Factores Que Influyen En El Aprendizaje
JesusOstos21 de Octubre de 2013
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LA SOBERANÍA TERRITORIAL
I) EL TERRITORIO
I.1) CONCEPTO
- Geográficamente
Superficie terrestre
Subsuelo
Espacio atmosférico que se encuentra debajo y encima de dicha superficie
Ríos y canales, aguas interiores y mar territorial
* Está delimitado por las fronteras
I.2) NATURALEZA JURÍDICA
Teorías:
1.- Teoría del territorio - objeto
El territorio es objeto de soberanía por el Estado, lo mismo que un bien privado es objeto de propiedad por el individuo.
Esta concepción es interpretada en el sentido de conceder al Estado un derecho exclusivo de propiedad sobre una parte de la superficie terrestre, y tiene su reflejo en el Derecho Internacional en el sentido de que el Estado pueda disponer libremente de su territorio (cesión por Tratado) y el derecho de excluir a todos los demás Estados de toda intervención en sus asuntos internos.
2.- Teoría del territorio - sujeto
El poder del Estado no se ejerce directamente sobre el territorio sino sobre las personas que se encuentran en él. No existe una soberanía territorial especial diferente de la que se ejerce sobre las personas.
3.- Teoría de la competencia
El territorio estatal delimita el ejercicio de la competencia estatal. La competencia estatal comprende una serie de derechos y poderes que forman el poder de disposición y él se aplica a un grupo de individuos y a un determinado territorio. Por tanto, doble aspecto de la competencia:
- personal
- territorial
Por tanto: el territorio estatal es el límite de las competencias estatales y el área geográfica de aplicación de las mismas.
II) LA SOBERANÍA TERRITORIAL
II.1) CARACTERÍSTICAS
a) Plenitud
Se entiende que la soberanía territorial es plena y que las limitaciones a la misma no se presumen. El fundamento jurídico de tales limitaciones debe se establecido en cada caso particular. (Contrariamente a las Organizaciones Internacionales)
b) Exclusiva
No se permite el ejercicio de competencias territoriales en el territorio de un Estado por parte de otro Estado a no ser que medie el consentimiento del primero. A ello hay que añadir la obligación por parte del Estado de no utilizar su territorio para fines contrarios a los derechos de otros Estados.
c) Inviolable
Se fundamenta en la obligación en Derecho Internacional de respetar la soberanía e integridad territorial de otros Estados. (Carta de Naciones Unidas, Declaración de Principios de Derecho Internacional que rigen las relaciones de amistad y cooperación entre los Estados).
II.2) MODOS DE ADQUISICIÓN
a) Originarios
a.1) Territorio en el origen del Estado.
a.2) Ocupación de territorio nullíus.
a.3) Accesión.
- natural
- artificial
b) Derivativos
b.1) Cesión
b.2) Conquista
b.3) Prescripción
a) Originarios
a.1 Territorio en el origen del Estado - actúa el principio de efectividad en el ejercicio de las funciones estatales, pues en virtud de él la soberanía resulta oponible a los demás Estados.
a.2 Ocupación de territorio nullíus - se basa en la posesión efectiva del mismo y en la intención de adquirir sobre él la competencia territorial. Por tanto, hay 2 elementos:
Elemento psicológico o animus occupandi, mediante la manifestación expresa por los órganos del Estado ocupante.
Elemento material o efectividad de la ocupación. Se manifiesta mediante el ejercicio efectivo de la autoridad del Estado sobre el territorio ocupado ejercida de manera continuada, en forma notoria.
a.3 Accesión - aparición de masas terrestres incorporadas a las ya existentes.
- De modo artificial por obra del hombre (diques, muelles ....)
- De modo natural (deltas, islas ....)
La soberanía se adquiere ipso facto por el Estado soberano del territorio principal, sin necesidad de proclamación.
b) Derivativos
b.1 Cesión:
1 - Modo derivativo de adquisición de territorios basado en un acuerdo
entre 2 o más Estados para llevar a cabo una transferencia territorial.
2 - Esta cesión se concreta mediante:
- La renuncia por parte del Estado cedente
- La aceptación por parte del otro Estado
3 - No se perfecciona jurídicamente hasta la ocupación efectiva del territorio y el consiguiente ejercicio de las competencias por el Estado beneficiario de la cesión.
4 - Las cesiones pueden ser:
a) a título gratuíto (por ejemplo: cesión por el Piamonte de Niza y Saboya a Francia en 1860)
b) A título oneroso: permuta o compraventa (por ejemplo: EEUU compró en 1803 la Luisiana a Francia y en 1867 Alaska a Rusia; Alemania compró en 1899 por 25 millones las Islas Carolinas a España)
b.2) Conquista
1 - “Modo derivativo que supone la transferencia al vencedor de parte del territorio del Estado vencido al terminar una guerra”.
2 - Requisitos para que se considere título válido de adquisición:
1.- Que haya terminado el conflicto armado.
2.- Que haya una ocupación efectiva.
3.- Que se dé en el Estado vencedor el animus possidendi (ánimo de poseer)
b.3) La Prescripción adquisitiva
Es un modo de adquisición muy discutido. Consiste en: el territorio ha pertenecido en un principio y de manera indiscutible a un Estado, pero otro Estado ha adquirido la soberanía por el ejercicio efectivo de funciones estatales durante cierto tiempo (usucapio en Derecho Interno). Ese lapso de tiempo no se puede cuantificar y habría de ser apreciado según criterios flexibles que tuviesen en cuenta las circunstancias del caso.
En todo caso, la prescripción requiere la ausencia de todo tipo de protesta por el anterior soberano.
Todos estos títulos de adquisición dan lugar a muchas incertidumbres, por lo cual los Estados procuran que sean recogidos en algún instrumento internacional que generalmente son: el tratado internacional, la notificación a los demás Estados para buscar su reconocimiento o aquiesciencia y la sentencia judicial.
III) LAS FRONTERAS Y RELACIONES DE VECINDAD
1) Noción de frontera y criterios de delimitación
La frontera es el límite del territorio de un Estado; la línea determinante donde comienzan y acaban los territorios de los Estados vecinos o el de un Estado y un territorio nullíus.
Para la delimitación de las fronteras hay una serie de procedimientos técnicos que son los siguientes:
a) Los límites o fronteras naturales: se basan en un elemento geográfico (cresta de las montañas, línea divisoria de aguas o vertientes de los ríos).
Si se toma como punto de referencia un río o un lago o un estrecho se seguirá la línea media de las aguas de los mismos.
b) Basándose en elementos técnicos: como tomar dos puntos geográficos precisos sobre el mapa y trazar entre ellos una línea recta que sirva de frontera (zonas desérticas).
c) Basándose en límites preexistentes (por ejemplo: Suecia y Noruega cuando se separaron tomaron los límites anteriores a la Unión). Tratándose de Estados surgidos de la descolonización, ha sido común la adopción del principio “uti possidentis”, que tiene en cuenta los límites de las divisiones administrativas internas o internacionales establecidas por la potencia colonial (Hispanoamérica ha respetado las divisiones administrativas
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