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GERENCIA COMUNITARIA

karenGutiTesis25 de Marzo de 2013

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UNIDAD Nº I:

GERENCIA COMUNITARIA

GERENCIA COMUNITARIA

Es una estrategia que se basa en los criterios de equidad, eficacia, la eficiencia y la sostenibilidad, que permite orientar la toma de decisiones, las acciones a seguir y el seguimiento y evaluación de los resultados alcanzados. La gerencia comunitaria es un nuevo enfoque administrativo social que surge como una necesidad de las sociedades que tratan a través de éste modelo involucrar a la comunidad, en cualquiera de sus formas, para que sean parte de la transformación que las mismas viven, debido a los factores económicos que rigen el mundo globalizado.

Dentro de este orden de ideas, la gerencia comunitaria trata del empoderamiento de las comunidades, es decir del acercamiento de los procesos gerenciales y hacer más eficiente la utilización de los recursos humanos como materiales para que los proyectos sociales sean ejecutados por la misma comunidad, pero para que esto suceda es necesario la participación activa de todos los actores sociales.

1.1 ADMINISTRACIÓN COMUNITARIA:

a) Administración y Organización Comunitaria.

La organización comunitaria no es más que el hecho de crear una estructura dentro de las comunidades dirigida a satisfacer las demandas y exigencias de dicha comunidad, integrada por los miembros de la comunidad. En Venezuela este proceso es ejercido a través de una figura llamada los Concejos Comunales, que son entes de participación ciudadana orientados a solventar las necesidades de la comunidad que los forma e integra, en general este proceso fortalece el Poder Popular y el desarrollo y defensa de una nación.

a) Glosario de Términos de la Administración Comunitaria.

• Actor / Actores: cualquier persona natural, o conjunto de personas naturales, que en situaciones asume la posición de un jugador (como aliado, oponente, aliado oponente o indiferente) frente a otros actores. Persona o grupo de personas que asumen posiciones diferentes dependiendo de la circunstancia que le toque asumir frente a otros actores, las cuales pueden ser de apoyo, oposición o indiferencia.

• Actores Sociales: son fuerzas sociales y personalidades que controlan centros de poder. Estos centros de poder se formalizan muchas veces como instituciones. La distinción entre fuerzas sociales y centros de poder es ambigua. Un partido político es, al mismo tiempo, una fuerza social y un centro de poder.

• Áreas de Trabajo: Las áreas de trabajo se constituyen en relación con las particularidades y los problemas más relevantes de la comunidad. El número y contenido de las áreas de trabajo depende de la realidad de cada comunidad, pudiendo ser: de economía popular y desarrollo endógeno; desarrollo social integral; vivienda, hábitat e infraestructura; y cualquier otra que defina la comunidad. Las áreas de trabajo agruparán varios comités de trabajo.

• Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas: Es la instancia primaria para el ejercicio del poder, la participación y el protagonismo popular, cuyas decisiones son de carácter vinculante para el consejo comunal respectivo.

• Bienes: Constituyen aquellos elementos producto del trabajo humano, por ejemplo, bienes muebles, bienes de consumo, bienes de producción, bienes inmuebles o raíces que pueden ser transables por otros bienes o servicios (Insumo – Producto Resultado).

• Banco Comunal: El Banco Comunal es la forma de organización y gestión económica financiera de los recursos de los Consejos Comunales; es una organización flexible, abierta, democrática, solidaria y participativa.

• Burocracia: Poder de los servicios administrativos dentro del sector público, que aumentan los costos y tiempo de respuesta a las solicitudes de los ciudadanos y ciudadanas.

• Calidad de Vida: La calidad de vida es un concepto amplio y complejo, incluido con la satisfacción de necesidades psicológicas y emocionales y de las aspiraciones sociales, valores culturales y estéticos, vida familiar apropiadamente ajustada, provisión de varios beneficios, servicios y distracciones sociales, y satisfacción de las necesidades esenciales.

• Comité de Trabajo del Consejo Comunal: Colectivo o grupo de personas organizadas para ejercer funciones específicas, atender necesidades y desarrollar las potencialidades de cada comunidad. El comité de trabajo, articulara y promoverá la participación e integración de las organizaciones comunitarias, movimientos sociales y habitantes de la comunidad.

• Comunidad: Es el conglomerado social de familias, ciudadanos y ciudadanas que habitan en un área geográfica determinada, que comparten una historia e intereses comunes, se conocen y relacionan entre sí, usan los mismos servicios públicos y comparten necesidades y potencialidades similares: económicas, sociales, urbanísticas y de otra índole.

• Consejo Comunal: Los Consejos Comunales en el marco constitucional de la democracia participativa y protagónica, son instancias de participación, articulación e integración entre las diversas organizaciones comunitarias, grupos sociales y los ciudadanos y ciudadanas, que permiten al pueblo organizado ejercer directamente la gestión de las políticas públicas y proyectos orientados a responder a las necesidades y aspiraciones de las comunidades en la construcción de una sociedad de equidad y justicia social.

• Contraloría: Oficina del Estado que controla las diversas cuentas del gobierno.

• Contraloría Social: Es un conjunto de acciones de control, vigilancia y evaluación que realizan los ciudadanos y ciudadanas, con el propósito de contribuir a que la gestión gubernamental y el manejo de los recursos públicos se realice en términos de transparencia, eficiencia, eficacia y honradez.

• Control Social: Competencia constitucional y legal que poseen los ciudadanos y ciudadanas de las distintas comunidades, para supervisar, vigilar, evaluar los bienes y servicios ejecutados por parte de los gobiernos nacional, estadal y municipal, así como las obras comunitarias.

• Cooperación: Acción solidaria o de colaboración de una persona, grupo de personas o países respecto de otras personas, comunidades o países para lograr objetivos que beneficien a uno o ambos involucrados.

• Corresponsabilidad: Responsabilidad compartida para la ejecución de una actividad específica.

• Corrupción: Actos contrarios a los procedimientos establecidos como norma dentro de la administración pública, tales como falsificación de documento, distracción de recursos, apropiación indebida de cosa pública, entre otras.

• Efectividad: Balance resultante entre los efectos deseados y los efectos indeseados de una operación. Mientras menos son los efectos indeseados, en comparación con los deseados, mayor es la efectividad.

• Eficacia: La eficacia es una relación producto – resultados… que apunta a la capacidad o potencia del producto de la operación para modificar en la cantidad y calidad deseada el vector de definición del problema.

• Eficiencia: La eficiencia es una relación insumos – producto que satisface un criterio establecido de maximización o minimización. La eficiencia es interna y procesal. Responde a la relación insumos.

• Evaluación: Comparación entre una situación inicial indeseada y otra situación intermedia o final deseada, a través de un patrón o referencia, posterior a la ejecución de un proyecto, acciones o actos de regulación.

• Gobierno: Gobierno o conducción es el arte y la ciencia del actor para movilizar organizaciones y ciudadanos en el juego social, procesando problemas conflictivos que cruzan todos los compartimientos de las ciencias, a partir de variables imprecisas, inciertas y cambiantes (incertidumbre), con el propósito de construirle posibilidades a su proyecto político.

• Inversión Pública: Aporte financiero por parte de los organismos del sector pública para la ejecución de bienes, servicios y/o actos de regulación, con el propósito de mejorar la calidad de vida de los habitantes de un sector, región o país.

• Justicia Social: Aspiración a crear un régimen social de equidad y justicia para todos los ciudadanos, sin desigualdades, injusticias y privilegios. En su sentido restringido se refiere solamente a las disposiciones que tienen por objeto mejorar las condiciones del trabajador o reconocer sus reivindicaciones.

• Necesidad Social: Es la expresión del déficit en la garantía de los derechos constitucionales. Son todos aquellos ámbitos indispensables para alcanzar una plena calidad de vida, y que garantizados como derechos humanos y sociales universales, deben ser el principal objeto de respuesta por parte de los entes que tienen a su cargo la gestión pública.

• Organizaciones Comunitarias: Organizaciones que existen o pueden existir en las comunidades y que agrupan a un conjunto de ciudadanos y ciudadanas en base a objetivos e intereses comunes, tales como: comités de tierra, comités de salud, mesas técnicas de agua, grupos culturales, clubes deportivos, puntos de encuentros y organizaciones de mujeres, sindicatos y organizaciones de trabajadores y trabajadoras, organizaciones juveniles o estudiantiles, asociaciones civiles, cooperativas, entre otras.

• Participación Social: Incorporación de la sociedad civil en la gestión colectiva en diferentes ámbitos de la vida social, garantizando a todos y cada uno de los integrantes de una comunidad la toma de decisiones, el protagonismo, la construcción de una voluntad colectiva de convivencia, el establecimiento de diferentes formas de realización

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