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Examen Final Primera Vuelta


Enviado por   •  27 de Noviembre de 2012  •  Tareas  •  1.370 Palabras (6 Páginas)  •  682 Visitas

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Examen Final Primera Vuelta

Question 1

Puntos: 1

Según el artículo 20 de la Ley de Nacionalidad la persona originaria de un país latinoamericano o de la Península Ibérica que quiera naturalizarse mexicana deberá acreditar que ha residido en territorio nacional dos años inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.

Respuesta:

Verdadero Falso

Question 2

Puntos: 1

Dentro de las características migratorias del No Inmigrante se encuentran:

Seleccione una respuesta.

a. Inversionista, rentista, profesionista, artista, deportista, etc.

b. Turista, asilado político, refugiado, estudiante, etc.

c. Agentes diplomáticos, ministros de culto, científicos.

d. Todos los anteriores

Question 3

Puntos: 1

Esta Constitución, las leyes que emanen de ella, la jurisprudencia y todos los tratados hechos y que se hicieren por el Presidente de la Republica, con aprobación del Congreso, serán la ley suprema de toda la Unión”. Este es el artículo 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Respuesta:

Verdadero Falso

Question 4

Puntos: 1

El maestro Carlos Arellano García define la Inversión Extranjera como “la participación que inversionistas extranjeros tienen en el capital social de sociedades mexicanas tendiente a beneficiar la economía de los Estados”

Respuesta:

Verdadero Falso

Question 5

Puntos: 1

La inveterada consuetudo y la opinio juris son elementos de esta fuente del derecho:

Seleccione una respuesta.

a. La jurisprudencia internacional

b. Principios generales del derecho

c. Tratados internacionales

d. La costumbre

Question 6

Puntos: 1

Es considerado como el sistematizador de la teoría jusnaturalista

Seleccione una respuesta.

a. Hugo Grocio

b. Francisco de Vitoria

c. Francisco Suárez

d. Alberico Gentili

Question 7

Puntos: 1

Algunas de las materias que se incluyen dentro del Derecho Internacional Privado son:

La Nacionalidad

Condición Jurídica de los Extranjeros

Conflicto de Leyes

Conflicto de jurisdicciones

Respuesta:

Verdadero Falso

Question 8

Puntos: 1

El artículo 14 fracción II del Código Civil del Distrito Federal Establece que se aplicará el derecho sustantivo extranjero, salvo cuando dadas las especiales circunstancias del caso, deban tomarse en cuenta, con carácter excepcional, las normas conflictuales de ese derecho, que hagan aplicables las normas sustantivas mexicanas o de un tercer estado.

Respuesta:

Verdadero Falso

Question 9

Puntos: 10

Este autor español nos dice que el objeto del Derecho Internacional Privado es organizar jurídicamente la vida privada de la comunidad internacional.

En esta obra se pretende abandonar el concepto de jus gentium, ambiguo e impreciso, y que no definía la naturaleza de los derechos entre los Estados, y mejorarlo con el de jus feciale asemejándolo a esta institución romana.

Aquellas en las que las normas relativas a la solución de los conflictos de leyes deben estar fundadas en preceptos o principios súper estatales.

Jurista francés partidario de la teoría de la permanencia de las leyes personales, aunque más tarde adoptó una actitud nacionalista. Su obra más importante es el Tratado de derecho internacional privado francés (1938-1950).

Pueden ser de dos clases: a) Aquellas que cumplimentan obligaciones derivadas de normas internacionales; b) Aquellas desligadas totalmente de las normas jurídicas del Derecho Internacional.

Clasifica las naciones americanas en cuatro grupos desde el punto de vista de la obra codificadora: a) Países que no están ligados por normas de conflicto internacionales; b) Los sometidos al Código de Bustamante; c) Los vinculados por los Tratados de Montevideo; d) Los que han aceptado ambos sistemas.

Este autor define la naturalización como la institución jurídica en virtud de la cual una persona física adquiere y disfruta de la condición jurídica de nacional con las modalidades propias de los que no poseen nacionalidad originaria en su caso, en virtud de la adquisición de la nacionalidad de un Estado con posterioridad al nacimiento.

Es un atributo jurídico y político de las personas, reconocida tanto por el derecho privado como por el derecho público. Su origen se remonta al siglo XVIII en Europa.

Artículo 18 de la Ley de Inversión Extranjera.

Extranjero

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