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IDEAS Y REPRESENTACIONES EN TORNO A LA INTEGRACIÓN DEL DISCAPACITADO


Enviado por   •  2 de Abril de 2013  •  5.040 Palabras (21 Páginas)  •  353 Visitas

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I. Tema a investigar

Ideas y representaciones en torno a la integración de las personas con diversidad funcional.

II. Pregunta de investigación

¿Cuáles son las representaciones o términos más comunes que se utilizan para referirse a lo que es la integración de las personas con diversidad funcional?

III. Marco Teórico

Teniendo en consideración que el problema o interrogante planteado reúne en su formulación los conceptos de representación social, diversidad funcional e integración, me parece propicio, conceptualizar y definir, en términos generales, tales conceptos con la finalidad de expresar el sentido de la investigación que me propongo realizar, es decir, en otras palabras fundamentar el proceso de la investigación. La definición de los tres conceptos planteados en el problema nos permitirá un primer abordaje de la temática a investigar.

Para ello tomaremos como referentes las conceptualizaciones de Sara Amores, Marta Schorn y Álvaro Marchesi & Elena Martín sobre discapacidad e integración, la teoría de las Representaciones Sociales de Serge Moscovici y la postulación del Imaginario Social de Castoriadis (Schorn, 1999; Moscovici, 1995; Marchesi, & Martín, [s/f]; Zapolsky, [s/f]; Amores, [s/f])

Sara Amores plantea el empleo del término discapacidad por ser el más usado en la actualidad, a sabiendas que implica una valoración: dis (partícula que significa defecto), capacidad (inteligencia, aptitud, suficiencia). La discapacidad es tan antigua como el hombre, lo que ha variado es la manera de considerarla, desde la eliminación, el encierro, el ocultamiento hasta los intentos actuales de integración familiar y social (Amores, [s/f]). Pero nos vemos enfrentados a una paradoja, por una parte hay un mayor reconocimiento socio-cultural, se promulgan los Derechos del Niño, se instituye el Año Internacional del Discapacitado, con el avance de la medicina es cada vez mayor el numero de discapacitados que acceden a la adolescencia y a la adultez, pero por otra parte las posibilidades de salida laboral son escasas.

La Ley para las personas con discapacidad Gaceta oficial Nº38.598(enero 2007) plantea en su Articulo 1º.”Las disposiciones de la presente ley son de orden público y tiene por objeto regular los medios y mecanismos, que garanticen el desarrollo integral de las personas con discapacidad de manera plena y autónoma, de acuerdo con sus capacidades, y lograr la integración a la vida familiar y comunitaria, mediante su participación directa como ciudadanos y ciudadanas plenos de derechos y la participación solidaria de la sociedad y la familia.”

En su Artículo 2º.- Los órganos y entes de la administración publica Nacional, Estadal y Municipal competentes en la materia, y las personas natural y jurídicas de derecho privado, cuyo objeto sea la atención de las personas con discapacidad. Tienen el deber de planificar, coordinar e integrar en las políticas publicas todo lo concerniente a la discapacidad, en especial su prevención, a fin de promover, proteger y asegurar un efectivo disfrute de los derechos humanos de las personas con discapacidad, el respeto a la igualdad de oportunidades, la inclusión e integración social, el derecho al trabajo y las condiciones laborales satisfactorias de acuerdo de acuerdo con sus particularidades, la seguridad social, la educación la cultura y al deporte de acuerdo con lo dispuesto en la constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela.

En su Artículo 13º.-L a habilitación y rehabilitación de las personas con discapacidad son responsabilidad del Estado y serán previstas en instituciones educativas, de formación y capacitación ocupacional; en establecimientos y servicios de salud, en unidades de rehabilitación ambulatorias, de corta y de larga estancia, las cuales están apropiadamente dotadas con personal idóneo, presupuesto adecuado y recursos materiales suficientes para un optimo servicio. Los participantes particulares podrán ofrecer servicios de habilitación y rehabilitación que funcionaran, siempre bajo la orientación, supervisión y control de los ministerios son competencias en materia de salud, desarrollo social, educación y deportes, para la economía popular y de trabajo, según sea la pertinencia.

En relación a la integración educativa plantea en su Artículo 16º.-Toda persona con discapacidad tiene derecho a asistir a una institución o centro educativo para obtener educación, formación o capacitación. Deben exponerse razones de discapacidad para impedir el ingreso a institutos de educación regular básica, media, diversificada, técnica o superior, formación pre-profesional o en disciplinas o en técnicas que capaciten para el trabajo. No deben exponerse razones de edad para el ingreso o permanencia de personas con discapacidad en centros o instituciones educativas de cualquier nivel o tipo.

1º de dicho artículo contempla que cuando la naturaleza y/o grado de la discapacidad no haga posible la señalada integración a los cursos ordinarios la enseñanza especial se impartirá en clases especiales dentro del mismo establecimiento educacional (Gobierno de Venezuela 2009).

Marta Schorn, ante la pregunta ¿Qué se entiende por integración?, plantea que el Diccionario de la Real Academia Española dice al respecto “completar el todo con las partes que faltan”. Es decir, la integración está basada en la completud. Dejar fuera a alguno de sus miembros no llega a constituir una imagen armónica o integral de la sociedad. Pero todavía encontramos resistencias por parte de muchos miembros para la aceptación de la integración, no porque los profesionales, docentes o padres no hayan cambiado sino porque la aceptación implica un cambio sustancial de valores frente a lo social. Sólo así se podría dar una autentica integración que posibilite que todos los individuos afectados participen en la acción común sin tener que ocultar ni perder su identidad, contemplando las verdaderas posibilidades, capacidades y necesidades de cada niño y entendiendo que las diferencias existen pero que no deben ser planteadas para la discriminación sino para la integración y la atención a la diversidad. La integración no debe ser una utopía sino una realidad insoslayable (Schorn, 1999).

En cuanto a la teoría de las representaciones sociales es relevante considerar que el concepto de representación social no será utilizado en su amplitud y/o profundidad (tal como ha sido creado por Moscovici y desarrollado por otros [Moscovici, 1995]), centrándonos en la idea central que define a la representación social como expresiones de sentido común que circulan y traducen ideas, valores, imágenes, creencias que se van

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