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Filosofia del Derecho. La teoría iusnaturalista


Enviado por   •  17 de Mayo de 2019  •  Apuntes  •  813 Palabras (4 Páginas)  •  99 Visitas

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El ser humano es un ser social, la convivencia con el otro requiere de un sistema que se capaz de regular la conducta, este sistema puede ser creado de manera convencional por los mismos miembros de la comunidad, pero ¿en qué se puede fundamentar la necesidad de su obediencia?, ¿en qué se fundamenta la relación de este orden normativo con la justicia?

La respuesta a estas interrogantes la podemos encontrar en las teorías previamente analizadas:

La teoría iusnaturalista

Para los griegos el derecho convencional humano tiene como fundamento y como deber ser el Derecho Natural, este último es transcendente y de origen Divino.

La validez del derecho convencional humano depende de la relación que este tenga con el derecho natural, cuando esta relación se rompe, la desobediencia parece una alternativa

El derecho natural puede crear una confusión entre el derecho y la moral, ya que a pesar de ser ambos ordenes normativos, es importante reconocer sus diferencias y es ahí donde nace el derecho positivo.

La teoría positivista

  • Plantea la no existencia del derecho natural.
  • El derecho es aquel creado por los hombres, escrito y no tiene pretensión universal o atemporal, de ahí que busque el separarse del sistema moral.

Dicha separación, de la ley y la justicia como virtud, trae como consecuencia la posibilidad de establecer regímenes legales injustos.

DERECHO Y LA MORAL

El comportamiento humano está regido por distintos órdenes normativos, entre ellos podemos citar:

  • las normas morales
  • las normas jurídicas
  • las normas religiosas
  • las normas de trato social (buenas costumbres)

Ambos órdenes comparten una jerarquía de valores y también la enunciación de reglas que permiten cumplir con ellos, ambos tienen una sanción en caso de incumplimiento, de igual forma, ambos se refieren a un sujeto libre por  lo que sus acciones son vistas como el resultado del ejercicio de su libertad

Orden normativo jurídico

Dimensión exterior del derecho: su objetivo principal es mantener el orden y la organización social.

Orden normativo moral

Dimensión interior de la moral: su objetivo se trata del perfeccionamiento interior de la persona.

La distinción necesaria entre el orden moral y el jurídico la podemos ver con Aristóteles cuando dice que la justicia general se refiere a la justicia general se refiere a la justicia como virtud, es decir, como relativa a la moral, mientras que la justicia particular es aquella relativa al orden jurídico.

Si bien ambos ordenes buscan regular la conducta humana, sus objetivos son distintos y el alcance de ambos difiere; para la moral, las reglas que este impone son universales e incondicionales,  imperativo categórico según Kant, mientras que el sistema jurídico responde más bien a un imperativo hipotético pues no es necesario. No existe una necesaria correspondencia entre lo que es moralmente exigible y lo que es jurídicamente exigible.

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