INCIDENTE DE FALTA DE PERSONALIDAD
licrosasaguilarDocumentos de Investigación4 de Enero de 2019
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BERTHA BAZÁN GARCÍA
JUICIO SUCESORIO
I N T E S T A M E N T A R I O
EXPEDIENTE: 687/2018
ACUMULADO AL 347/2018
SECRETARIA "A"
HONORABLE JUEZ DECIMO SEXTO
DE LO FAMILIAR DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
P R E S E N T E:
ÁNGEL LUPERCIO ESPARZA, ROSALINDA BAZÀN HERNÀNDEZ y HERIBERTO BAZÀN HERNÀNDEZ, con nuestra personalidad debidamente acreditada en los autos de los expedientes citados al rubro, VISTO el contenido de los mismos y con fundamento en los artículos 88 y 811 en su segundo párrafo, nombrando como representante común al señor ÁNGEL LUPERCIO ESPARZA; ante Usted, con el debido respeto comparecemos para manifestar:
Por medio del presente escrito, venimos a promover incidente la falta de personalidad e interés jurídico de los señores JESÚS BAZÁN GARCÍA, SALOMÓN BAZÁN GARCÍA, OFELIA BAZÁN GARCÍA, MARÍA CRISTINA BAZÁN GARCÍA y ESTHER BAZÁN GARCÍA, quienes serán notificados por medio del boletín judicial de acuerdo al contenido de su acuerdo de fecha 05 de marzo de 2018, fundándonos para hacerlo en los siguientes hechos, consideraciones de derecho y pruebas:
HECHOS
PRIMERO. El día veintiséis (26) de febrero del dos mil dieciocho (2018), por escrito signado por los señores JESÚS BAZÁN GARCÍA, SALOMÓN BAZÁN GARCÍA, OFELIA BAZÁN GARCÍA, MARÍA CRISTINA BAZÁN GARCÍA, comparecieron a denunciar el Intestado de nuestra esposa y tía, finada BERTHA BAZÀN GARCÌA, mintiendo a su Señoría sobre el Estado Civil de la de cujus, al decir que murió soltera, cuando en realidad dejo esta vida casada con el suscrito ÁNGEL LUPERCIO ESPARZA, hecho demostrado plenamente con las copias certificadas de los atestados de defunción y matrimonio anexos al escrito inicial del expediente 687/2018 acumulado al 347/2018, los cuales obran en autos. Actuando de forma por demás temeraria y dolosa ante su Señoría al intentar inducirlo a dictar resoluciones contrarias a derecho.
SEGUNDO. En el mismo escrito inicial de denuncia de intestado con el que formo el expediente 347/2018, señalan un domicilio erróneo de la C. ESTHER BAZÀN GARCÌA. Reiterando su conducta antijurídica dolosa a fin de guiar al error a su Señoría. Hecho demostrado por medio del escrito de los suscritos ROSALINDA BAZÀN HERNÀNDEZ y HERIBERTO BAZÀN HERNÀNDEZ, ingresado en la Oficialía de partes de este Honorable Juzgado el día siete (7) de mayo del dos mil dieciocho (2018) el cual se encuentra agregado a los autos de expediente numero 347/2018, en el que proporcionamos a este Honorable Juzgado el domicilio real y completo, además de imágenes de la fachada del mismo, de nuestra tía ESTHER BAZÀN GARCÌA y atestados de nacimiento y defunción con los que acreditamos nuestro entroncamiento en el juicio seguido a bienes de nuestra difunta tía BETHA BAZÀN GARCÌA.
TERCERO. En el expediente numero 347/2018, el día dos (02) de marzo del dos mil dieciocho (2018), su Señoría dicto acuerdo que fue publicado, el cinco (05) de marzo del mismo año, surtiendo efectos el día seis de la misma mensualidad y anualidad, en el que entre otras resoluciones, su Señoría les solicito a los hoy demandados en el presente incidente:
- Su Manifestación, bajo protesta de decir verdad, “si existen otras personas con igual o mejor derecho a heredar”
- Presenten copia certificada del atestado del atestado de nacimiento de la de cujus, a fin de acreditar el entroncamiento de los denunciantes.
- Exhiban copia certificada del atestado de nacimiento de nacimiento de SERAFÌN BAZÀN GARCÌA, así como su respectiva acta de defunción.
- Señalen domicilio para oír y recibir notificaciones dentro de su jurisdicción en un término de TRES DÌAS, con el apercibimiento de que de no hacerlos, las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal, le surtirán por Boletín Judicial.
A la fecha, a seis meses de la fecha las solicitudes realizadas por Usted a los demandados incidentistas, no han cumplido con una sola de las solicitudes realizadas por su Señoría, dada de manifiesto su rebeldía, falta de interés jurídico y probablemente la imposibilidad jurídica y material para hacerlo.
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