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Ensayo Derecho Penal


Enviado por   •  13 de Abril de 2015  •  2.802 Palabras (12 Páginas)  •  236 Visitas

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Derecho Penal Internacional

¿Es el procedimiento penal internacional adversarial, inquisitivo o mixto?

TABLA DE CONTENIDO

INTRODUCCIÓN

MÉTODO DE INVESTIGACIÓN UTILIZADO

MARCO CONCEPTUAL

COMMON LAW

PROCEDIMIENTO INQUISITORIO

PROCEDIMIENTO ACUSATORIO

PROCEDIMIENTO MIXTO

CIVIL LAW

MARCO HISTÓRICO

MARCO TEÓRICO

ETAPAS PROCESALES DEL PROCEDIMIENTO INTERNACIONAL

FASE DE LA INVESTIGACIÓN

Tiempo de control y de supervisión del fiscal

Imparcialidad del fiscal

FASE PREVIA AL JUICIO

FASE DE JUICIO

Presentación del caso

NORMAS PROBATORIAS

CONCLUSIÓN

INTRODUCCIÓN

Para logar obtener la respuesta de la pregunta ¿Es el procedimiento penal internacional adversarial, inquisitivo o mixto?, es necesario el análisis de las normas que lo regulan, pero también es importante conocer la forma en que se llevan a cabo en la práctica, por ello se manejan como objeto de este ensayo, las leyes del Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia (ICTY, por su siglas en ingles: International Criminal Tribunal for the former Yugoslavia; en lo sucesivo: TPIY) y de la Corte Penal Internacional (CPI), entre otras que influyen en el procedimiento penal internacional. Ya que la diferencia principal entre el Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia y la Corte Penal Internacional, radica en que solo el primero ha aplicado hasta ahora sus normas en la práctica y puede, por consiguiente, suministrarnos una guía mas precisa, tocante a que modelo, si lo hay, ha de preferirse en el ámbito internacional.

MÉTODO DE INVESTIGACIÓN UTILIZADO

MÉTODO DE LA INVESTIGACIÓN BIBLIOGRÁFICA DOCUMENTAL

Utilizo este método ya que mi investigación se basa en la información de fuentes documentales.

Una vez obtenida la información general elijo los documentos fundamentales para realizar mi investigación. Obteniendo así puntos de vista importantes y variados que estructuran el contenido del presente ensayo.

MARCO CONCEPTUAL

COMMON LAW

common law es una de las cinco fuentes del derecho inglés, la referida a aquellas normas que derivan de la costumbre. Traducido por derecho consetuedinario y derecho común.

El derecho anglosajón (o common law) derivado del sistema aplicado en la Inglaterra medieval, es aquel utilizado en gran parte de los territorios que tienen influencia británica. Se caracteriza por basarse más en la jurisprudencia que en las leyes.

PROCEDIMIENTO INQUISITORIO

Sistema Inquisitivo: El propio órgano jurisdiccional toma la iniciativa para originar el Proceso Penal ante la puesta en peligro de un bien jurídico legalmente protegido, es decir actúa de oficio y el Proceso Penal es excesivamente formal, riguroso y no público.

En el sistema inquisitorio es el imputado quien debe demostrar que es inocente, o sea, no le basta con guardar silencio sino que debe convencer a quienes lo "indagan" sobre su "no culpabilidad"

En este sistema se resolvía de forma mas expedita las causas, y los procesos generalmente terminaban en condena (ahorrando juicios al estado por detenciones ilegales, o ilegitimas, o excesos en la prisión preventiva, etc.).

Esto también le generaba un gran poder a los órganos de instrucción (jueces, policía, etc.)

El término ingles inquisitorial (inquisitorio), como normalmente lo utilizan los abogados formados en el common law para describir los sistemas jurídicos civiles de la Europa continental, es bastante desafortunado, ya que recuerda las épocas más oscuras de la Edad Media, cuando la persecución penal y la sentencia de un caso se concentraban en una institución, el juez como activo investigador (inquisitio= averiguación, indagatoria), mientras que el procedimiento se llevaba exclusivamente por escrito y en secreto y la tortura era el medio legítimo para obtener confesiones.

PROCEDIMIENTO ACUSATORIO

El sistema penal acusatorio es un sistema adversarial donde las partes (fiscalía y defensa) se enfrentan en igualdad de oportunidades ante un juez imparcial. También pueden intervenir el ministerio público y la victima. El primero para salvaguardar el orden jurídico y el segundo para que se le garantice la verdad, la justicia y la reparación.

El sistema anterior se caracterizaba por la escritura, era un sistema de actas y constancias.

Decimos que el sistema penal acusatorio es un sistema garantista de los derechos fundamentales y se ve reflejado en los jueces de control de garantías como su nombre lo dice, controla la legalidad de las actuaciones de la fiscalía y de la policía judicial.

Las etapas del sistema penal acusatorio se dividen en: la audiencia de formulación de acusación, la preparatoria al juicio oral, la de juicio oral y la reparación integral y sentencia.

En este sistema, “si no se puede demostrar la culpabilidad FEHACIENTEMENTE es inocente" o "es inocente hasta que se demuestre lo contario".

PROCEDIMIENTO MIXTO

El sistema mixto se conjuga tanto el Sistema Acusatorio como el Inquisitivo.

Este sistema le da un poco de garantías al inculpado y a la vez lo limita. Los fines del proceso penal en este sistema son de dos tipos; a) generales.- La aplicación de la ley penal al caso concreto.- b) específicos.- que era encontrar la verdad real, material e histórica y en su caso determinar la individualización de la personalidad del delincuente.

CIVIL LAW

Civil law es el derecho de tradición romano-germánica, que como el español, se tipifica en códigos.

El Derecho continental europeo, o simplemente Derecho continental (en ocasiones denominado Sistema romano francés o Sistema romano germano francés) es el sistema jurídico derivado de aquél aplicado en Europa continental, cuyas raíces se encuentran en el Derecho romano, germano y canónico y en el pensamiento de la Ilustración, y que es utilizado en gran parte de los territorios europeos y en aquellos colonizados por éstos a lo largo de su historia. Se suele caracterizar porque su principal fuente es la ley, antes que la jurisprudencia, y porque sus normas están contenidas en cuerpos legales unitarios, ordenados y sistematizados (códigos).

MARCO HISTÓRICO

El Código de la Corte Penal Internacional está contenido en el Tratado Internacional, adoptado en Roma en 1998, y ha recibido una gran influencia de las leyes y la práctica de los Tribunales

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