EL JUEZ.
yessiolivoEnsayo27 de Agosto de 2013
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EL JUEZ.
La palabras juez deriva del latín index, de indicare, que significa juzgar. Según el léxico utilizado por los viejos juristas en sus informes y alegatos se denominaba al juez como un mercenario, es decir un dispensador de justicia a la paga.
De esta manera podemos definir al juez como el funcionario público que investido de autoridad por mandato del estado aplica la ley en el proceso, ejerciendo la función jurisdiccional atribuida a los tribunales por la Constitución. Como expresión del poder judicial representa en todos los aspectos jerárquicos el ejercicio de este poder, autonómico e independiente de las demás ramas del poder público.
Los jueces y magistrados tienen la función pública de administrar justicia que es un servicio del estado; pero no es el órgano jurisdiccional porque este es totalmente independiente a las personas físicas que ocupan los cargos; el órgano jurisdiccional permanece inmutable aunque cambien los jueces.
Se exige del juez ciertas condiciones subjetivas como sabiduría jurídica, capacidad de trabajo, honestidad, imparcialidad, etc., que puede resumirse en aquel trinomio de derecho común español: saber, querer y poder.
La función fundamental del juez es “juzgar”, esto es, formar el juicio respectivo con los elementos del proceso y aplicar la ley “teniendo como norte de sus actos la verdad, procurando investigar lo máximo posible, debiendo atenerse a lo alegado y probado en los autos y sin poder sacar elementos de convicción fuera de estos.
El juez posee los siguientes caracteres:
a) La administración de justicia el juez la hace como órgano jurisdiccional y no como una persona natural, por eso la justicia es impersonal.
b) El juez es funcionario público por lo que las infracciones en el ejercicio de su cargo le acarrea responsabilidades. Art. 49 ordinal 8 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, que se refiere a:
“Toda persona podrá solicitar del Estado el restablecimiento o reparación de la situación jurídica lesionada por error judicial, retardo u omisión injustificados. Queda a salvo el derecho del o de la particular de exigir la responsabilidad personal del magistrado o magistrada, juez o jueza y del Estado, y de actuar contra éstos o éstas”.
c) Ejerce una función jurisdiccional diferente a la de los otros funcionarios públicos ya que estos no tienen la función de sentenciar.
d) El despacho no esta personalizado jurídicamente, actúa en nombre del Estado. “En nombre de la República y por autoridad de la Ley”
Además de la responsabilidad que corresponde a los jueces como funcionarios públicos en el ejercicio de su actividad jurisdicción tienen responsabilidades civiles y penales. El juez es civilmente responsable cuando se excede en sus atribuciones u omite una actividad que le demanda la ley, de ahí se determinara su doble responsabilidad por exceso u omisión en el ejercicio de sus funciones. Es penalmente responsable por concusión, corrupción, abuso de autoridad, denegación de justicia y otros delitos en que pueda incurrir en el ejercicio de sus funciones tal como esta previsto en el Código de Procedimiento Penal.
Poderes Del Juez
1. Poderes jurisdiccionales: puede sentenciar los conflictos bajo dos aspectos:
a) Questio juris: los artículos 7 y 13 del Código de Procedimiento Civil indican que deben decidir conforme a la ley y la equidad. El juez penal se rige por el principio: nulla crime nulla pena sine lege, no hay crimen ni pena sin ley.
b) Questio facti: arts. 12 y 254 del Código de Procedimiento Civil que permiten al juez fundar su decisión en las máximas de experiencia y le permite según los artículos 401, 514 y 520 del Código de Procedimiento Civil ampliar los medios probatorios y valorar las pruebas según la sana critica a falta de tarifa
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