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El Derecho Mercantil constituye todos los actos de comercios que se realizan en la vida diaria y el cual tiene su ley especial como lo es el Código de Comercio.


Enviado por   •  28 de Enero de 2018  •  Ensayos  •  1.594 Palabras (7 Páginas)  •  331 Visitas

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     DERECHO MERCANTIL.-

     Introducción.-

     El Derecho Mercantil constituye todos los actos de comercios que se realizan en la vida diaria y el cual tiene su ley especial como lo es el Código de Comercio.

     

     En el presente ensayo me referiré a todo lo relacionado con el mismo en cuanto a su historia, características, fuentes, tipos de actos que abarca; relación con las otras ramas.

 

     Se hace necesario referir la estrecha relación que existe entre el derecho civil y el mercantil, al punto de que se habla hoy en día de una tesis unificadora de ambas, cuestión que no ocurre en Venezuela donde los espectros de actuación de un derecho y otro están bien definidos y el código civil es aplicable a una situación mercantil solo en forma supletoria, es decir, cuando aquella (la ley mercantil) resultare insuficiente para la resolución del caso.

 

Reseña Histórica:

     El Derecho Mercantil es una ciencia que está relacionada con el comercio que se originó en Grecia separado del Derecho Civil, relacionado con los comerciantes por lo que constituye el estudio de sus facetas y todo lo relacionado con la actividad en la cual se desenvuelven.

     En tal sentido, podemos definirlo como el conjunto de normas que conciernen a los comerciantes, en el ejercicio de su profesión en los actos de comercio legalmente calificados como tales y a las relaciones jurídicas derivadas de la realización de estos. Asimismo podemos decir que posee dos sistemas fundamentales:  El Subjetivo; que se refiere al derecho de los comerciantes; el Objetivo, que señala el supuesto que es el derecho de los actos de comercio, por cuanto es la ley la que califica cuáles actividades son comerciales, independientemente de las personas que la ejecutan y el Mixto que se basa en la relación de las nociones de comerciante y de acto de comercio.

Características del Derecho Mercantil.-

  1. Es privado ya que se da entre particulares.
  2. Es autónomo, ya que no depende de otra rama y tiene su propio sistema normativo.
  3. Utiliza sistema mixto que comprende los objetivo y lo subjetivo.
  4. Regula un sector específico.

     El Derecho Mercantil tiene relación con ramas como: civil, procesal, penal, agrario, administrativo, laboral e internacional entre otros, ya que de una y otra forma tiene algo que aplicar en cada uno de ellos.

Fuentes del Derecho Mercantil.-

     Es importante señalar, que las principales fuentes del Derecho son la ley y la costumbre; por lo que igual es en el Derecho Mercantil, siendo el Código de Comercio la ley que lo representa, ya que allí se señalan todos los lineamientos y normas que los rigen, pero algunos juristas consideran que el Código Civil también constituye una fuente, debido a que en él se establecen artículos relacionados con la actividad comercial.

     En cuanto a la costumbre, es debido a su origen, ya que mediante ésta se interpreta lo que la ley silencia, por lo que para resolver los problemas mercantiles que la ley no contempla se deben tomar en cuenta los criterios del Código de Comercio.

     Cabe destacar, que la jerarquización de las fuentes del derecho mercantil sería de la siguiente manera:

  1. Constitución de la República Bolivariana de Venezuela
  2. Código de Comercio.
  3. Leyes Especiales Mercantiles y las disposiciones contenidas en otras leyes o códigos (entre estos el C.C.) que regulen materia mercantil.
  4. La analogía legis.
  5. Costumbre Mercantil. la costumbre especial y local privan sobre la general.
  6. Los principios generales del derecho: los principios generales del derecho mercantil privan sobre los del derecho civil.

Actos de Comercio.-

     Son actuaciones voluntarias lícitas, que jurídicamente caen bajo la vigencia de las leyes mercantiles y solo en forma supletoria quedarán jurídicamente regulados por el Derecho Civil, los cuales se encuentran claramente detallados en el artículo 2 del Código de Comercio.

     Entre sus características resaltan:

     Mediación: actividad mercantil que permite el intercambio de bienes y servicios.

    Cambio e Intercambio: mutua concesión o recíproca transferencia de bienes y servicios. 
   
Lucro: El acto de comercio está estrechamente unido al lucro, ya que permite obtener una ganancia para posibilitar la reinversión para el fortalecimiento y engrandecimiento de la empresa. 

Clasificación.-

     Según el Código de Comercio en su artículo 2, los actos de comercio se clasifican de la siguiente manera:

  • Objetivos: son lo que se bastan por si mismos, sin tener que recurrir a otros elementos de juicio para poder determinarlos.
  • Subjetivos: Son actos de naturaleza esencialmente civil, por interpretación extensiva y analógica.
  • Mixtos: se refiere a aquellos que para una parte es acto de comercio para la otra no.

     Sin embargo también existen los actos de comercio unilaterales y bilaterales, el primero obliga a una sola parte y el segundo a las dos.

Análisis del artículo 2, ordinales 1º y         2º del Código de Comercio.

El mencionado artículo 2, establece:

“Son actos de comercio, ya de parte de todos los contratantes, ya de parte de alguno de ellos solamente:

1° La compra, permuta o arrendamiento de cosas muebles, hecha con ánimo de revenderlas, permutarlas, arrendarlas o sub-arrendarlas en la misma forma o en otra distinta; y la reventa, permuta o arrendamiento de estas mismas cosas. 
2° La compra o permuta de Deuda Pública u otros títulos de crédito que circulen en el comercio, hecha con el ánimo de revenderlos o permutarlos; y la reventa o permuta de los mismos títulos”.

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