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gerlintovarEnsayo28 de Septiembre de 2013
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"Vale más ser paciente que valiente; vale más dominarse uno mismo que dominar a los demás." Proverbios 16:32 (lenguaje actual) #DominioPropio #PacienciaAsí El Estado Social que toma cuerpo, es la superación del Estado Liberal mas no su negación, sino su adaptación a las exigencias de la sociedad post-industrial y las nuevas condiciones del sistema neo-capitalista.
El Estado Social de Derecho aparece claramente configurado en la Constitución de la Republica Federal Alemana de 1949, extendiéndose rápidamente como modelo en la ingeniería constitucional de otros Estados. El Estado Social de Derecho adquiere diferentes notas constitutivas, resultado de los nuevos campos de acción pública que debe acometer. En algunas de ellas perfecciona al Liberal y en otras, reafirma sucarácter de Estado Social. Es un Estado orientado a la distribución de la riqueza social, para lo cual, el Estado a la vez que asume el rasgo de empresario, regula el crecimiento económico y orienta el proceso conforme unos objetivos nacionales trazados en la formulación de los planes nacionales. Pero además, extiende la democracia como ejercicio no solo de derechos políticos, la democracia formal; sino que propicia condiciones para la socialización de la esfera estatal, lo que se expresa en democracia económica y social; orientando sus políticas al aumento del consumo y el bienestar social, el pleno empleo, el crecimiento constante y la promoción de la ecomonía de mercado. Como Estado de Derecho acoge la división de poderes, pero introduce una variante respecto del modelo clásico liberal, ya que la separación funcional de poderes es sustituida por funciones compartidas. En el Estado Social, se fortalece y gana autonomía la Administración Pública Central como poder, y los partidos y organizaciones sociales como instancias de representación de intereses de la sociedad.
Como rasgos políticos de ésta forma de Estado su estrecha ligazón a la democracia representativa como régimen político y la idea de justicia que viene a contener al menos dos dimensiones, por una parte el control judicial de los actos administrativos, la constitucionalidad de las leyes y el carácter de la guarda Constitución por los jueces. Por la otra, la progresiva realización de la igualdad con base en el principio de funcionamiento de la democracia asociado a los regímenes de derechos, que postula la participación proporcional en función de diferencias relevantes, la reparadora de diferencias relevantes y dar a cada uno según sus necesidades.
En el contexto venezolano, si bien la Constitución Nacional de 1961 no definió de forma expresa el carácter de Estado Social, no obstante definió un extenso marco de normas y principios de carácter social y económico que así lo definen. Pero, es la Constitución vigente de 1999 la que recoge por primera vez y de manera expresa en su articulado la definición de Estado Social de Derecho (Art. 2), y va más allá al equiparar los rasgos Democrático, Social y de Derecho y Justicia.
En síntesis, podríamos establecer las siguientes definiciones de cada uno de los enunciados que definen la forma de Estado consagrado en la Constitución de 1999:
El Estado Democrático: Es el marco de un sistema político que respeta principios fundamentales, como son: la separación de los poderes públicos, la elección de representantes y gobernantes y cualquier otra expresión que determine la voluntad popular. Consideran la existencia de mecanismos validos que reconocen y garantizan la expresión de la voluntad popular.
El Estado Social: Es un enunciado que permite establecer la vinculación de las acciones gubernamentales con los derechos sociales reconocidos formalmente en la Constitución y en los Tratados Internacionales.
El Estado de Derecho: Es una forma política de Estado, cuyo poder y actividad están limitados por el Derecho. La expresión Derecho establece un orden jurídico racional basado en un régimen de derechos fundamentales (libertades individuales, propiedad privada, seguridad jurídica, entre otros.), la división de poderes y la autoridad de la ley como principios jurídicos que lo configuran. Completando con la reserva legal, la irretroactividad de la ley, la independencia de los jueces en la aplicación de justicia, la jerarquía de las normas dentro del orden jurídico, la legalidad de los actos administrativos y la justicia constitucional; estableciendo la sujeción de todas las actuaciones de los organismos públicos al marco constitucional y legal de un país, y la regulación de sus relaciones con la sociedad.
El Estado de Justicia: Es el reconocimiento de los derechos económicos, sociales y culturales; y la existencia de un aparato de administración de justicia que responda a las necesidades de control jurisdiccional de las actuaciones de los poderes públicos y de los ciudadanos y a la efectiva defensa y protección de los derechos humanos mediante la actuación legitima de jueces y magistrados de la República.
Estado Federal Descentralizado: Corresponde con una forma de concebir el Estado, en la cual se reconocen distintas autoridades con autonomía política, administrativa y territorial, que se organiza tomando en cuenta la distribución de competencias y servicios, según distintos niveles de gobierno (Nacional, Sedal y Municipal).
Además, la nueva Constitución de 1999, agrega otros Poderes a saber:
El Poder Constituyente: Poder extraordinario que representa la voluntad soberana porque promueve modificaciones radicales de la estructura del Estado, siendo sus límites los principios democráticos y los derechos inalienables de la persona humana. Es soberano, porque no está sometido a otro poder ni subordinado a otra fuerza o autoridad y es originario o primario, porque deriva directamente de la voluntad del pueblo quien la manifiesta mediante un hecho revolucionario o por un mecanismo previsto en la constitución o en las leyes.
El Poder Público: Poder conferido al Estado para la realización de sus fines y se transformó a una estructura de cinco poderes: El Ejecutivo, El legislativo, El Judicial, El Electoral y el Poder Ciudadano.
El Poder Legislativo dicta la Ley; El Ejecutivo la ejecuta y vela por su cumplimiento; El Judicial la interpreta y le da aplicación en los conflictos surgidos entre individuos, o entre individuos y el Estado; El Poder Electoral organiza, administra, dirige y vigila todos los actos relativos a la elección de los cargos de representación popular, así como de los referendos; y El Poder Ciudadano previene, investiga y sanciona los hechos contra los derechos humanos, la ética pública y la moral administrativa, así como vela por la buena gestión y legalidad en el uso del patrimonio público.
Concepto weberiano: Max Weber, en 1919, define el Estado moderno como una "asociación de dominación con carácter institucional que ha tratado, con éxito, de monopolizar dentro de un territorio la violencia física legítima como medio de dominación y que, a este fin, ha reunido todos los medios materiales en manos de su dirigente y ha expropiado a todos los funcionarios estamentales que antes disponían de ellos por derecho propio, sustituyéndolos con sus propias jerarquías supremas”.3 Por ello se hallan dentro del Estado instituciones tales como las fuerzas armadas, la administración pública, los tribunales y la policía, asumiendo pues el Estado las funciones de defensa, gobernación, justicia, seguridad y otras como las relaciones exteriores.
TEMA II
LA FORMA DE ESTADO VENEZOLANO
Expresión actual del estado venezolano. El estado venezolano ha experimentado a través de su historia distintos cambios geopolíticos, tratando de adaptarse a la evolución de la sociedad y a merced de los gobiernos de turnos. En la actualidad Venezuela se define como un República federal, dividida en 23 Estados, el Distrito Capital (que comprende parte de la ciudad de Caracas) las Dependencias Federales (islas, en su mayoría deshabitadas) y los Territorios Federales, el Estado venezolano reclama el territorio denominado Guayana Esequiba o Zona en Reclamación. Cabe mencionar que Los Estados federales, son iguales en lo político y poseen las mismas competencias, cada uno tiene un Gobernador (jefe del ejecutivo regional), un Gabinete de Secretarios, un Secretario de Gobierno, un Procurador, un Consejo Legislativo (Parlamento regional que aprueba leyes estadales), un Contralor, Policía, Bandera, Escudo, Himno y una Constitución propia (excepto el Distrito Capital, Dependencias Federales y los Territorios Federales), ya que estos tienen rango federal. En relación con lo anterior cabe mencionar que a nivel nacional cada estado está representado en la Asamblea Nacional de acuerdo a su población por un sistema de representación proporcional, y adicionalmente como mínimo cada estado elige 3 diputados.
Los estados se dividen en Municipios, cada estado determina en cuantos municipios se organiza, cada municipio tiene un Alcalde, un Gabinete de Directores, un Contralor, un Procurador, Policía y un Concejo Municipal que emite ordenanzas, mediante Ley Estadal los municipios se pueden asociar en distritos metropolitanos.
En relación con el poder ejecutivo “El Presidente o Presidenta de la República es el Jefe o Jefa del Estado y del Ejecutivo Nacional, en cuya condición dirige la acción del gobierno” tal como se expresa en el Artículo 226, Constitución Bolivariana de la República de Venezuela. El período presidencial es de seis años, y el Presidente puede ser reelegido de inmediato y por una sola vez, para un nuevo período. La elección del Presidente se hace por votación universal, directa y secreta. Son electores o electoras todos los venezolanos
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