Estatuto De Administracion
agustindiaz109124 de Octubre de 2013
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ESTATUTO DEL CÍRCULO DE ESTUDIOS DE LA ESCUELA PROFESIONAL DE ADMINISTRACION
“PEDRO RUIZ GALLO “
FACEAC
TITULO 1.- DISPOSICIONES GENERALES.
Art. 1°.- El circulo de estudios de la escuela profesional de administración, ha sido constituido al amparo de la constitución política, código civil, ley universitaria (ley N° 23733) estatuto de la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo (art. N° 108) y demás normas legales.
Art. 2°.- El círculo de estudios de la escuela profesional de administración es un organización sin fines de lucro, cuyo propósito es impulsar la integración, creatividad, investigación y desarrollo de la ciencia administrativa y ramas afines.
Art. 3°.- Para formar parte del círculo de estudios es necesario aceptar lo dispuesto en el presente estatuto con la absoluta exclusión de cualquier tipo de arbitrariedad o discriminación.
Art. 4°.- Los objetivos del círculo de estudios son:
1. Impulsar el desarrollo y la formación integral de los futuros profesionales de la especialidad de administración en el ámbito académico, cultural y social.
2. Fomentar la integración y solidaridad entre los estudiantes de la carrera de administracion.
3. Participar y elaborar exposiciones, conferencias, fórum, y otras actividades de carácter laboral y cultural tanto en la universidad como fuera de ella con el propósito de implementar una formación técnica- profesional y empresarial de los integrantes.
4. Fomentar la relación entre universidad, empresa y sociedad.
Art. 5°.-La sede y domicilio legal del círculo de estudios estará ubicado en la calle Juan XXIII de la ciudad de Lambayeque.
Art. 6°.-El circulo de estudios “Pedro Ruiz Gallo“está formado por todos los miembros inscritos en el mismo y se encuentra representado por una junta directiva elegida democráticamente.
Art. 7°.- El circulo de estudios “Pedro Ruiz Gallo“es una institución de duración indefinida.
Título 2.- DE LOS INTEGRANTES.
Capítulo I: Generalidades y Tipos de Miembros.
Art. 8°.-Son integrantes del Círculo de estudios “Pedro Ruiz Gallo ’’ todos los alumnos de la escuela profesional de administración de la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo que cumpla con los requisitos especificados en el presente estatuto.
Art. 9°.- El número de integrantes del círculo de estudios será un total de 25 alumnos desde el 2° hasta el 8° ciclo académico de los cuales serán como mínimo 2 y como máximo 5 integrantes por cada código.
Art. 10°.-Requisito para ser miembro ordinario del círculo de estudios:
-Ser estudiante regular de la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo de la facultad de ciencias económicas administrativas y contables y pertenecer a la escuela profesional de administración.
Art. 11°.-Los tipos de integrantes son:
1. Miembros Ordinarios.
2. Miembros No Ordinarios.
11.1) Es Miembro ordinario todo alumno que se encuentre cursando la carrera de administración en la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo.
Miembros ordinarios:
Miembros plenos.- Lo conforman desde el 2º hasta el 8ª ciclo académico.
Miembros fraternos.- Lo conforman el 1ª-9ª-10ª ciclo, si es que sus integrantes deciden participar.
11.2) Es miembro no ordinario toda persona natural según la siguiente clasificación:
Miembros no ordinarios
Miembros invitados.- Es toda persona que teniendo o no un vínculo académico o laboral con la escuela de administración o con la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo y tenga interés en colaborar y apoyar al círculo de estudios. Considérese en esta categoría también a los egresados en la especialidad de administración.
Miembro honorario.- Aquella persona que por sus cualidades personales y reconocido prestigio hayan contribuido al desarrollo e investigación en beneficio de la población y además los que considere la Mesa Directiva.
Capítulo II: Deberes y Derechos de los miembros ordinarios:
Art. 12°.-Son derechos de los miembros plenos:
1. Elegir y ser elegidos como miembros dela Junta Directiva, Secciones Académicas o Comisiones de la institución.
2. Tener voto en las Asambleas Ordinarias y Extraordinarias siempre y cuando se compruebe su asistencia a dos reuniones anteriores consecutivas como mínimo o habiendo justificado su inasistencia a una de ellas a la junta Directiva.
3. Asistir en forma gratuita a los eventos realizados por el círculo de estudios.
4. Exigir las mejores condiciones a la Junta Directiva para el cumplimiento de los objetivos así como presentar iniciativas y/o ideas que contribuyan al óptimo desenvolvimiento del Centro.
5. Pedir la revocatoria de la Junta Directiva y/o Directorios mediante una solicitud dirigida al Comité Electoral y adjuntando para ello más del cincuenta por ciento (50%) de firmas de los miembros plenos.
Art. 13°.-Son derechos de los miembros fraternos:
1. Participar libremente de cualquiera de las actividades que se realicen.
2. Tener voz sin restricción alguna.
3. El libre uso de los diversos bienes y servicios que brinde el círculo de estudios conforme a los reglamentos del mismo.
Art. 14°.-Son deberes de los miembros no ordinarios y fraternos:
1. Cumplir las normas y reglamentos establecidos en el presente estatuto, así como también los acuerdos de la asamblea.
2. Velar, gestionar y mantener en buen estado las instalaciones e infraestructura del circulo de estudios de la escuela profesional de administración.
Art. 15°.- Son deberes de los miembros plenos:
1. Elaboración obligatoria de un Plan de Desarrollo Estratégico para el tiempo de gestión de la junta Directiva.
2. Concurrir asiduamente a las asambleas.
3. Formar parte en los procesos electorales para la elección de la Junta Directiva con carácter de obligatoriedad.
4. Participar activamente de las actividades que se realicen.
CAPITULO III:“DE LA ESTRUCTURA”
Art. 16°.-El Círculo de estudios de la escuela profesional de administración“Pedro Ruiz Gallo” en su estructura organizativa cuenta con órganos de dirección, de línea, de asesoría y autónomos.
Art. 17°.-Se denomina Órganos de Dirección a los estamentos de carácter representativo y ejecutivo de la institución, Órganos de Línea a los estamentos de carácter académico,de Asesoría al ente consultivo de la institución y Órganos Autónomos a aquellos que gozan de autonomía funcional. Todos estos deberán informar de sus actos a la Asamblea Plena después de cada actividad con un plazo no mayor de 10 días.
Art. 18°.-La estructura organizativa del Círculo de Estudios de la escuela profesional de administración es la siguiente:
A.- Órganos de Dirección: La Asamblea Plena y la Junta Directiva.
B.- Órganos de Línea: Las Secciones Académicas.
C.- Órgano de Asesoría: Comité Asesor.
D.- Órgano Autónomo: Comité Electoral
CAPITULO IV: “DE LA ASAMBLEA PLENA”
Art. 19°.-La Asamblea Plena es el máximo órgano de deliberación y representación del Círculo de Estudios de la escuela profesional de administración “Pedro Ruiz Gallo“. Sus decisiones son obligatorias para todos sus miembros, en cuanto no sean contrarias al presente estatuto y normas reglamentarias y legales.
Art. 20°.-La Asamblea Plena está compuesta por los miembros ordinarios, especialmente por los miembros plenos.
Art. 21°.-Los miembros plenos y fraternos son los miembros de la institución en su correspondiente categoría. Los miembros plenos tienen derecho a voz y a voto; y los miembros fraternos a voz y sin voto.
Art. 22°.-Los invitados serán presentados por un miembro Pleno y/o miembro de la Junta Directiva a la sesión de la Asamblea Plena con previa aprobación en la sesión anterior. La presencia del invitado en la sesión será para tratar un tema específico, luego de este su estadía será puesta a consideración de la Asamblea Plena.
Art. 23°.-Son deberes y atribuciones de la Asamblea Plena:
a. Ratificar la elección de los miembros de la Junta Directiva.
b. Elegir a los miembros del Comité Electoral y demás entes que contemple el presente estatuto.
c. Remover de su cargo a los miembros de la Junta Directiva, Comité Electoral y demás de la institución.
d. Aceptar la renuncia de los miembros a la Junta Directiva, Comité Electoral y demás entes de la institución.
e. Ratificar el Plan de Trabajo de la Junta Directiva.
f. Ratificar el Balance Económico Anual presentado por la Junta Directiva.
g. Ratificar las Memorias de la Junta Directiva.
h. Deliberar, pronunciarse y tomar medidas sobre los problemas que afecten a la institución y/o a nuestras
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