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Estatuto administrativo. Requisitos de ingreso a la Administración Pública


Enviado por   •  20 de Junio de 2020  •  Ensayos  •  855 Palabras (4 Páginas)  •  113 Visitas

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 Requisitos de ingreso a la Administración Pública

Estatuto administrativo

Instituto IACC

19/06/2020


Desarrollo

  1. Comente y analice la calidad jurídica de los cargos públicos que pueden ocupar personas que cumplen alguna función administrativa regulada por la Ley 18.834.

        En la aplicación de los cargos de la administración pública nacional, se solicita poseer habilidades dentro del margen jurídico, por lo cual se concursa para ser un funcionario público, y es aquí donde la administración pública genera algunas exigencias al afiliarse a cualquier organismo Estatal; detallado en la Ley 18.834 los requisitos mínimos para ingresar a algún cargo público y el rol en la calidad de estos cargos jurídicos.  Es por ello por lo que, cuando una persona finaliza todos los procesos para ingresar a la ad. del Estado, se hace referencia a la provisión del cargo, lo que asigna las funciones y responsabilidades de su rol ya sea por nombramiento (posterior a un concurso público) o ascenso (opción a un cargo elevado si cumple las condiciones pertinentes).

Llegando a esto, el personal ya instaurado dentro de la organización del estado entra en el trato del personal estatal, ya sea planta, contrata y a honorario, los que se pueden definir en:

        

        * “De planta: son cargos permanentes como lo establece la ley Art 3º, b) es “el conjunto de         cargos permanentes asignados por la ley a cada institución”. Asimismo, en su Artículo 4º señala         que “las personas que desempeñen cargos de planta podrán tener la calidad jurídica de:         Titulares, Suplentes o Subrogantes. El personal que ostenta este cargo, por acceder a la carrera         funcionaria, posee una estabilidad en el empleo”. 

        * “Personal a contrata: son de carácter transitorio y duran hasta el 31 de diciembre de cada         año, teniendo la posibilidad de renovar aquel contrato. La ley establece, asimismo, un número         máximo de funcionarios a contrata, el que no podrá exceder al 20% de la planta del servicio o         institución, además de que pueden existir empleos a contrata con jornada parcial o completa,         según sea necesario”.

* “Personal a honorarios: estarán normados bajo lo establecido por las partes en un contrato. Puede decirse que este contrato viene a ser una especie de contrato civil, sin llegar a ser un contrato de trabajo.”

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