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INSTRUMENTO DE VERIFICACIÓN DE ESTÁNDARES


Enviado por   •  10 de Abril de 2013  •  25.666 Palabras (103 Páginas)  •  1.114 Visitas

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Edición 2013

“El presente instrumento de verificación de estándares (para todos los programas que operan dentro de territorios indígenas), tendrá como referente para su correspondiente aplicación lo consignado en la resolución 3622 de diciembre 14 de 2007 y el lineamiento técnico administrativo de atención diferenciada a grupos étnicos, sin perjuicio de los objetivos de calidad de los mismos servicios”

Instituto Colombiano de Bienestar Familiar

Av. Carrera 68 No. 64C – 75 Sede de la Dirección General

Línea gratuita nacional 01 8000 91 80 80

www.icbf.gov.co

I

ESTANDARES DE RESULTADO

VARIABLE Y DEFINICIÓN INSTRUCTIVO E INDICADORES

Componente Técnico: Salud y Nutrición

Responsable : Centro de Desarrollo Infantil

1. Afiliación efectiva al sistema general de seguridad social en salud:

Hace referencia a la garantía de acceso a servicios de salud de los niños y niñas. Compromete al conjunto de instituciones, normas y procedimientos mediante los cuales el Estado garantiza la prestación de servicios de salud a los colombianos(as) de acuerdo con lo establecido en la Ley 100 de 1993 y sus modificaciones contenidas en la Ley 1122 de 2007, al cual la población debe encontrarse vinculada, mediante cualquiera de los tipos establecidos: contributivo, subsidiado o vinculado.

Notas:

1. Si la visita es realizada antes de cumplirse un mes de actividades, es válida la evidencia de gestión, para los niños y niñas que no se encuentran afiliados.

2. En la verificación de esta variable, tenga en cuenta que el CDI puede soportar la afiliación de los niños y niñas, mediante consulta web en la Base de Datos Única del Sistema de Seguridad Social del Fondo de Solidaridad y Garantía FOSYGA, en el momento de la visita.

Tiempo máximo para exigir el estándar : A partir de la inscripción del niño o niña al Centro de Desarrollo Infantil. Instructivo: De los listados de niños y niñas inscritos en el Centro de Desarrollo Infantil, identifique de acuerdo con el anexo 1, cuántos se encuentran afiliados al sistema general de seguridad social en salud, para lo cual debe constatar si existe evidencia de afiliación o vinculación al sistema subsidiado o contributivo, o existe algún tipo de documento que permita constatar que a la fecha han sido atendidos en el sistema de salud.

Algunos de los documentos que pueden ser verificados, son:

1.1. Carpetas de los niños y niñas con copia del carnet de afiliación al SGSSS.

1.2. Cartas de gestión a la Secretaria de Salud Local.

1.3. Actas de compromiso con padres o cuidadores para la afiliación de los niños y niñas al SGSSS.

1.4. Cuadro de control y seguimiento de los niños y niñas sin afiliación al SGSSS.

Seleccione la alternativa que más se ajusta a la situación encontrada y transcriba este dato a la casilla correspondiente en la hoja de caracterización y registro.

0 – Ninguno de los niños y niñas está afiliado al SGSSS.

2 – Entre el 1% y el 25% de los niños y niñas está afiliado al SGSSS.

4 – Entre el 26% y el 50% de los niños y niñas está afiliado al SGSSS.

6 – Entre el 51% y el 75% de los niños y niñas está afiliado al SGSSS.

8 – Entre el 76% y el 99% de los niños y niñas está afiliado al SGSSS.

10 - El 100% de los niños y niñas está afiliado al SGSSS.

Estándar N° 9 de Cero a Siempre: El CDI verifica la afiliación de las niñas y los niños al Sistema General de Seguridad Social en Salud – SGSSS. En los casos de no contarse orienta y hace seguimiento a la gestión con la familia y/o cuidadores o con la autoridad competente en caso de ser necesario.

I

ESTANDARES DE RESULTADO

VARIABLE Y DEFINICIÓN INSTRUCTIVO E INDICADORES

Componente Técnico: Salud y nutrición

Responsable: Familia – Centro de Desarrollo Infantil 2. Crecimiento y desarrollo.

Definición: Se entiende como la atención para la detección temprana de las alteraciones del crecimiento y desarrollo de los niños y las niñas. Comprende el conjunto de actividades, procedimientos e intervenciones dirigidas a esta población, mediante las cuales se garantiza su atención periódica y sistemática, con el propósito de detectar oportunamente la enfermedad, facilitar su diagnóstico y tratamiento, reducir la duración de la enfermedad, evitar secuelas, disminuir la incapacidad y prevenir la muerte. Este servicio debe ser desarrollado por las entidades de salud, previa inscripción de la población.

Lo anterior debe ser desarrollado teniendo en cuenta la periodicidad siguiente:

Para menores de 1 año: 4 seguimientos al año por Enfermería: 1-3m; 4-6m; 7-9m; 10-12m.

De 1 año a menores de 2 años: 3 seguimientos al año por Enfermería 13-16m; 17-20; 21-24m.

Para mayores de 2 a 4 años: 4 seguimientos al año por Enfermería: 25-30m; 31-36m; 37-48m; 49-60m.

Nota: Si la visita es realizada antes de cumplirse un mes de actividades, es válida la evidencia de gestión, para los niños y niñas que no se encuentran asistiendo al programa de crecimiento y desarrollo.

Tiempo máximo para exigir el estándar: A partir de la inscripción del niño o niña al Centro de Desarrollo Infantil. Instructivo: Verifique

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