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Fiscalia General de la Republica


Enviado por   •  1 de Diciembre de 2015  •  Prácticas o problemas  •  999 Palabras (4 Páginas)  •  197 Visitas

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Reformas Estructurales: ¿impulso al federalismo o retroceso al centralismo?*

Fiscalía General de la Republica ¿un nuevo modelo en la impartición de justicia?

Un objetivo más en la reforma político-electoral lo constituye la propuesta de pasar de la Procuraduría General de la Republica (PGR) a la Fiscalía General de la Republica (FGR); se dice que será un órgano autónomo con un alto grado de especialización.

Una de las razones para este cambio es que actualmente la PGR transita dentro de un sistema de procuración de justicia desacreditado y saturado, haciéndolo un órgano de impartición de justicia ineficiente y altamente susceptible de ser politizado.

La principal función de la FGR será garantizar una exitosa implementación del sistema de justicia procesal acusatorio, priorizando la protección, garantía y el fomento a los derechos humanos de toda persona.  La FGR estaría integrada por dos órganos, la fiscalía especializada  en materia de Combate a la Corrupción y  la fiscalía especializada en materia de Delitos Electorales,  cuyos titulares serán nombrados y removidos por el Fiscal General.

Con el pretendido cambio  lo que se busca es fortalecer el sistema de procuración de justicia federal, en específico, la función del Ministerio Público (investigar y perseguir los delitos a través del ejercicio de la acción penal en representación de la sociedad). Con esto se pretende que la sociedad  deje de conceptualizarlo solamente como un órgano de carácter jurídico y ahora, además de cumplir con la función de la acción penal, también lo vea como una fuente de apoyo y asistencia a las víctimas de los delitos garantizando el acceso a la justicia y el respeto a los derechos humanos.

Este órgano, al contrario de la PGR que es parte del gobierno federal,  nacerá con el carácter de autónomo e independiente, con personalidad jurídica y patrimonio propios, es decir, constituirá un órgano constitucional moderno. Sin embargo, la designación del titular  estaría supeditada por las dos terceras partes de los miembros presentes del Senado la República o, en sus recesos, de la Comisión Permanente.

Con el mencionado cambio, las Fiscalías Generales de Justicia de las Entidades Federativas  cambiaran el termino Ministerio Publico por el de Fiscal. Se prevé que con dicho cambio se establezcan las condiciones propicias para una reestructuración del Ministerio Publico y la impartición de justicia.

Entre sus facultades podemos mencionar las siguientes:

  1. Investigar delitos federales;
  2. Solicitar a los jueces órdenes de aprehensión o de intervención de comunicaciones;
  3. Emitir órdenes de búsqueda y localización de personas extraviadas, y
  4. Promover el uso de mecanismos alternativos para resolver controversias. 

Además, se contempla la posibilidad de que el Fiscal General tenga la oportunidad de participar en la elaboración de la Estrategia Nacional de Seguridad Pública, quedara a su criterio la conveniencia de crear programas de recompensas, entregara al Congreso un informe anual de labores y deberá comparecer ante las cámaras cada que sea citado. 

El nombramiento del Fiscal por parte del Senado no garantiza independencia de la nueva figura con respecto del titular del Poder Ejecutivo, veamos porque: el Fiscal nacional saldrá de una lista de 10 candidatos propuesta por el Senado, esta lista será enviada al Presidente de la República para que seleccione una terna de aspirantes, la cual será devuelta al Senado, quien designará al titular de la FGR con el voto de dos terceras partes del pleno.  Aquí es en donde comienzan las preguntas:

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