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El Delito Y Sus Clases


Enviado por   •  21 de Mayo de 2014  •  578 Palabras (3 Páginas)  •  264 Visitas

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HOMICIDIO

Artículo 241.- Comete el delito de homicidio el que priva de la vida a otro.

Se sancionará como homicidio a quien a sabiendas de que padece una enfermedad grave, incurable y mortal, contagie a otro o le cause la muerte.

CULPA Y ERROR

Artículo 60.- Los delitos culposos serán castigados con prisión de seis meses a diez años, de treinta a noventa días multa y suspensión hasta por cinco años, o privación definitiva de derechos para ejercer profesión u oficio, cuando el delito se haya cometido por infracción de las reglas aconsejadas por la ciencia, arte o disposiciones legales que norman su ejercicio.

Cuando el delito se cometa con motivo de la conducción de vehículos automotores y el imputado se encuentre en estado de ebriedad o bajo el influjo de drogas, enervantes y otras análogas que produzcan efectos similares, además de la pena señalada, se le impondrán de seis meses a un año de prisión, de treinta a cien días multa, y suspensión por un año o privación del derecho de manejar.

Si el delito se comete por conductores de vehículos de transporte público de pasajeros, de personal o escolar en servicio, y el imputado se encuentre en estado de ebriedad o bajo el influjo de drogas enervantes y otras análogas que produzcan efectos similares, siempre que no se cause homicidio, además de la pena señalada, se le impondrán de dos a cuatro años de prisión y de treinta a doscientos días multa y suspensión por un año o privación definitiva del derecho de manejar en caso de reincidencia.

EL DELITO Y SUS CLASES

Artículo 6.- El delito es la conducta típica, antijurídica, culpable y punible.

Artículo 7.- Los delitos pueden ser realizados por acción y por omisión.

En los delitos de resultado material, también será atribuible el resultado típico producido al que omita impedirlo, si tenía el deber jurídico de evitarlo. En estos casos se estimará que el resultado es consecuencia de una conducta omisiva, cuando se acredite que el que omite impedirlo tenía el deber de actuar para ello, derivado de la ley, de un contrato o de su actuar precedente.

Artículo 8.- Los delitos pueden ser:

I. Dolosos;

El delito es doloso cuando se obra conociendo los elementos del tipo penal o previendo como posible el resultado típico queriendo o aceptando la realización del hecho descrito por la ley.

II. Culposos;

El delito es culposo cuando se produce un resultado típico que pudo preverse o proveerse para evitarlo,

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