiores de Hacienda, y nombrar y remover libremente a los demás empleados de la Unión, cuyo nombramiento o remoción no esté determinado de otro modo en la Constitución o en las leyes;

III. Nombrar, con aprobación del Senado, a los embajadores, cónsules generales, empleados superiores de Hacienda y a los integrantes de los órganos colegiados encargados de la regulación en materia de telecomunicaciones, energía y competencia económica;

IV. Nombrar, con aprobación del Senado, los Coroneles y demás oficiales superiores del Ejército, Armada y Fuerza Aérea Nacionales;

V. Nombrar a los demás oficiales del Ejército, Armada y Fuerza Aérea Nacionales, con arreglo a las leyes;

VI. Preservar la seguridad nacional, en los términos de la ley respectiva, y disponer de la totalidad de la Fuerza Armada permanente o sea del Ejército, de la Armada y de la Fuerza Aérea para la seguridad interior y defensa exterior de la Federación;

VII. Disponer de la Guardia Nacional para los mismos objetos, en los términos que previene la fracción IV del artículo 76;

VIII. Declarar la guerra en nombre de los Estados Unidos Mexicanos, previa ley del Congreso de la Unión;

IX. Designar, con ratificación del Senado, al Procurador

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