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Fraude Procesal


Enviado por   •  4 de Septiembre de 2014  •  965 Palabras (4 Páginas)  •  324 Visitas

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El marco metodológico facilita al investigador conocer las diferentes teorías del saber científico que soportan el estudio en referencia y permite visualizar las técnicas metodológicas aplicadas en trabajos anteriores. El autor Eyssautier (2002) define el marco metodológico “como aquel modelo conceptual en donde se describe la forma como se teorizan las relaciones entre varios factores que han sido identificados como importantes para el problema” (p.178)

Su estructura comprende un conjunto de referencias organizadas en secciones donde se desarrollan los siguientes aspectos: Antecedentes histórico o antecedentes de estudio, bases teóricas, bases legales, glosario de términos.

Antecedentes de la Investigación

Para la creación del marco teórico del presente estudio fue necesaria la consulta a diversos trabajos de investigación publicados por autores y especialistas en el tema que se aborda, los cuales aportaron una diversidad de información importante que contribuyó en la profundización del problema que se estudia. A continuación se ofrecen algunos trabajos de investigación de estudiosos consultados:

Suñez, Y (2012) "Valoraciones teórico jurídicas en torno al delito de estafa procesal como figura independiente del tipo penal ", (revista en línea) Contribuciones a las Ciencias Sociales, Universidad de Cienfuegos de Cuba. El artículo publicado tuvo por objeto separar la estafa procesal de la estafa como tipo penal.

Así, que esta primera consiste en aquellos actos empleado para inducir a error a la victima determinándola a realizar o abstenerse de realizar un acto en detrimento de sus bienes o los de un tercero con el propósito de obtener para sí o para otro, una ventaja o un beneficio ilegítimo. El engaño es el elemento que lo distingue del resto de los injustos que atentan contra la propiedad.

De igual manera es una defraudación que a pesar de la pluralidad de bienes jurídicos que afecta, no puede extenderse a conductas cuyo objeto es salvaguardar el buen desempeño de las funciones administrativas, o la fe pública, a pesar de caracterizarse por el empleo de medios falsos o fraudulentos. Además se precisa analizar si una, o todas las partes implicadas en un proceso, inducen a error al órgano jurisdiccional para que dicte una resolución injusta de la que se deriva un acto de disposición en perjuicio del patrocinio del contrario, o de un tercero, alterando la naturaleza del acto, tipifica un delito de Estafa Procesal.

Indica Suñez, para los partidarios de esta conducta, no es la simple mentira en el proceso o la falta de respeto a los órganos de la administración de justicia. El ilícito se perfecciona cuando mediante ardid o engaño, se induce a error a un juez y, merced a su actividad jurisdiccional, dicta en tal condición una resolución o sentencia que ocasiona perjuicio patrimonial.

Lo anterior sustenta el presente trabajo de investigación, ya que a través del mismo se concluye que no bastan las afirmaciones conscientemente falsas para integrar el engaño característico

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