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ShirleyJ2Documentos de Investigación17 de Febrero de 2019
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UNIVERSIDAD DE CALDAS
HISTORIA DEL DERECHO
CONTEXTO HISTÓRICO
En el año 1936 Colombia atravesaba por una reforma, la cual se encaminaba en el surgimiento del estado interventor en el país, toda América latina coincide con esta figura, de los estudios más destacados encontramos los de los investigadores Ruth y David Collier quienes proponían procesos de incorporación de los obreros a la esfera política, es claro que en países latinoamericanos, actividad que fue analizada por todos los países, este modelo fue ubicado en Colombia durante la llamada República Liberal, en aquella época se rompió con la hegemonía conservadora en el poder, resultando la administración de Pumarejo como la propulsora de la reforma, donde las complejas relaciones sociopolíticas, configurando el estado Colombiano, esta reforma se constituyó con políticas sociales de procesos colectivos sociopolíticos donde estaban muchos actores (Liberal, Conservatismo, Oposición, Iglesia Católica, entre otros), esta actividad aparece dado a las varias intervenciones y vínculos entre distintas fuerzas sociopolíticas en el congreso.
Así las cosas surge un texto final de 25 artículos, modificaciones constitucionales sobre muchos temas entre ellos límites geográficos, división territorial, funcionamiento del congreso, régimen de propiedad privada “a través de la Ley 200 de 1936 (Ley de Tierras) optó por la vía juncker o prusiana, lo cual implicaba una actitud política de "compromiso" con los terratenientes, mediante la cual la nación declaraba extinguido el dominio o la propiedad del particular si éste no explotaba económicamente el predio durante los 10 años siguientes a la expedición de la Ley”, al aplicar la novedosa figura jurídica de la "declaratoria de extensión del dominio y reforma del sistema educativo colombiano (ciudadanía y educación), este modelo del estado interventor es recordado como el Hito Revolucionario, gracias a un gobierno con objetivos altos, a quien también se lo recuerda como “La Revolución en marcha” lo anterior fue lo que llevó a la reforma de la carta, donde también se presentaron diversos proyectos al congreso en esta dirección, por otro lado quienes debatieron estas situaciones de la reforma, negociaron objetivos de poder.
Esta reforma es una actividad llamativa en la historia Colombiana, revolucionaria, resultado de la iniciativa presidencial y del partido liberal, pero también de las relaciones política que ayudaron de manera grupal sobre las disposiciones de esta misma.
El congreso era un espacio privilegiado de discusión de cualquier proceso legislativo, pero no se encontraba en todo el ámbito político, por otro lado se quería que el congreso sea un espacio de análisis de la historia política de Colombia, esto con el fin de observar con gran detalle las tensiones del espacio político, Este Congreso, aparentemente homogéneo, fue el que discutió y gestó las políticas sociales en la reforma del año 1936.
Entre las situaciones más relevantes que encontramos para esta reforma es la aparición de un nuevo tipo de relación entre el estado y la sociedad, en esta época se incorpora un elemento importante en lo social la cual se conoció como la función social de la propiedad, proyecto de ley sobre dominio y posesión de tierras, cuya orientación, estaba encaminada en el marco del respeto absoluto a la propiedad privada, reconocía en los latifundios improductivos un problema fundamental, e incorporaba el trabajo como elemento esencial de una nueva interpretación del principio de la propiedad, así también algunas disposiciones relacionadas con los derechos de los trabajadores, quienes atravesaban un momento en su proceso organizativo y de surgimiento como un sector importante en la política colombiana, dentro del proceso mismo de construcción de políticas sociales y con una especial relación que los vinculaba con el gobierno de la “Revolución en Marcha”, y a la forma como todos estos elementos se encontraron a comienzos de los años treinta.
La Iglesia fue uno de los conjuntos con mayor oposición a algunas de las medidas interpuesta y aprobadas en el Congreso, así en los inicios del año la Cámara, suprime el artículo que daba reconocimiento mayoritario de la religión católica, decidió hablar de "orden moral" en vez de "moral cristiana", la jerarquía expidió una declaración desafiante contra "la obra demoledora" del régimen liberal, que pretendía establecer la libertad de cultos y de conciencia, junto con otras medidas igualmente inaceptables. La Iglesia anunciaba que si se aprobaba la Constitución, "ni nosotros, ni nuestro clero, ni nuestro fieles, permaneceremos inermes y pasivos". En forma simultánea el Directorio Nacional Conservador invitó a sus seguidores a la desobediencia contra una Constitución y unas leyes injustas.
Los días finales en el Congreso atravesaron no sólo por la división a raíz de la fuerte oposición, sino también por la presión del Ejecutivo y de los sectores lopistas del Parlamento por agilizar la aprobación del proyecto, Las sesiones terminaron con una cuestión amarga para muchos de los congresistas, unos por resignación, unos por desacuerdo, tres meses después, al comenzar las sesiones legislativas ordinarias de 1936, la reforma fue rápidamente aprobada en los debates reglamentarios, hasta ser sancionada de manera oficial en agosto, así entra en vigencia la reforma constitucional. “Las modificaciones de 1936, que dan más libertad al poder civil, más autoridad y eficacia al Estado, más justicia a los ciudadanos, deben ser principios activos desde el primer día de su vigencia”, expresa el Presidente Alfonso López. “El acto reformatorio fue firmado en el Palacio de la carrera por los doctores Carlos M. Pérez, Presidente de la Cámara; Eduardo Santos, presidente del Senado; Alfonso López, presidente de la República; y Pedro Alejo Rodríguez, presidente de la Corte Suprema”.
El proyecto final instauró, la función social de la propiedad, unos principios básicos que posibilitan la intervención del Estado, sobretodo en aspectos prácticos, y la asistencia pública como función del Estado, a la cual tiene derecho toda persona no apta para garantizarse la atención en su salud y una mínima protección por sus propios medios.
En el primer semestre de 1936 se vivió un clímax oposicionista en el cual encuadraron parcialmente diversos sectores como la Iglesia Católica, el Partido Conservador y los terratenientes y propietarios para intentar frenar el avance de la discusión de la reforma en el Congreso, Los conservadores de ambos partidos y la Iglesia compartían la defensa del orden individualista que estaba consagrado y garantizado en la Constitución de 1886, Los propietarios y terratenientes se oponían a cualquier alteración que no garantizase sus títulos, por otro lado los sectores de izquierda del Partido Liberal, la fuerte influencia que las ideas comunistas habían tenido en muchos de sus miembros jóvenes arroja luces sobre las posiciones que estos hombres defendieron.
Así las cosas, esta reforma se hace a través de la intervención y conversión de muchos movimientos sociales bajo relaciones políticas, con intereses diversos y una orientación encaminada, concentrada en una marcha de cambio, consenso o proceso colectivo he histórico en Colombia, el cual fue pensado, construido y analizado por muchos actores.
RESUMEN SUMARIO JUDICIAL
DELITO – SENTENCIA:
EXHORTO NÚMERO 82:
El alcalde municipal de Manizales se dirige a la dirección de la cárcel y penitenciaría para que certifique las constancias de existencia de antecedentes de carácter policivo o judicial con el sindicado de vagancia y ratería, ROBERTO OCAMPO, como de igual manera las entradas del sindicado al establecimiento por simples sindicaciones o detenciones, sospecha o cualquier motivo, anotando el número de entradas.
La cárcel del distrito judicial de Manizales en septiembre 25 de 1936 anexa las siguientes constancias:
Libro de condenas y filiaciones año de 1934 Folio N° 13
Certifica que ROBERTO OCAMPO fue condenado a 15 días de trabajo en las obras públicas del municipio por el delito de EXHIBICIONISMO IMPÚDICO según providencia de la inspección tercera municipal con fecha de febrero 24 de 1934.
- Entradas correspondientes al año de 1935:
En febrero 24 de 1935 por delito de H.N.O.
En agosto 28 de 1935 por hurto.
- Entradas correspondientes al año de 1936:
En enero 25 de 1936 por robo.
En julio 12 de 1936 por embriaguez.
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