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Ensayo Derecho


Enviado por   •  29 de Abril de 2015  •  3.934 Palabras (16 Páginas)  •  146 Visitas

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DERECHO PROCESAL CIVIL.

El Derecho procesal civil es una rama del Derecho procesal que regula la actuación ante los Tribunales para obtener la tutela de los derechos en asuntos de naturaleza civil o mercantil.

Es una rama del Derecho que regula el Proceso, a través del cual los “Sujetos de derecho” recurren al órgano jurisdiccional para hacer valer sus propios derechos y resolver incertidumbres jurídicas. Es la rama del Derecho que estudia el conjunto de normas y principios que regulan la función jurisdiccional del estado y que fijan el procedimiento que se ha de seguir para obtener la actuación del Derecho Positivo y los funcionarios encargados de ejercerla a cargo del gabinete político, por el cual quedan exceptuados todos y cada uno de los encargados de dichas responsabilidades.

El proceso civil, por definición, se compone por distintas etapas según la naturaleza contenciosa (declarativa), ejecutiva, de jurisdicción voluntaria o liquidataria de la actuación procesal ventiladas bajo la égida demandatoria (petitum), probatoria y resolutiva de los derechos de acción y defensa. El derecho procesal civil es el conjunto de normas jurídicas adjetivas de orden público que regulan los trámites necesarios para la aplicación de las instituciones sustantivas previstas en la legislación civil de un Estado.

El derecho procesal civil se entiende como una sucesión concatenada de compartimientos estancos, a fin de ordenar y desarrollar el proceso. Para ello, cada etapa tiene una serie de normas de procedimiento a las que hay que ajustarse para que el proceso sea válido, esto es, legal y jurídicamente válido con fuerza de ley.

Es el juez el que debe velar no solo por la prestación de justicia y equidad al momento de resolver el conflicto llevado al litigio, sino que debe velar también por el cumplimiento de las normas que hacen al proceso legal. Un proceso que no es legal, aparte de lesivo, es inútil.

La persona acude ante los tribunales jurisdiccionales del Estado en materia civil para deprecar la estimación de pretensiones vinculadas en su carácter a derechos subjetivos de naturaleza patrimonial, en orden a obtener el reconocimiento del derecho, o las medidas tendentes a hacer efectivo su cumplimiento, mediante el despacho favorable de las distintas pretensiones del libelo introductor o demanda.

Las normas procesales son un conjunto de directrices o cauces de sustanciación previstos por el órgano legislativo de cada país, que constituyen el orden de trámites regulados por la ley procesal civil a efectos de lograr la efectividad de los derechos reconocidos en la ley sustancial.

El proceso civil como institución regulada por el derecho procesal, observa los mismos principios de que está provista tal rama del derecho, principios de obligatoria observancia sea que estén o no debidamente normatizados. Se aplican en atención al equilibrio de cada actuación y a la finalidad perseguida.

Principios tales como:

Igualdad entre las partes. Las partes intervinientes en el proceso son iguales, el tratamiento es igual para todos y tienen las mismas oportunidades procesales

Sin interés no hay acción. Es apenas lógico pues, quien acciona si no tiene por qué hacerlo, de aquí se deriva la legitimidad en la causa, su importancia práctica radica en que impide que, quien no está legitimado en la causa pueda accionar (no tiene interés).

Iura novit curia. Indica que el juez conoce la norma aplicable.

Existen otros que suelen ser denominados principios, pero que, la doctrina moderna llama reglas técnicas, término más preciso y acorde a su naturaleza. Estas son entre otras:

Regla técnica dispositiva. Según esta, a las partes corresponde dar comienzo a cada actuación procesal, aportar las pruebas, solicitarlas etc., el juez solo interviene para pronunciarse en cada providencia de lo que haya observado en cada acto.

Regla técnica inquisitiva. Al estado corresponde investigar, adelantar y resolver de oficio los asuntos que se puedan suscitar y de los que haya tenido conocimiento.

Proceso y Juicio

Unidad fundamental del proceso

INTERNA Se relaciona con el fenómeno unitario que un proceso representa por sí mismo, aunque en el proceso hay multiplicidad de actos de varios sujetos, entre todos esos actos y todos esos sujetos que los realizan se produce un fenómeno unitario. Esos actos variados y plurales están unificados en relación con el desempeño de una sola función que es la jurisdiccional. La unidad de la pluralidad de actos se obtiene en virtud de una finalidad común que es la tendencia a solucionar la controversia. Puede incluso haber varias instancias con la intervención de varios juzgadores, y la unidad no se pierde, pues se trata de resolver la controversia planteada.

EXTERNA Se refiere a la unicidad de los procesos en general, independientemente de la materia en que se desarrollen, es decir, consiste en que todos los procesos, independientemente de su contenido, tendrán rasgos característicos comunes, es decir, en todo caso existirá una fase postulatoria o expositiva (demanda y contestación de demanda), una etapa probatoria, un periodo de alegatos, una sentencia y una etapa de impugnación.

Criterios que permiten sostener la unidad fundamental del proceso.

Contenido: Todo proceso es un litigio.

Finalidad que se persigue: Resolver la controversia planteada al órgano judicial.

c) Estructura triangular: En el vértice superior se encuentra el órgano jurisdiccional y en los inferiores están la parte actora y la demandada respectivamente.

d) Organización judicial: El órgano jurisdiccional cuneta con una estructura definida y jerarquizada.

e) División de todo proceso en etapas: Independientemente de la materia del litigio, los procesos siempre se hallan divididos en una serie de fases procesales.

f) Principio de impugnación: Las resoluciones que dictan los tribunales en todo caso pueden ser revisadas por un órgano superior.

Diversos criterios de clasificación del proceso

Para determinar qué tipo de proceso se aplicará para resolver una controversia, es preciso establecer en primera instancia qué ley sustantiva debe emplearse para dirimir el conflicto y así serán procesos en el ámbito:

Penal o Administrativo

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