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Estructura y principios de la constitución.


Enviado por   •  3 de Febrero de 2016  •  Apuntes  •  1.327 Palabras (6 Páginas)  •  1.284 Visitas

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Unidad 1.

Estructura y principios de la constitución.

  1. Desarrollo del congreso constituyente.
  • Venustiano Carranza asume la titularidad del ejecutivo como Jefe del Ejército Constitucionalista que derroco a Victoriano Huerta.
  • Tras la victoria y signos de división de Villa y Zapata convoca a una “Convención de gobernadores y generales” en la ciudad de México  el 1º de octubre de 1914.  Designándose como presidente interino a Eulalio Gutiérrez, quien duro en su cargo dos meses.  
  • El 14 de septiembre de 1916, Carranza anuncia que convocará a un Congreso Constituyente para reformar la Constitución de 1857, en la convocatoria se fijo que por cada 70,000 habitantes se fijara un diputado.
  • La comisión para el proyecto de constitución fue encabezada por José Natividad Macías (Directos de la facultad de Derecho de la UNAM) y entre otros Luis Manuel Rojas quien fungió como presidente del Congreso Constituyente.

  1. Proyecto y exposición de motivos de Venustiano Carranza.

  • “…los legisladores de 1857 se conformaron con la proclamación de principios generales que no procuraron llevar a la práctica, acomodándolos a las necesidades del pueblo mexicano para darles pronta y cumplida satisfacción; de manera que nuestro código político tiene en general el aspecto de formulas abstractas en que se han condensado conclusiones científicas de gran valor especulativo, pero de las que no ha podido derivarse sino poca o ninguna utilidad positiva.”
  • La Constitución de 1857 dio las bases de las instituciones sociales, pero fue mal utilizada como arma política y para acabar con la soberanía de los estados.

Art. 14 constitucional no se refería a los juicios del orden civiles, solo hacia mención al los juicios del orden penal; tenía una extensión indebida

Art. 20 constitucional garantías de todo acusado en un juicio criminal, en la práctica era ineficaz.

Art. 21 confirma a los jueces la facultad exclusiva de imponer penas, solo concede a la administrativa castigar la infracción de los reglamentos de policía, dando solo penas pecuniarias y no reclusión, la cual solo se impone cuando el infractor no puede pagar la multa.

Antes de la constitución del 17 hay un mal funcionamiento, una disfuncionalidad orgánica de las instituciones o del sistema de gobierno como tal.

Después de la Constitución, Carranza fortalece al poder ejecutivo mediante la trasmisión del juicio de amparo al orden federal, quitándole a la vez la facultad de investigación al poder judicial, y remitiéndolo al poder ejecutivo.

Este proyecto de nueva constitución, que en realidad no hace más que reformarla, propone un modelo presidencial junto con los medios de coacción para hacer gobernable a un país en estado de rebeldía.

  1. Principales sesiones del Congreso y adopción de los artículos 27 y 123.

El proyecto de Carranza no aportaba grandes cambios al trato que se le daba a la propiedad de la tierra, el proyecto incluía:

1º La ocupación de la propiedad privada para el uso público será previa indemnización y en caso de desacuerdo con resolución judicial.

2º Las corporaciones religiosas no podrán adquirir inmuebles.

3º Con las mismas limitaciones de adquisición para la beneficencia pública o privada.

4º se les atribuía a los anteriores capitales para sobre bienes raíces tener capitales impuestos a intereses, el que no podrá ser mayor del legal y por un término que no exceda de 10 años.

5º El reparto agrario lo deja a una ley secundaria.

6º Ninguna otra corporación podrá civil podrá administrar los bienes antes mencionados.

7º Las sociedades civiles podrán adquirir inmuebles con la limitación que no sean rusticas y que no excedan dimensiones necesarias para su objeto.

8º Los bancos podrán obtener capitales impuestos sobre propiedades urbanas y rusticas de acuerdo a la ley.

La propuesta de Carranza no fue suficiente y se formo una comisión de trabajo de la cual se obtuvo:

El concepto de propiedad comunal, dotándolos de un régimen jurídico propio, con la característica que no genera propiedad privada.

1.2.2. Principales sesiones del congreso y adopción del artículo 123.

En la propuesta de Carranza no existía artículo social en materia del trabajo, se comenzó en la elaboración de dicho artículo trabajando sobre el artículo 5º, dada cuenta que en el artículo 4º se garantizaba la libertad de trabajar.

La trilogía ideológica social, forma el primer constitucionalismo social del mundo, a partir de 1917.

1º articulo 3º materia educativa.

2º articulo 27 tierras ejidales y comunales.

3º artículos 123 en materia de trabajo y derechos colectivos.

1.3. Estructura general de la Constitución.

La constitución como Pacto Social y Ley suprema se integra:

  • Parte dogmatica: libertades, derechos humanos y sus garantías. Artículos del 1 al 29, 31 fracción y IV, y 123.
  • Parte orgánica: Estructura, acceso, ejercicio, límites y responsabilidades del servicio público. En varios artículos: 21, 49, 129, 132, 135, etc.

Se divide en nueve títulos:

1º DE LOS DERECHOS HUMANOS Y SUS GARANTÍAS.

2º DE LA SOBERANÍA NACIONAL Y DE LA FORMA DE GOBIERNO.

3º DE LA DIVISIÓN DE PODERES.

4º De LAS RESPONSABILIDADES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS Y PATRIMONIAL DEL ESTADO.

5º DE LOS ESTADOS DE LA FEDERACIÓN Y DEL DISTRITO FEDERAL.

6º DEL TRABAJO Y DE LA PREVISIÓN SOCIAL

7º PREVENCIONES GENERALES.

8º  DE LAS REFORMAS A LA CONSTITUCIÓN.

9º DE LA INVIOLABILIDAD DE LA CONSTITUCIÓN.

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