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El valor de la naturaleza


Enviado por   •  11 de Marzo de 2013  •  Informes  •  689 Palabras (3 Páginas)  •  333 Visitas

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LA NATURALEZA

La naturaleza es uno de los factores de producción y esta integrada por múltiples elementos como son el suelo, que comprende a su vez los ríos, lagos, lagunas, esteros, caídas de agua, etc., el subsuelo con todo lo que guarda en sus entrañas: los hidrocarburos, los minerales, etc., la atmosfera y los mares, con todos sus recursos, así como la flora y la fauna de la región. De igual manera la tierra es importante ya que el hombre se nutre de ella en base de animales y vegetales , la tierra proporciona los compuestos químicos que transforman la energía para su organismo.

En los caracteres de la naturaleza establece que sus cualidades son inagotables e indestructibles, asi sucede con las materias que el suelo contiene con las fuerzas físicas, especialmente la energía solar que efectúen los procesos biológicos por lo tal no puede incrementarse a voluntad, es decir tiene un límite en cantidad y calidad y no puede cambiarse de lugar por lo cual su explotación se requiere en su lugar.

SOCIEDADES MERCANTILES

Las sociedades mercantiles por acciones podrán ser propietarias de tierras y aguas en la extensión necesarias para el cumplimiento de su objeto, que no podrá exceder de veinticinco veces el limites previstos en la fracción XV del articulo 27 el cual dice que la propiedad de las tierras y aguas comprendidas dentro del territorio nacional, corresponde originalmente a la nación, la que tiene el derecho de trasmitir el dominio de ellas a los particulares construyendo la propiedad privada, es decir cien hectáreas de riego o humedad de primera o su equivalente a otra tierras, a razón de un riego por dos de temporal, cuatro de agostadero de buena calidad y ocho de bosque, monte o agostadero en terrenos áridos

LAS SOCIEDADES CIVILES

La Sociedades Civiles destinadas a la explotación de un negocio o profesión no necesitarán para su constitución de ninguna solemnidad, pudiendo formarse mediante contrato privado o público, salvo en el caso de que se aporten bienes inmuebles o derechos reales, en cuyo caso será necesario su constitución en escritura pública ante notario. Las sociedades civiles están reconocidas en la Ley General Tributaria como entidades de atribución de rentas, con capacidad de obrar en el tráfico jurídico.

AUXILIARES DE CREDITO

Son aquellas instituciones de crédito que participan en la actividad financiera facilitándolas operaciones de crédito y coadyuvando a un mejor funcionamiento del sistema financiero en general de acuerdo a sus propiedades se clasifican en

• Publicas: Propiedad del Estado en 51% por menos

• Privadas: Propiedades del sector privado al 100%

En otro

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