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EL DERECHO OBJETIVO Y EL DERECHO SUBJETIVO


Enviado por   •  19 de Marzo de 2015  •  Trabajos  •  3.667 Palabras (15 Páginas)  •  265 Visitas

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CENTRO EDUCATIVO PANTALEON

CATEDRA: CIENCIAS SOCIALES

CATEDRATICO: JORGE GUZMAN

DERECHO

NOMBRE: JACQUELINE MARGARITA CHIN HERNANDEZ

GRADO: III SEMESTRE

SIQUINALA, 15 DE MARZO DE 2015

INDICE

INTRODUCCION

DERECHO 1

ETIMOLOGIA 1

EL DERECHO OBJETIVO Y EL DERECHO SUBJETIVO 2

CONCEPTO 3

CREACION Y EVLUCION DEL DERECHO 4

REALIZACION DEL DERECHO 5

FUENTES DEL DERECHO 7

CONCLUSION 9

RECOMENDACIONES 10

ANEXOS 11

EGRAFIA 12

INTRODUCCION

ENSEGUIDA VEREMOS LO QUE ES EL DERECHO, PODREMOS OBSERVAR QUE NOS DICEQUE ES EL ORDEN NORMATIVO2 E INSTITUCIONAL DE LA CONDUCTA HUMANA EN SOCIEDAD INSPIRADO EN POSTULADOS DE JUSTICIA Y CERTEZA JURÍDICA, CUYA BASE SON LAS RELACIONES SOCIALES EXISTENTES QUE DETERMINAN SU CONTENIDO Y CARÁCTER EN UN LUGAR Y MOMENTO DADO. EN OTRAS PALABRAS, ES UN SISTEMA DE NORMAS QUE REGULAN LA CONVIVENCIA SOCIAL Y PERMITEN RESOLVER LOS CONFLICTOS INTERSUBJETIVOS

DERECHO

Derecho es el orden normativo2 e institucional de la conducta humana en sociedad inspirado en postulados de justicia y certeza jurídica,3 cuya base son las relaciones sociales existentes que determinan su contenido y carácter en un lugar y momento dado. En otras palabras, es un sistema de normas que regulan la convivencia social y permiten resolver los conflictos intersubjetivos. Esta definición da cuenta del Derecho positivo, pero no su fundamento. Es por ello que juristas, filósofos y teóricos del Derecho han propuesto a lo largo de la historia diversas definiciones alternativas y distintas teorías jurídicas sin que exista, hasta la actualidad, consenso sobre su validez. El concepto del Derecho es estudiado por la Filosofía del Derecho, y la validez de los conceptos jurídicos y metajurídicos son estudiadas por la Teoría del Derecho.

Desde el punto de vista objetivo, dícese del conjunto de leyes, reglamentos y demás resoluciones, de carácter permanente y obligatorio, creadas por el Estado para la conservación del orden social. Esto es, teniendo en cuenta la validez, es decir, si se ha llevado a cabo el procedimiento adecuado para su creación, independientemente de su eficacia (si es acatada o no) y de su ideal axiológico (si busca concretar un valor como la justicia, la paz, el orden, etc.).

Desde el punto de vista subjetivo, corresponde a la facultad que tiene un sujeto para ejercitar una determinada conducta jurídica (acción u omisión).

Los conceptos de derecho positivo y el derecho vigente se pueden reducir a que el primero es el que se aplica y el segundo es el que el órgano legislativo establece para ser obedecido en tanto dure su vigencia, mientras no sea sustituido por medio de la abrogación o derogación. Por lo tanto, no todo derecho vigente es positivo, ya que hay normas jurídicas que tienen poca aplicación práctica, es decir, el derecho positivo puede ser vigente o no vigente.

ETIMOLOGIA

La palabra derecho deriva de la voz latina directum, que significa «lo que está conforme a la regla, a la ley, a la norma», o como expresa Villoro Toranzo, «lo que no se desvía ni a un lado ni otro».5

La expresión aparece, según Pérez Luño, en la Edad Media para definir al derecho con connotaciones morales o religiosas, el derecho «conforme a la recta razón». Esto es así si tenemos en cuenta frases como «non omne quod licet honestum est» (no todo lo que es lícito es honesto), en palabras del jurista romano Paulo, que indica el distanciamiento de las exigencias del derecho respecto a la moral.

Esta palabra surge por la influencia estoico-cristiana tras la época del secularizado derecho de la época romana, y es el germen y raíz gramatical de la palabra «derecho» en los sistemas actuales: diritto, en italiano; direito, en portugués; dreptu, en rumano; droit, en francés; a su vez, right, en inglés; recht en alemán y en neerlandés, donde han conservado su significación primigenia de «recto» o «rectitud».

La separación posterior del binomio «ius» - «directum» no pretende estimar que la palabra «ius» se halle exenta de connotaciones religiosas: téngase en cuenta que en la época romana temprana, según Pérez Luño, los aplicadores del derecho fueron, prácticamente de forma exclusiva, los pontífices.

Aunque la definición del término «ius» y su origen aún no estén claros, estudios actuales de Giambattista Vico relacionan muy inteligentemente y casi sin lugar a dudas la procedencia de este término de «Iupiter» (Júpiter), principal dios del panteón romano, representativo de las ideas de poder y justicia.6

La expresión «Derecho» se utiliza indistintamente para nombrar a la disciplina y su objeto de estudio. De este modo, la pronunciación del nombre de la disciplina es el mismo que el de su objeto de estudio. Sin embargo, se estila distinguir en el uso escrito, mediante el uso de la mayúscula o minúscula la acepción del vocablo a que se hace referencia.

Así, «Derecho» dice relación con la Ciencia del Derecho o un determinado cuerpo de normas (por ejemplo, Derecho Civil, Derecho Penal, Derecho Internacional, etc.).

En cambio, «derecho» se utiliza en su acepción como derecho subjetivo, es decir, como la facultad que ha otorgado el ordenamiento jurídico a un sujeto (por ejemplo, derecho a la nacionalidad, derecho a la salud, derecho a demandar, derecho a manifestarse libre y pacíficamente, etc.).

EL DERECHO OBJETIVO Y EL DERECHO SUBJETIVO

El derecho objetivo puede responder a distintas significaciones:

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