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Histori Del Sgsss

perlazamaryuri16 de Junio de 2014

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ASPECTOS GENERALES DE LA SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL EN COLOMBIA Aprendices, nuevamente les doy la bienvenida, esta semana revisaremos la historia, los prin- cipios y los fundamentos básicos sobre Actualización de Seguridad Social Integral.

Resultado de Aprendizaje: Conocer los conceptos básicos de la Seguridad Social Integral en Colombia y su aplicación en el ámbito laboral. Indicadores: • Conocimiento: Reconoce los conceptos de seguridad Social integral vigentes. • Habilidades: Aplica los conceptos de seguridad Social integral en el ámbito laboral. • Valores: Maneja con responsabilidad la información adquirida sobre seguridad Social integral

Resumen de Contenido Esta semana veremos la historia de la seguridad social, su definición, cómo se encuentra conformada, cuáles son sus principios y su objetivo, cuáles son los regímenes de seguridad social, las obligaciones de los empleadores y cómo se deben hacer los pagos mensuales por normatividad. De esta forma podremos comprender la temática que trataremos las siguientes semanas.

ACTUALIZACIÓN DEL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL EN COLOMBIA

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LA SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL EN COLOMBIA Historia de la seguridad social en Colombia En Colombia la pionera en materia de seguridad social para los trabajadores del sector privado es la Ley 57 de 1915, la cual trataba de asistencia médica e indemnizaciones por accidente o muerte, luego la Ley 37 de 1921 implementó el seguro obligatorio de vida, pero la reforma constitucional de 1936 introdujo varios cambios de tipo social y de política laboral y la Ley 53 de 1938 reconoce la protección a la maternidad. Por otro lado la Ley 6ª de 1945 consagró los derechos a pensiones, salud y riesgos profesio- nales de los trabajadores, luego la Ley 90 de 1946, crea el Instituto Colombiano de Seguros Sociales -ICSS-. Además, la Caja Nacional de Previsión Social -Cajanal- fue fundada más tarde para traba- jadores gubernamentales del nivel central, mucho antes, la Ley 82 de 1912 había creado la pionera Caja de Auxilios de los Ramos Postal y Telegráfico, que sólo hasta 1960 se transfor- maría en Caja de Previsión Social de Comunicaciones -Caprecom-, entidad pública agregada al Ministerio de Comunicaciones, que en 1995 sería adscrita al Ministerio de Salud. En años posteriores se amplió la oferta de previsión social para garantizar los beneficios de cesantías. En 1964 con el decreto 3170 se reglamentan los seguros de accidentes de trabajo y enfermedad profesional. El Instituto de Seguro Social -ISS- nace como un establecimiento independiente para empleados particulares con régimen económico tripartito, con aportes de los patronos, los trabajadores y el Estado. Al realizar un análisis de toda esta situación, el gobi- erno mediante la constitución de 1991 en su artículo 48, reglamenta la seguridad social como un servicio público de carácter obligatorio para todos los habitantes del territorio nacional, por lo cual se crea la Ley 100 del 23 de diciembre de 1993 que da las pautas del funcionamiento del Sistema General de Seguridad Social integral actual.

¿Qué es la Seguridad Social Integral? Es el conjunto de instituciones (públicas y privadas), normas y procedimientos, con los cuales las personas y la comunidad pueden gozar de derechos relacionados con su calidad de vida, gracias al cumplimiento progresivo de los planes de beneficios que el Estado desarrolla, y por los cuales se proporciona una cobertura integral de las contingencias, especialmente las que afectan la salud y la capacidad económica, de la población Colombiana, con el fin de lograr el bienestar individual y la integración de la comunidad.

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¿Cómo se encuentra conformada la Seguridad Social Integral? Está conformada por: 1. Sistema General de Pensiones -SGP-. 2. Sistema General de Seguridad Social en Salud –SGSSS-. 3. Sistema General de Riesgos Profesionales -SGRP-.

Cada afiliado puede escoger de manera separada la entidad administradora del régimen de salud, del régimen de pensiones y la aseguradora de riesgos profesionales.

¿Cuales son los Principios de la Seguridad Social? Son seis principios: a. Eficiencia: adecuada utilización social y económica de los recursos administrativos, téc- nicos y financieros disponibles, para que el servicio se preste en forma adecuada, oportuna y suficiente. b. Universalidad: protección para todas las personas, de cualquier raza, genero y a cu- alquier edad. c. Solidaridad: garantía de seguridad social para la población pobre y vulnerable d. Integralidad: cobertura de todo lo que afecta a la salud, la capacidad económica y en general las condiciones de vida de todas las personas, recibiendo los beneficios descritos por la Ley. e. Unidad: integración de políticas, instituciones, regímenes, procedimientos y prestacio- nes para brindar adecuadamente los servicios de la seguridad social. f. Participación: las personas intervienen en la organización, control, gestión y fiscalización de las instituciones y del sistema integral.

¿Cuáles son los Objetivos de la Seguridad Social? Son tres objetivos básicos: 1. Garantizar las prestaciones económicas y de salud a trabajadores dependientes e inde- pendientes con capacidad de pago. 2. Garantizar la prestación de los servicios sociales complementarios en los términos de la

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presente ley. 3. Garantizar la ampliación de cobertura hasta lograr que toda la población acceda al sistema, permitiendo que sectores sin la capacidad económica suficiente como campesinos, indígenas, artistas, deportistas, madres comunitarias, accedan al sistema y a las prestaciones en forma integral. Regímenes de la Seguridad Social: 1. Régimen de Seguridad Social en Salud, en el cual existen 2 regimenes que son: • Régimen Contributivo: a este régimen pertenecen los trabajadores con contrato laboral formal, los servidores públicos, los pensionados y los independientes con capacidad de pago. • Régimen Subsidiado: a este régimen pertenecen las personas sin capacidad de pago que pertenezcan a nivel 1 y 2 del SISBEN. 2. Régimen de Pensiones, en el cual existen 2 regímenes que son: • Régimen solidario de prima media con prestación definida: El monto de la pensión es preestablecido, así como la edad de jubilación y las semanas mínimas de cotización. En este régimen no se hacen cotizaciones voluntarias, ni se puede optar por pensiones anticipadas. • Régimen de ahorro individual con solidaridad: los afiliados tienen una cuenta individual- izada, en la cual se abona el valor de sus cotizaciones y las de su empleados, las cotizaciones voluntarias, los bonos pensionales y los subsidios del Estado si hubiere lugar a ellos, más todos los rendimientos financieros que genere la cuenta individual. El monto de pensión es variable y depende entre otros factores, del monto acumulado en la cuenta, de la edad a la cual decida retirarse el afiliado, de la modalidad de la pensión, así como de las semanas cotizadas y la rentabilidad de los ahorros acumulados. 3. Régimen Riesgos Profesionales: encargado de proteger a los trabajadores, de los ac- cidentes o enfermedades ocasionadas por el desarrollo de su trabajo.

Obligaciones de los Empleadores para la afiliación al Sistema de Seguridad Social Según la Ley 100 de 1993, los empleadores tienen la obligación de inscribir a todas las per- sonas que tengan contrato laboral al SGSSS, SGRP y al SGP, descontando del salario de los trabajadores la suma establecida por la Ley, y de aportar un porcentaje calculado con base en el salario mensual del trabajador, para completar las contribuciones, según los siguientes parámetros:

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EJEMPLO: Pedro Pérez tiene una fábrica de calzado con 10 operarios, uno de sus operarios es José Mé- ndez, quien tiene un salario mensual de $500.000 pesos y otro empleado es Carlos Medina quien tiene un salario de $800.000 pesos, entonces los aportes se realizarán de la siguiente manera:

Estas contribuciones que deben realizar tanto los empleadores, como los empleados depen- dientes e independientes, se deben realizar a través de una Planilla Integrada de Liquidación de Aportes donde se paga la salud, la pensión y la aseguradora de riesgos profesionales de cada persona.

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LIQUIDACION DE APORTES PLANILLA INTEGRADA PILA

¿Qué es la PILA? La planilla Integrada de Liquidación de Aportes es un formato inteligente, que nos permite liq- uidar los aportes al SGSS según el ingreso base de cotización (IBC) y condiciones personales del aportante. ¿Para qué sirve la PILA? Sirve para integrar los aportes al SGSS en un solo instrumento, lo que permite: • Ahorrar tiempo. • Conocer la situación de la persona respecto a cada subsistema.

¿Qué se debe hacer? 1. Primer Paso: Inscripción ante un operador de información, se puede realizar de 2 for- mas: a. Asistida (Decreto 1931 de 2006) b. Electrónica ( Decreto 1465 de 2005) 2. Segundo: Diligenciar la planilla por medio del registro ante el operador y determinar la modalidad de planilla. 3. Tercero: Verificar el resultado. 4. Cuarto: Autorizar el pago. 5. Quinto: Pago seguro y transparente.

Fechas límites de pago para aportantes Las fechas definidas para el pago de los aportes, se encuentran estipuladas en el decreto 1670 de 2007(Mayo 14 de 2007) y son los siguientes:

EMPLEADORES CON MÁS DE 200 TRABAJADORES

Los empleadores cuyas nóminas de trabajadores activos o pensionados contengan 200 o más cotizantes, efectuarán sus aportes en las fechas que se indican a continuación:

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EMPLEADORES CON MENOS DE 200 TRABAJADORES

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Los empleadores cuyas nóminas de trabajadores activos o pensionados contengan menos de 200 cotizantes, efectuarán sus aportes en las fechas que se indican a

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