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IURA NOVIT CURIA


Enviado por   •  19 de Agosto de 2016  •  Ensayos  •  1.866 Palabras (8 Páginas)  •  569 Visitas

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[pic 1]Segundo Parcial Derecho Civil Obligaciones II

Profesor Rodrigo Becerra Toro

Estudiante Valentina Quintana Orrego 

Santiago de Cali, Marzo 01 2016

Pontificia Universidad Javeriana - Cali

Iura novit curia

Es un aforismo de procedencia latina, que significa literalmente “El tribunal conoce los derechos”. Es aquí donde el tribunal es directamente relacionado con el juez, magistrados, o la autoridad judicial competente, el cual debe conocer los derechos vigentes y aplicables a los casos que se puedan presentar. Este principio ha tomado gran importancia a lo largo del tiempo, ya que forma parte esencial de lo que hoy en día se le llama derecho procesal.

El origen de este principio se remonta a la antigüedad, donde un juez se encontraba muy agotado tras las disquisiciones jurídicas que el abogado presentaba, en ese momento el juez se vio obligado a responder con el principio “Dame los hechos, yo te daré el Derecho”, con base en lo anterior, se tuvo como objetivo en la antigua Roma dividir las tareas entre los jueces y abogados, donde los jueces deberían conocer el derecho, y las normas a aplicar según la naturaleza del litigio, y donde los abogados mostrarían los hechos ocurridos; En consecuencia de esto el juez ya no se encontraría en la misma posición que las partes sino que este tomaría un nivel de señorío.

En el campo de la aplicación del principio Iura Novit Curia, es importante recalcar que cumple una función de presunción, pero de igual manera es regla en caso de que las partes no lo tengan en cuenta; Este principio abre paso al principio de legalidad, pues el juez está sometido a las leyes y es fiel ante estas. Se ve reflejada su función en la Constitución Política de Colombia art 230: “Los jueces, en sus providencias, solo están sometidos al imperio de la ley. La equidad, la jurisprudencia, los principios generales del derecho y la doctrina son criterios auxiliares de la actividad judicial”. [1]Igualmente en Colombia se faculta al juez a la solución de cualquier caso bajo otras fuentes del derecho o situaciones semejantes con el objetivo de que este sea el encargado de regular las situaciones. En el artículo 37 del Código de Procedimiento Civil, inciso 8. “Decidir aunque no haya ley exactamente aplicable al caso controvertido, o aquélla sea oscura o incompleta, para lo cual aplicará las leyes que regulen situaciones o materias semejantes, y en su defecto la doctrina constitucional, la costumbre y las reglas generales de derecho sustancial y procesal.” [2]Por ende el juez debe actuar de manera oficiosa al derecho aplicable y en toda ocasión debe recurrir a la aplicación inmediata de las normas competentes, alguna fuente de derecho o jurisprudencia según los hechos demostrados y respetando el principio de congruencia ante los mismos, ya que el juez en ningún momento puede recurrir a la facultad para variar términos o el objeto de un proceso constitucional.  

“¿Cuál es la importancia del aforismo iura novit curia donde se destaca que el juez conoce el derecho, sino solo él lo debe conocer?” [3]

Básicamente esta pregunta, da paso a encontrar la razón por la cual el principio iura novit curia, ha perdurado a lo largo del tiempo, y ha tomado gran auge en el uso cotidiano del derecho, “Entonces, cabe sostener otra razón: La obligación de la  autoridad de aplicar el derecho vigente, va más allá del que invoquen los litigantes y su deber de conocerlo”[4]; Si bien la función de aplicación del principio iura novit curia, está relacionada con facultar la total disposición y aplicación del derecho al juez según su jurisdicción, y que simplemente se consienta que las partes afectadas prueben los hechos, también se persigue un objetivo más profundo y que va más allá de una simple repartición de funciones, pues es la sociedad quien busca  mantener la paz y resolver los problemas que se presentan, sin recurrir al uso de la fuerza, o crear ciertas inconformidades que podrían generar problemas futuros en la población, desarrollando la aplicación de este aforismo con el fin de fomentar la seguridad jurídica al momento del litigio.

En consecuencia, básicamente el principio iura novit curia ha trascendido hasta llegar a convertirse en regla de tacita aplicación, y en una garantía de seguridad jurídica para la resolución de los diferentes conflictos que se presenten. Donde un tercero en este sentido un juez o arbitrio tenga la potestad de resolver las diferentes problemáticas mediante normas y decisiones que el consideren adecuadas; De igual forma bajo el papel que debe cumplir el juez como tercero, la presunción de su debido conocimiento del derecho está ligada al ejercicio de dos garantías: La primera persigue la resolución de los procesos, contemplando todas las normas del ordenamiento jurídico, y aplicándolas de manera pertinente, pues en la Constitución Política de Colombia se tiene como principio: “ la ignorancia de la ley, no sirve de excusa”; [5]por esta razón el juez no puede pasar por alto alguna de las normas que se encuentre en el ordenamiento y que sea aplicable al caso concreto. La segunda garantía que se presenta hacia las partes afectadas, corresponde no solo al absoluto conocimiento de las normas, sino también a que el juez se encuentre actualizado e informado de los cambios y vigencia que posee cada una de ellas, con el fin de velar por la legal y correcta resolución de los problemas que se presentan en la sociedad, no falta recalcar que teniendo en cuenta las dos garantías anteriores el juez en todo momento debe velar por mantener la igualdad ante las partes e imparcialidad ante la decisión; Todo lo anterior tiene como propósito a la hora del ejercicio jurisdiccional garantizar la seguridad jurídica para las partes.

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