ETAPAS DE LA MEDIACION Y CONCILIACION
glafy0520 de Noviembre de 2014
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PROCESO
ETAPAS DE LA MEDIACIÓN Y LA CONCILIACIÓN
Los servicios de mediación y
conciliación que brinda el Centro, pueden iniciarse por solicitud del interesado
o por remisión del ministerio público o del juez que conozcan del asunto, cuando
conste la voluntad de los interesados en solucionar sus controversias a través
de alguno de estos métodos. Esto puede ser antes de iniciar un proceso
jurisdiccional, durante el proceso o después de haber concluido el mismo.
1. SOLICITUD DE LA MEDIACIÓN Y LA CONCILIACIÓN
La persona interesada en resolver su
conflicto a través de estas vías debe acudir personalmente o, en su caso, a
través de su apoderado legal con poder notarial a la sede del Centro Estatal más
cercana a su domicilio con original y copia simple de su identificación oficial,
así como con los datos de localización de la persona a la que desea invitar
(nombre completo, dirección y teléfono, si lo conoce).
Si usted desea
agilizar este servicio puede llevar impreso con los datos solicitados el Formato
de Solicitud de Servicio.
2. INICIO DEL TRÁMITE DE MEDIACIÓN O CONCILIACIÓN
Cada Centro cuenta con Secretarias o Secretarios Operativos, quienes le
asistirán para verificar si su conflicto es susceptible de mediarse, conciliarse
o someterse a un proceso restaurativo, de acuerdo con la ley. De ser así se
inicia un expediente en el que se incluyen los datos de ambas partes.
Finalmente se le proporcionará la fecha para la sesión inicial de
mediación o conciliación, el número de expediente que le corresponde y el nombre
del Mediador-Conciliador o Facilitador que le atenderá.
El Secretario
y/o Secretaria Operativa realizará la invitación y la turnará al Trabajador
Social para que éste invite a la otra u otras personas a que acudan en la fecha
prevista; además informa del asunto al Mediador-Conciliador y Facilitador al que
le corresponderá atenderle.
3. INVITACIÓN
Un Trabajador Social acude al domicilio
de la persona invitada y le hace saber que hay una persona interesada en
dialogar sobre el conflicto en común para buscar alternativas de solución, a
través de la mediación o conciliación, entregándole la invitación.
4. SESIONES DE MEDIACIÓN Y/O CONCILIACIÓN
En la fecha y hora señalada a las partes, el
Mediador-Conciliador asignado al asunto espera a las partes.
Si ambas
partes se presentan, se dará inicio a la sesión, la cual se desarrolla en un
espacio privado y confortable. En la primera ocasión, el Mediador-Conciliador
explica los fines del procedimiento, las reglas que permiten un diálogo
respetuoso y se cerciora de la voluntad de las partes para buscar una solución a
su controversia.
Las sesiones de Mediación o Conciliación son orales y
se realizan todas las que sean necesarias para la resolución del conflicto.
En cada sesión, las personas involucradas tendrán la oportunidad de
intervenir activamente, mediante la expresión de sus necesidades, emociones,
sentimientos y propuestas, en un ambiente de confianza, cordialidad y respeto
guiado por el Mediador-Conciliador asignado.
Si las partes llegan a uno
o varios puntos de acuerdo, se hará constar en un convenio del cual se les
entrega una copia a los involucrados.
5. CONCLUSIÓN DE LA MEDIACIÓN O LA
CONCILIACIÓN
De acuerdo con el Reglamento de la Ley de Mediación,
Conciliación y Promoción
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