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INCIDENTE LIQUIDACION DE SOCIEDAD CONYUGAL INCIDENTE DE LIQUIDACION DE LA SOCIEDAD CONYUGAL


Enviado por   •  16 de Mayo de 2018  •  Trabajos  •  2.351 Palabras (10 Páginas)  •  2.493 Visitas

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MARIA TERESA DE JESUS PEREZ LOPEZ                                       VS      

CARLOS CARMONA LICONA

JUICIO ORDINACRIO CIVIL

                                        EXPEDIENTE No. 313/2013-B

INCIDENTE DE LIQUIDACION DE LA SOCIEDAD CONYUGAL

ESCRITO INICIAL  

C. JUEZ PRIMERO DE LO FAMILIAR

ENSENADA, BAJA CALIFORNIA.

                        CARLOS CARMONA LICONA, con la personalidad que tengo debidamente acreditada y reconocida en los autos del  presente juicio,  ante usted, con atención y respeto comparezco para exponer:

                          Que  mediante este escrito y dentro del expediente  en que se actúa, en EJECUCIÓN DE SENTENCIA y en cumplimento al punto Tercero Resolutivo de la Sentencia Definitiva de fecha treinta y uno de Agosto del Dos mil Dieciséis, misma que se encuentra debidamente ejecutoriada,  en  la VÍA INCIDENTAL, promuevo INCIDENTE DE LIQUIDACION DE LA SOCIEDAD CONYUGAL, a efecto que mediante sentencia firme, se condene al ahora demandado a  la Liquidación,  repartición y adjudicación a las partes  del cincuenta por ciento de la totalidad de los bienes que integran la Sociedad Conyugal bajo la cual el suscrito y mi ex cónyuge contrajimos matrimonio.

Fundo esta demanda en los siguientes hechos y consideraciones de derecho:

H E C H O S

1.- El 31 de Agosto de 2016, este Juzgado dictó  sentencia definitiva en los autos del  Juicio Principal  De Divorcio Necesario en el que se actúa, disolviendo el vínculo matrimonial que me unió con la hoy demandada incidentista, misma que  por auto de  fecha 26 de Septiembre de 2016, quedo debidamente ejecutoriada.

                2.- En el punto Tercero Resolutivo de  la Sentencia definitiva dictada en los autos del juicio principal antes referido, se declaró disuelta la Sociedad Conyugal  constituida al contraer matrimonio con la ahora demandada incidentista MARIA TERESA DE JESUS PEREZ LOPEZ, reservándose su liquidación  en ejecución de sentencia, lo que ahora  hacemos.

                        3.- A efecto de cumplimentar  dicho punto resolutivo, procedo a adjuntar  a este escrito  el inventario y avaluó correspondiente, respecto de los bienes que fueron adquiridos durante la vigencia del  matrimonio  habido entre las partes y mismos que integran  la Sociedad Conyugal, y de los cuales, me corresponde el 50% cincuenta por ciento  y que son los siguientes: 

I).- Lote 15 de la Manzana 56 con superficie de 249.68 metros cuadrados y  clave catastral numero  EE-054-015, ubicado en el Fraccionamiento Chapultepec II Poligono IV, perteneciente a este municipio de Ensenada, Baja California, inscrito en el Registro Público de la Propiedad el 06 de Enero del 2000 bajo número de partida 5069364, adquirido  mediante contrato privado de fecha 03 de Noviembre de 1999, Celebrado en la Ciudad de Ensenada B.C. con COMISION PARA LA REGULARIZACION DE LA TENENCIA DE LA TIERRA (CORETT) DEBIDAMENTE REPRESENTADO, EN ESTE ACTO POR EL LIC. JOSE JESUS ROMO REYNOSO.

II).- Lote 14 de la Manzana 56 con superficie de 251.39 metros cuadrados y  clave catastral número  EE-054-014, ubicado en el Fraccionamiento Chapultepec II Poligono IV, perteneciente a este municipio de Ensenada, Baja California, inscrito en el Registro Público de la Propiedad el 20 de Diciembre del 2003 bajo número de partida 5116662, adquirido  mediante contrato de compraventa con ADRIANA OROZCO DEL RIO, CON EL CONSENTIMIENTO DE SU ESPOSO, SR. JUAN CARLOS MEXIA ZAMUDIO.

                         4.- En este orden de ideas, es incuestionable, que los bienes antes descritos, forman parte del acervo que integra la sociedad conyugal  de los que me corresponde el 50 % cincuenta por ciento  y  por ello son objeto de la presente liquidación.

                

 M E D I D A      P  R O V I S I O N A L 

Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 191 y 200 , 279 fracción IV y considerando que a la fecha subsiste el juicio de divorcio respecto al cumplimiento de los puntos resolutivos de la sentencia ejecutoriada dictada en dicho juicio  y concretamente respecto a la Liquidación de la Sociedad Conyugal, y ante el evidente temor fundado que el ahora demandado incidentista  dilapide los bienes que  integran y conforman el acervo de la Sociedad Conyugal, es que solicito se prevenga a mi contraparte,  a fin de abstenerse de disponer o dilapidar los bienes anteriormente referido y de los que se tramita su liquidación,  hasta en tanto dure la tramitación del presente incidente, apercibiéndole que en caso de incumplimiento se  le aplicaran cualquiera de las medidas de apremio que establece la Ley con independencia del desacato en que pudiera incurrir en caso de desobediencia .

                        Al efecto y a fin de acreditar los extremos de lo solicitado, ofrezco como medios de convicción las siguientes:

         

P R U E B A S

                           1.- LA CONFESIONAL PERSONALÍSIMA.- A cargo de la parte demandada o quien legalmente represente a MARIA TERESA DE JESUS PEREZ LOPEZ; a quien solicito se cite en el domicilio señalado en autos para que comparezca en forma personal y sin apoderado para absolver posiciones que en sobre cerrado o de manera verbal se les formularan oportunamente el día y hora que para tal efecto se señale, apercibiéndole que de no comparecer sin causa justificada será declarado confesa de todas las posiciones que se califiquen de Legales.

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