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EL CUERPO DEL DELITO

mruiz6317 de Diciembre de 2014

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Introducción………………………………………………………………………………... 2

El tipo penal y el cuerpo del delito………………………………………………………. 3

El tipo penal en la doctrina………………………………………………………………...3

Elementos del tipo penal…………………………………………………………………..4

Descriptivos y Normativos………………………………………………………………...4

Subjetivos y Subjetivos específicos……………………………………………………..5

Evolución del tipo penal en los sistemas penales……………………………………… 5

Clásico y Neoclásico……………………………………………………………………….5

Final de acción ……………………………………………………………………………..6

El cuerpo de delito en la doctrina………………………………………………………….6

El cuerpo del delito en la jurisprudencia………………………………………………….6

El cuerpo del delito en el Código de Procedimientos Penales para el Estado

de Baja California…………………………………………………………………………..7

El Cuerpo del delito y los elemento de tipo penal en la Constitucion Politica

de los Estados Unidos Mexicanos…………………………………………………………9

El artículo 16 ………………………………………………………………………………...9

El artículo 16 en la Constitución General de 1917……………………………………...10

El artículo 16 reformado el 3 de septiembre de 1993…………………………………..10

El artículo 16 reformado el 8 de marzo de 1999…………………………………………10

El artículo 19…………………………………………………………………………………11

El articulo 19 en la Constitución General de 1917 ………………………………………11

El articulo 19 reformado el 3 de septiembre de 1993…………………………………….11

El artículo 19 reformado el 8 de marzo de 1999………………………………………….11

Conclusiones…………………………………………………………………………………11

INTRODUCCIÓN

En México se viven tiempos difíciles, la delincuencia e impunidad han elevado sus índices y una vez más se pretende combatirla a través de reformas, de las cuales se destacan las más recientes a nivel constitucional.

Así, el 8 de marzo de 1999, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, así como la reforma del 1 de junio de 2009 que adiciona un segundo párrafo al artículo 16 y considerando la del artículo 19 de la Cana Magna, en las que se retomó el concepto de cuerpo del delito (entendido como el conjunto de elementos objetivos o externos que constituyen la materialidad del hecho previsto como delito en la ley) como uno de los requisitos para poder restringir la libertad de los individuos, es decir, girar en contra de ellos una orden de aprehensión o dictar un auto de formal prisión.

Dicha reforma sustituyó el concepto de tipo penal (integrado por elementos descriptivos, normativos, subjetivos y subjetivos específicos) adoptado el 3 de septiembre de 1993 en la Ley de Leyes, en los términos antes citados, el que a su vez habla reemplazado el cuerpo del delito que señalaba la Constitución General desde su reforma sustituyó el concepto de tipo penal (integrado por elementos descriptivos, normativos, subjetivos y subjetivos específicos) adoptado el 3 de septiembre de 1993 en la Ley de Leyes, en los términos antes citados, el que a su vez habla reemplazado el cuerpo del delito que señalaba la Constitución General desde su promulgación en 1917.

Las modificaciones al texto legal en cita repercuten directamente en la libertad

Individual de los gobernados, uno de los principales derechos humanos, motivo por el que se realizó el presente estudio, en el cual se pretende demostrar que la aludida reforma a la Cana Magna, en la que se regresó al concepto cuerpo del delito limitado a los elementos descriptivos de la conducta típica, redujo los requisitos para que una persona pudiese ser privada de su libertad, lo que ataca directamente dicha garantía, en consecuencia es contrario a un Estado de Derecho.

Para demostrar lo anterior, es importante determinar lo que la doctrina define como

tipo penal, los elementos que lo conforman y su evolución a través de los sistemas penales clásico, neoclásico y final de acción. También se requiere establecer el concepto de cuerpo del delito en la doctrina, jurisprudencia y en el Código de Procedimientos Penales para el Estado de Baja California;

la injerencia del cuerpo del delito y elementos del tipo en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con la finalidad de contar con los conocimientos previos para realizar un análisis de la contrarreforma de 1999, los

argumentos que hizo valer el Constituyente Permanente y la opinión al respecto de algunos juristas.

dIcho lo anterior, estaremos en aptitud de proponer tina solución, a lo que

considero vulnera la seguridad y certeza jurídica que todo ciudadano debe tener

referente a la libertad y al Estado de Derecho.

EL TIPO PENAL Y EL CUERPO DEL DELITO

En este apartado se estudia el tema del tipo penal, cómo se conceptúa en la doctrina,

los elementos que lo integran y su evolución en los sistemas penales clásico, neoclásico y final de acción. Así mismo, el cuerpo del delito, su concepto doctrinal, jurisprudencial y en la legislación de Procedimientos Penales para el Estado de Baja California.

EL TIPO PENAL EN LA DOCTRINA

El vocablo tipo proviene del latín typus y éste del griego typos, que significa modelo

Que reúne caracteres esenciales. I El concepto de tipo penal nace con los historiadores Ernst von Beling en1906, concebido en forma objetiva, lo exterior de la conducta , sin embargo ,en la actualidad ha evolucionado esa concepción, tema que se estudia en otro apartado de este trabajo, toda vez que el presente se ocupa del concepto doctrinal de tipo, por lo que se pregunta ¿qué es el tipo penal?, interrogante que se pretende contestar con la opinión del autor citado a continuación Eugenio Raúl Zaffaroni define al tipo penal como "un instrumento legal, lógicamente necesario y de naturaleza predominantemente descriptiva; que tiene por función la individualización de conductas humanas penal mente relevantes (por estar penalmente prohibidas)." Analiza su concepto en la siguiente forma "el tipo pertenece a la ley, porque es en ella donde hallamos los tipo penales, en la parte especial. Tipos son las fórmulas legales mismas, es decir, las fórmulas que nos sirven para individualizar las conductas que la ley penal prohíbe. El tipo es lógicamente necesario, porque sin el tipo nos pondríamos a averiguar la antijuridicidad y la culpabilidad de una conducta que en la mayoría de los casos resultaría sin relevancia penal alguna. El tipo es predominantemente descriptivo, porque los elementos descriptivos son los más importantes para individualizar una conducta y, entre ellos, de especial significación es el verbo, que es precisamente la palabra que sirve gramaticalmente para connotar una acción. No obstante, los tipos no son a veces absolutamente descriptivos, porque en ocasiones acuden a conceptos que remiten o se sustentan en un juicio valorativo jurídico o ético. La función de los tipos es la individualización de las conductas humanas que son penal mente prohibida.

Por lo que he podido investigar, y en relación a los anteriores párrafos, el tipo es el instrumento creado por el Estado a través de sus órganos correspondientes (poder legislativo), cuya finalidad es individualizar conductas prohibidas a cuya realización se asocian consecuencias jurídicas, de esta forma el Estado

ELEMENTOS DE TIPO PENAL

El tipo penal es objetivo y subjetivo; el tipo objetivo está integrado por elementos

descriptivos y normativos, previstos en la descripción legal, a su vez, el tipo subjetivo lo

conforman los elementos subjetivos (dolo y culpa) y los subjetivos específicos, también

llamados subjetivos específicos distintos del dolo.

DESCRIPTIVOS

Los elementos descriptivos también son conocidos como objetivos o materiales y

son los que se pueden percibir por los sentidos, "son aquellos que reproducen determinados datos o procesos corporales o anímicos y que son verificados de modo cognoscitivo (cognitivo) por el juez.

NORMATIVOS

Los elementos normativos son los que requieren una valoración ética, cultural o

Legal, lo referente a cosa, el ser mueble, la ajenidad; en el estupro, la castidad y honestidad; en el abuso de autoridad, la calidad del sujeto activo de ser servidor público. Los elementos normativos son de carácter valorativo

SUBJETIVOS

Los elementos subjetivos están conformados por el dolo y la culpa.

En sentido técnico penal, es la voluntad de acción orientada a la realización del tipo de

un delito.

El Código Penal para el estado de Baja

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