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Estructura de la Rama Judicial. Jurisdicción ordinaria Especialidad Civil


Enviado por   •  6 de Marzo de 2019  •  Trabajos  •  979 Palabras (4 Páginas)  •  371 Visitas

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Estructura de la Rama Judicial

Jurisdicción ordinaria Especialidad Civil

        

        

        Febrero 2018.

Yopal - Casanare.

Derecho procesal Civil.


Contenido

Capítulo 1. Estructura de la Rama Judicial        1

Titulo 1. Jurisdicción Ordinaria Especial Civil.        1

Titulo 2. Clausula General.        2

Titulo 3. Quienes ejercen la administración de la justicia en la Rama Civil        2

Titulo 4. Negocios que corresponden a la jurisdicción Civil        2

Titulo 5. Prorrogabilidad e improrrogabilidad de la jurisdicción y la competencia        3

Titulo 6. Deberes y poderes de los Jueces………………………………………………………...4

Titulo 7. Niveles de competencia y su especialidad        5

Titulo 8. Tribunales Superiores del Distrito Judicial        6

Titulo 9. Corte Suprema de Justicia        7

Trabajos citados        8



Capítulo 1.
Estructura de la Rama Judicial

Titulo 1. Jurisdicción Ordinaria Especial Civil.

En general, los conflictos surgidos entre los particulares, y aquellos asuntos que no estén atribuidos por la Constitución o la ley a otra jurisdicción, son atendidos por la Jurisdicción Ordinaria por niveles de competencia y por especialidad.

Corte Suprema de Justicia[pic 1]

Sala de Casación Civil y Familia

[pic 2]

Tribunales superiores de los distritos Judiciales

Salas Civiles y de Familia

Jueces Civiles del Circuito, de Familia y de Ejecución

Jueces Civiles municipales y promiscuos de Familia

Nota: De acuerdo con el Articulo 11 de la Ley 270 de 1996 pueden integrar la rama los jueces de pequeñas causas, competencias múltiples o promiscuos en los diversos grados de jueces, esto dependerá del órgano administrador y de las necesidades de los distritos judiciales.

Fuente: Elaborada por María del Socorro Rueda Fonseca.

[pic 3]

Titulo 2. Clausula General.

Art. 15. - Corresponde a la jurisdicción ordinaria, el conocimiento de todo asunto que no esté atribuido expresamente por la ley a otra jurisdicción.

Corresponde a la jurisdicción ordinaria en su especialidad civil, el conocimiento de todo asunto que no esté atribuido expresamente por la ley a otra especialidad jurisdiccional ordinaria.

Corresponde a los jueces civiles del circuito todo asunto que no esté atribuido expresamente por la ley a otro juez civil.

Fuente: Cód. General del Proceso

Titulo 3. Quienes ejercen la administración de la justicia en la Rama Civil

Art. 7. - Se ejerce permanentemente por la Sala de Casación Civil de la  Corte Suprema de Justicia, las salas civiles de los tribunales superiores de distrito judicial, los jueces de circuito, municipales, territoriales y  de menores.

Fuente: Cód. De Procedimiento Civil

Titulo 4. Negocios que corresponden a la jurisdicción Civil

Art. 12. - Corresponde a la jurisdicción civil todo asunto que no esté atribuido por la ley a otras jurisdicciones.

Fuente: Cód. De Procedimiento Civil

[pic 4]


Titulo 5. Prorrogabilidad e improrrogabilidad de la jurisdicción y la competencia[pic 5]

[pic 6]

        Fuente: Cód. General del Proceso [pic 7]

Titulo 6.  Deberes y poderes de los Jueces. [pic 8]

Fuente: Cód. General del Proceso

[pic 9]


Titulo 7. Niveles de competencia y su especialidad

  1. Nivel Municipal: En el nivel municipal por juzgados promiscuos, civiles y penales.
  2. Nivel de Circuito: por juzgados promiscuos, penales, civiles, de familia, laborales, penales especializados, de menores, y de ejecución de penas y medidas de seguridad.
  3. Nivel de distrito por los Tribunales Superiores de Distrito: salas penales, civiles, laborales, de familia, agrarias o mixtas, según sea el tamaño de la demanda del servicio.
  4. Nivel Nacional: la Corte Suprema de Justicia en sus salas penal, civil y agraria laboral.

Competencia de los jueces civiles municipales en única instancia

Artículo 17 del Código general del Proceso

Competencia de los jueces civiles municipales en primera instancia

Artículo 18 del Código General del Proceso

Competencia de los jueces civiles del circuito en única instancia

Artículo 19 del Código general del Proceso

Competencia de los jueces civiles del circuito en primera instancia

Artículo 20 del Código General del Proceso

Competencia de los jueces civiles de familia en única instancia

Artículo 21 del Código general del Proceso

Competencia de los jueces civiles de familia en primera instancia

Artículo 22 del Código General del Proceso[pic 10]

Titulo 8. Tribunales Superiores del Distrito Judicial

Creados para el cumplimiento de las funciones que determine la ley procesal en cada distrito judicial.

Están integrados mínimos por tres magistrados, en cuyo caso existe una sala mixta, o se dividen por salas según las especialidades de la jurisdicción.

 

Existen 32 tribunales superiores que corresponden a cada uno de los distritos

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