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Identifique y describa 4 peligros del trabajo con Calderas y Generadores de Vapor


Enviado por   •  10 de Marzo de 2016  •  Ensayos  •  1.355 Palabras (6 Páginas)  •  1.117 Visitas

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Procesos de Transformación de Minerales.

Javier Montecinos Cardenas

TALLER I DE PREVENCIÓN DE RIESGOS EN ÁREA PRODUCTIVA

Instituto IACC

07 / 03 / 2016


Desarrollo

Identifique y describa 4 peligros del trabajo con Calderas y Generadores de Vapor y proponga para cada peligro una medida de control exigido según la normativa legal vigente (D.S.48). Adicionalmente deberá crear 1 una medida de control creada por usted, para cada uno de los peligros mencionados.

Las calderas y los generadores de vapor son maquinarias de suma importancia en la industria, sobre todo por la ayuda que prestan en los procesos productivos. Las calderas tienen distintos tipos de utilización dependiendo del área productiva en el cual sean empleados. Es importante señalar que están continuamente evolucionando sobre todo porque deben ir adaptándose a nuevas medidas de control y normativas legales, ya que deben ir cumpliendo las exigencias, además de ser efectivos, económicos y seguros.

Debido a los cambios, exigencias y perfeccionamientos de las calderas, es que existen una gran variedad de ellas, por lo tanto se ha requerido crear medidas que permitan regular las instalaciones y funcionamiento, por lo cual fue creado el Decreto supremo 48/84, que reglamenta a las carderas y generadores de vapor.

Los riesgos de las calderas son las siguientes:

  • Explosión: Existen 2 tipos de explosiones que pueden ocurrir, las cuales se clasifican según su origen, las cuales son las explosiones químicas y físicas. Las explosiones Químicas, las cuales son provocadas por la combustión instantánea de los vapores de combustible acumulados o por las reacciones del agua con sales fundidas. Ahora las explosiones físicas son las provocadas por las roturas de materiales sometidos a presión debido a la expansión brusca del agua contenida dentro de la caldera.

La medida de control que detalla el Decreto Supremo 48, articulo 20 es:

Toda caldera deberá estar provista de una o más válvulas de seguridad del mismo tipo y capacidad de evacuación, que deberá estar conectados directamente a la cámara de vapor de la caldera, independiente de toda otra conexión o toma de vapor y sin interposición de ninguna otra válvula, llave, grifo u obstrucción.

Medida de control: Los operadores de caldera sólo podrán ser abandono de la sala al término de su turno. En el caso en que requieran salir deberán solicitar permiso y autorización del jefe directo

  • Aumento Súbito de la presión: Esto se provoca cuando se disminuye el consumo vapor o el operador se descuida, además del exceso de combustible en la cámara de combustión.

La medida de control que detalla el Decreto Supremo 48, articulo 19 es:

Toda Caldera deberá estar provista de uno o más manómetros que se conectarán a la cámara de vapor de la caldera mediante el tubo que forme un sello de agua. El diámetro nominal interior mínimo de este tubo será de 6mm (1/4”).

El manómetro tendrá la capacidad de indicar, a lo menos, una y media vez la presión máxima del generador, procurando que dicha presión se encuentre en el tercio central de la graduación de la esfera.

Medida de control: Los operadores deben tener una observación permanente de las calderas.

  • Descenso excesivo del nivel de agua: Es considerada una de las fallas más graves que puede suceder. En el caso en que el nivel no haya descendido más allá de los límites permisibles o visibles, sólo necesitará que lo alimentes rápidamente, en caso contrarios, si el nivel es demasiado bajo o no visible entonces se deberá considerar la caldera seca

La medida de control que detalla el Decreto Supremo 48, articulo 18 es:

Toda caldera deberá estar provista, a lo menos de dos indicadores de nivel de agua, independientes entre sí. Uno de ellos será de observación directa del nivel de agua, del tipo del tubo de vidrio, pudiendo ser el otro formado por una serie de tres grifos o llaves de prueba. Estos indicadores estarán directamente conectados a la caldera, o bien, a una botella de niveles establecidos para este fin.

Medida de control: Se deberá controlar permanentemente los indicadores. Observar los indicadores de agua, teniendo presente que en ningún momento debe pasar los limites inferiores de trabajo.

  • Descenso rápido de la presión: Esto es producido principalmente por descuidos del operador al no alimentar al fuego.

La medida de control que detalla el Decreto Supremo 48, articulo 21 es:

Toda caldera dispondrá de un sistema de alarma acústica y visual, que funcione cuando el nivel de agua alcance el mínimo, o el máximo deteniendo, a la vez, el funcionamiento del sistema de combustión cuando alcance el nivel mínimo de agua.

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