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Conciliacion Y Mediacion


Enviado por   •  9 de Marzo de 2014  •  1.834 Palabras (8 Páginas)  •  271 Visitas

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LENNYS MEZA TALLER

CONCILIACIÓN: es un intento para llegar a un entendimiento entre las partes que tienen un litigio que signifique un acuerdo razonable. Excluye el conflicto por una transacción en que como este contrato lo indica significa que los contrayentes se hacen recíprocas concesiones. Tenemos pues que la conciliación es el marco y la transacción el contenido.

CARACTERÍSTICAS:

1- Es un proceso voluntario, donde la negociación asistida es el elemento preponderante, y en donde el conciliador no emite ninguna decisión.

2- Tiene un procedimiento rápido, poco formal y que supone el contacto y la participación de las partes.

3- Es de estricta confidencialidad. En consecuencia todo aquello actuado dentro del proceso de conciliación, no puede ser utilizado como prueba para un proceso judicial subsiguiente. La conciliación niega el principio de publicidad en sus actuaciones.

4- La conciliación es un proceso de negociación entre dos partes en el que el tercero es imparcial. Evidentemente esta característica otorga al conciliador un mayor margen de accionar, pudiendo éste reunirse indistintamente por separado con los actores del conflicto.

5- Los acuerdos adoptados en el proceso de conciliación carecen de mérito ejecutivo. A esta característica escapan como excepción los casos que puedan constituir transacción. Estos acuerdos solamente tendrán mérito ejecutivo cuando la ley expresamente así lo reconozca.

6- Está fundamentada y regulada por la ley.

MEDIACIÓN: es un procedimiento no que no crea adversarios, pues por intermedio de un tercero neutral ayuda a las partes a negociar para llegar a un resultado mutuamente aceptable.

CARACTERÍSTICAS:

1.- El mediador no actúa como juez

2.- Crea un contexto más flexible para la conducción de disputas.

3.- La inclusión de una tercera parte, "el mediador", que actúa para ayudar a las otras dos partes "disputantes" a alcanzar un acuerdo, pero cuyas intervenciones no tienen la obligatoriedad de ser aceptadas por los disputantes.

4.- La decisión de entrar en este tipo de procesos es voluntaria, así como también es voluntaria la decisión de continuar en él.

5.- La mediación ha crecido rápidamente en los países en los cuales se ha establecido como forma de conducción de conflictos.

6- La relación entre las partes debe plantearse sobre la base de la cooperación de un aflojamiento de la tensión y de una buena comunicación con enfoque de futuro y con un resultado en el que ambas ganen.

PRINCIPIOS ETICOS DE LA CONCILIACION

Equidad. El principio de equidad implica que el acuerdo con el que los conciliantes ponen fin a su conflicto debe ser justo, equitativo, duradero y considerar los intereses de ambos conciliantes y de la comunidad.

Confidencialidad. Obligación del conciliador y las partes de guardar absoluta reserva de todo lo sostenido o propuesto, además toda la base de información que se genere como consecuencia del proceso de conciliación es protegida, de modo que no se haga pública, a través de cualquier medio, a la otra parte o tercero, en un proceso judicial posterior.

Neutralidad. Que el conciliador no se incline a favor de los intereses de ninguna de las partes. El conciliador no debe tener antes, durante y después de la conciliación ningún tipo de relación jurídica o extra jurídica con alguna de las partes conciliantes o sus familiares, para evitar un conflicto de intereses. Durante el desarrollo de la conciliación, deberá evitar cualquier situación que pueda afectar su objetividad.

Imparcialidad. La imparcialidad implica despojarse de favoritismos o prejuicios durante el desarrollo del proceso de conciliación, con el fin de no perjudicar o favorecer a uno de los conciliantes. El conciliador debe mostrar una conducta que refleje imparcialidad ya sea de hechos o palabra. El conciliador debe tener conciencia que no es parte en el conflicto.

Veracidad: Búsqueda de lo querido realmente por las partes y reflejado en el acuerdo conciliatorio al que llegarán de manera libre, como la mejor solución para amabas.

Buena fe: Necesidad de que las partes procedan de manera honesta y leal.

Legalidad: Actuar de conformidad al acuerdo conciliatorio con el ordenamiento jurídico.

Celeridad: Solución pronta y rápida del conflicto.

PRINCIPIOS ÉTICOS DE LA MEDIACIÓN

Voluntariedad. La participación de los mediados en cualquier procedimiento de la mediación debe ser de su propia decisión y no por obligación, es decir, responde a la determinación de los mediados para acudir, permanecer o retirarse del procedimiento de la mediación sin presiones, libremente.

Confidencialidad. Lo tratado en mediación no podrá ser divulgado por el mediador, a excepción de los casos en los que la información se refiera a un ilícito penal y que la legislación correspondiente señala. La confidencialidad involucra al mediador y a los mediados, así como a toda persona vinculada a dicha mediación.

Flexibilidad. El procedimiento de mediación debe carecer de toda forma estricta para poder responder a las necesidades particulares de los mediados. Aunque la mediación posee un procedimiento estructurado con distintas etapas y reglas mínimas debe considerarse como un procedimiento flexible en el que el mediador y los mediados pueden obviar pasos y convenir la forma más efectiva en que se desarrolle la comunicación y los acuerdos entre los mediados.

Neutralidad. El mediador mantiene una postura y mentalidad de no ceder a sus propias inclinaciones o preferencias durante todo el procedimiento de la mediación.

Imparcialidad. El mediador actuará libre de favoritismos, prejuicios o rituales tratando a los mediados con absoluta objetividad, sin hacer diferencia alguna. Desde este principio no podrá haber inclinación por parte del mediador a favor de alguno de los

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