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Ensayo "Principales acepciones de la palabra derecho"


Enviado por   •  14 de Marzo de 2019  •  Trabajos  •  2.255 Palabras (10 Páginas)  •  2.020 Visitas

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El derecho y sus acepciones, el tema que trata García Máynez en el capítulo IV nos muestra cómo los conceptos, definiciones y ejemplos que describe y cita implican un conjunto de conocimientos en constante movimiento, siempre entre polémicas debido a los diversos conceptos qué se han visto a lo largo de la historia por los múltiples autores que se citan. Ellos nos expresan su idea de las distintas acepciones, pero para poder adentrarnos en las diferentes acepciones, interpretaciones y ejemplos necesitamos primero tener en claro el origen del concepto de derecho y qué significa este para así continuar con las acepciones y sus ejemplos.

Cómo origen tenemos la acepción del derecho que proviene del latín directum latín directum qué significa “lo que está conforme a la regla”, sólo con esta frase se nos deja claro que el derecho es aquello que es correcto ya que va conforme a la norma,  nos guía.

El concepto de derecho más completo es aquel que nos dice “ conjunto de normas jurídicas, bilaterales, heterónomas, coercibles y exteriores que regulan la conducta de los individuos en la sociedad y que el estado en un lugar y época determinados, declara como obligatorios” este nos da sus características y al fin que persigue, es lo correcto, que  no se desvía de un lado u otro, sino que las oscilaciones que tiene se dirigen para  conseguir su propio fin. Cómo se menciona, el fin del derecho es prioridad y como primero tenemos la seguridad: hablamos de la necesidad de un régimen estable,  orden, a la eliminación de todo aquello que signifique arbitrariedad. normas bien determinadas, claras y su cumplimiento estrictamente garantizado. La certeza debe basarse en la seguridad, garantía dada al individuo de que su persona, sus bienes y sus derechos no serán objetivos de ataques o qué, si estos llegaran  a darse, dar se le serán asegurados por la sociedad,  protección y reparación;  segundo justicia: es el  según el cual, alguien con constante y perpetua voluntad, da a cada uno su derecho; tercero bien común: es el conjunto organizado de las condiciones sociales, gracias al cual la persona puede cumplir su destino natural y espiritual. es la forma de ser del individuo en tanto viva en comunidad.

Ya con el concepto de derecho claro y establecido, veremos las diferentes acepciones qué García Máynez y otros autores citados explican. las que se nos mencionan son cinco: derecho objeto, subjetivo, vigente, positivo y natural.

Hablaré de los diferentes conceptos que se tienen de estas, de cómo el autor las clasifica debido a su formalidad, su validez y su eficacia, como éstos son aplicados a nuestra vida diaria, cómo es que se relacionan o contradicen entre y ejemplos aplicados.

Para empezar a hablar del derecho objetivo, no porque sea el más importante, sino que es con ese con el que comienza los autores usualmente, el derecho objetivo es el conjunto de normas jurídicas que integran nuestras leyes o códigos. se conforma de reglas que, “además de imponer deberes, concede facultades”, las leyes que nos regulan se encuentran agrupadas en nuestras legislaciones, qué es lo que definimos como derecho objetivo, por lo que podemos decir que este es sinónimo de ley, legislación, código o reglamento, donde deducimos que este es el que rige nuestro actuar jurídico frente a la materia civil o alguna otra de las ramas de este derecho. es la regla jurídica que nos permite o que nos prohíbe, puede ser desde una sola norma hasta un cuerpo normativo completo. en general el derecho objetivo: 1.  Generaliza un conjunto de normas en un orden jurídico; 2.  Las normas jurídicas garantizan el derecho del sujeto frente a la obligación de otro. ejemplos del objetivo aplicado son el de nuestro estado y la Constitución Política de nuestro país. Después tenemos al derecho subjetivo que recibe este nombre por qué se refiere al sujeto, la persona a la que se otorga la facultad (el derecho) qué le otorga la norma jurídica (el derecho objetivo), es decir la prerrogativa, poder o facultad (derecho) con que cuenta una persona para reclamar el cumplimiento de las normas jurídicas que considera le favorecen y ayudan. El derecho subjetivo es el permiso que deriva de la norma, este es una función del objetivo, el subjetivo no se concibe fuera del objetivo, se apoya en él y según Máynez “los dos conceptos se implican recíprocamente; No hay derecho objetivo, que no concede facultades, ni derechos subjetivos que no dependen de una norma.” Así que podríamos decir que el derecho objetivo y el derecho subjetivo es un binomio que implica y presupone necesariamente. en general podemos decir que el derecho subjetivo: a) es una facultad o poder de una persona para exigir el cumplimiento de la norma jurídica. b) es la contrapartida de la idea de obligación poder jurídico. Tenemos como ejemplos: 1. El derecho con el que cuenta el comprador para que el vendedor le haga entrega, en el momento oportuno, el artículo u objeto que ha pagado en el precio convenido; 2. Sí pedimos un préstamo a una institución bancaria, tenemos derecho a que se nos entregue el dinero en la fecha acordada y el banco tiene la obligación de entregarnos el dinero bajo las condiciones que se firmaron en el contrato. Para concluir y completar el concepto de derecho subjetivo hay que dejar en claro que se divide en dos: derechos a la propia conducta y a la conducta ajena. el primero, puede remitirse al derecho de la propiedad. El derecho a la conducta ajena, por su parte se denomina facultas exigendi.

Continuamos con el tercero que es el derecho vigente, que el autor antes mencionado nos dicta como “llamamos orden jurídico vigente al conjunto de normas impero-atributivas que en una cierta época y un país determinado la autoridad política declara obligatorias”, esta cita nos dice que el derecho vigente es un conjunto de normas jurídicas que la autoridad impone de cumplimiento obligatorio para los gobernados en ese tiempo y en ese lugar determinado, es decir, es el derecho objetivo o la ley que en este lugar y este momento es de cumplimiento obligatorio para todos. El derecho vigente es el que se encuentra en vigor, dentro de un ámbito territorial determinado y que el Estado considera obligatorio. Se opone al derecho que alguna vez vigente, posteriormente fue derogado o abrogado (que son la anulación parcial o total de una ley que se encuentra vigente). La única forma en que la costumbre se convierte en derecho vigente es cuando esta es reconocida por el Estado. El derecho vigente no solo se integra por las normas legales y las reglas consuetudinarias que conocemos que el poder publico nos ha dado, reconoce y aplica. La vigencia es un atributo puramente formal y el hecho que una ley no sea obedecida, no le quita a esta su vigencia, a pesar de esto sigue teniendo el mismo valor. Como ejemplo tenemos al código civil de este año con sus diversas abrogaciones y derogaciones.

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