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Guía n° 7 sobre asignaciones y asignatarios


Enviado por   •  11 de Noviembre de 2013  •  Trabajos  •  3.373 Palabras (14 Páginas)  •  253 Visitas

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GUÍA N° 7 SOBRE ASIGNACIONES Y ASIGNATARIOS.

1. Señale qué sucede en las siguientes situaciones:

a) El testador deja como herederos de cuota a Juan, Pedro, Patricio y Manuel en un cuarto para cada uno de un fundo y se designa a Diego como heredero del remanente.

Sucede que Juan, Pedro, Patricio y Manuel van a concurrir como legatarios sobre el fundo conformando una comunidad entre ellos, Mientras que Diego a concurrir como heredero universal teniendo como tope el total del patrimonio del causante.

b) A Manuel en lugar de estatuirlo como heredero del remante se le constituye como heredero universal.

Quedara como heredero universal.

c) Indique si a Manuel le corresponde algo como heredero universal si se deja la mitad de la herencia a Juan, la otra a Pedro y un tercio a Enrique.

Solo podrá concurrir sobre un máximo de 3/12 de la herencia.

2. Analice cómo podría operar la teoría de los riesgos en materia de legados.

Si la cosa se extingue habrá que distinguir si nos encontramos frente a un legado de especie o cuerpo cierto o de género; si es de especie, se extingue la obligación de pagar el legado; si es de género, persistirá la obligación en virtud de que el género no perece. Si la cosa solo ha sufrido deterioros, se deberá en dicho estado. Si todo lo anterior es por culpa de los herederos, estos deberán una indemnización.

3. En un legado de orden el testador establece que un heredero deberá entregar un bien que es de su propiedad a un legatario, pero el bien es destruido por un rayo, estando pendiente la entrega. En este supuesto ¿se aplica la teoría de los riesgos? A su vez, si el heredero fuere demandado por el legatario y pendiente la entrega la cosa es destruida por un caso fortuito, que en ningún caso habría podido acontecer si la cosa estuviere en poder del legatario, ¿modificaría su respuesta?

Si, se aplica la teoría de los riesgos. Si él legatario de especie o cuerpo cierto se hace dueño desde el fallecimiento del testador, de tal modo que se aplicaría el principio que “las cosas perecen para su dueño” y nada se debería.

En el segundo caso, no se modificaría la respuesta.

4. Señale si esta afirmación es verdadera o falsa e indique por qué: “un legado sobre una indivisión recibe el mismo tratamiento en nuestro Derecho que un legado sobre un bien de la sociedad conyugal”.

No recibe el mismo tratamiento en el derecho;

- La regla general es que la destrucción o enajenación forzosa extingue el legado.

- En el caso de la sociedad Conyugal, si el legado recae sobre un bien de esta, se puede perseguir a cambio de su precio.

5. Fallece el señor Pérez dejando un legado sobre un bien raíz a favor de María, señale por cuál modo de adquirir lo hará ésta e indique que deberá hacer el legatario para hacer valer sus derechos.

Al haber muerto el señor Pérez, María adquiere por la sola muerte de este. Ella se encuentra protegida por la acción reivindicatoria para conseguir la entrega de la cosa por parte de los herederos.

6. Analice los artículos 1106 –que establece un legado de orden- y 1107 del CC -que establece un legado sobre cosa ajena- desde la perspectiva de la clasificación de las obligaciones en facultativas y alternativas.

Tanto los legados de orden como los de cosa ajena, consisten en obligaciones alternativas, ya que la obligación principal es entregar el legado y la obligación accesoria es el pagar el justo precio si la cosa perece.

7. ¿Qué sucede si la cosa se destruye en manos de un asignatario o de un tercero antes de cumplirse con el legado de orden o del legado de cosa ajena en los casos en que excepcionalmente es válido?

En este caso deberá entregar el justo precio de la cosa, ya que el justo precio subroga a la cosa.

8. El señor Pérez reconoce, mediante un legado, una deuda que habría tenido en vida con su primo Pedro Soto. Indique los efectos de este legado.

El Artículo 1131 dispone:” Lo que se lega a un acreedor no se entenderá que es a cuenta de su crédito, si no se expresa, o si por las circunstancias no apareciere claramente que la intención del testador es pagar la deuda con el legado.

Si así se expresare o apareciere, se deberá reconocer la deuda en los términos que lo haya hecho el testador, o en que se justifique haberse contraído la obligación; y el acreedor podrá a su arbitrio exigir el pago en los términos a que estaba obligado el deudor o en los que expresa el testamento”.

De lo cual se puede decir ; que lo que se lega a un acreedor no se entenderá que es a cuenta de su crédito, si no se expresa, o si por las circunstancias no apareciere claramente que la intención del testador es pagar la deuda con el legado. Si así se expresare o apareciere, se deberá reconocer la deuda en los términos que lo haya hecho el testador, o que se justifique haberse contraído la obligación, y el acreedor podrá a su arbitrio exigir el pago en los términos a que estaba obligado el deudor o en los que expresa el testamento. No puede obligarse al acreedor que reciba en pago de su crédito la cosa legada, de lo contrario podrá optar por demandar su crédito en la forma en que daba cuenta la obligación.

9. El señor Pérez es legatario de Ximena Soto que le dejó una casa en la playa. Refiérase a las siguientes situaciones:

a. Al señor Pérez un arrendatario le desconoce su calidad de legatario, indique si puede accionar contra aquél, mediante acción de petición de herencia, y si ello no es posible indique y fundamente que acción podría intentar contra el arrendatario que se niega a restituir y reconocer su derecho.

Acá no puede interponer la acción de petición de la herencia, sino que la acción que corresponde es la de preterición de la Herencia por haberse omitido al momento que se hizo conocimiento de la apertura de la herencia.

b. Indique si es necesario inscribir la propiedad en el CBR a favor del legatario por los herederos y de ser necesario señale la función de la inscripción y la forma de hacerla.

Es necesario inscribir le bien raíz en el Conservador de Bienes

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