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Importancia de la venta

yalegnisTrabajo16 de Octubre de 2014

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Página 1 de 30

República Bolivariana de Venezuela

Ministerio del poder popular para la Educación Superior

Universidad Nacional Experimental Rómulo Gallegos

Achaguas, Estado Apure.

Profesor.

Participantes:

Abg. Edy Sambrano Yalegni López

Hugo Beroe

Maria Santana

Ángel Santana

Alexi Ojeda

Luis Valera

Francisco Correa

Ana Sánchez

Septiembre 2014

INDICE

Introducción…………………………………………………………………pág. 3

Importancia de la venta……………………………………………………..pág.4

Noción histórica de la venta…………………………………………………pág.4

Concepto de la venta…………………………………………………………pág.4

Naturaleza jurídica de la venta………………………………………………pág.4

Diferencias entre la venta y otras instituciones jurídicas. …………………pág.4

Venta y permuta ……………………………………………………………..pág.4

Venta y arrendamiento………………………………………………………..pág.4

Venta y depósito………………………………………………………………pág.4

Venta y contrato de obras ……………………………………………………pág.5

Venta y mandato………………………………………………………………pág.5

Venta y dación en pago……………………………………………………….pág.5

Venta y donación en carga ……………………………………………………pág.5

Elementos esenciales a la existencia y validez de la venta: inicio……………pág.5

Consentimiento………………………………………………………………...pág.5

Formación del consentimiento………………………………………………...pág.5

Contratos preliminares………………………………………………………..pág.6

Capacidad y poder…………………………………………………………….pág.6

Incapacidades para vender y comprar………………………………………..pág.6

Incapacidades para comprar………………………………………………….pág. 7

Incapacidades para vender…………………………………………………….pág.7

Objeto………………………………………………………………………….pág. 7

El precio: sus caracteres……………………………………………………….pág.8

Legitimación……………………………………………………………………pág.8

Venta de la cosa ajena………………………………………………………….pág.8

Condiciones para que exista venta de la cosa ajena…………………………..pág.8

Sanción de la venta de la cosa ajena…………………………………………..pág.8

Obligación de transferir………………………………………………………..pág.9

Ventas obligatorias…………………………………………………………….pág.9

Obligaciones de hacer la tradición…………………………………………….pág. 9

Modos de hacer la tradición …………………………………………………pág.10

Obligación de saneamiento……………………………………………………pág.10

Saneamiento en caso de evicción: generalidades……………………………..pág.10

Régimen legal del saneamiento por hecho propio. …………………………..pág.11

Sujetos de la obligación………………………………………………………..pág.11

Saneamiento por vicios ocultos……………………………………………….pág.11

Supuestos en la responsabilidad legal por vicios ocultos……………………pág.11

Objeto de la obligación del vendedor. ………………………………………..pág.12

Garantía convencional de buen funcionamiento. …………………………….pág.12

Venta con reserva de dominio…………………………………………………pág.12

Régimen de la ley especial……………………………………………………..pág.13

Venta de apartamentos de edificios “viejos”….……………………………....pág.13

Venta de parcelas. ……………………………………………………………..pág.14

Campo de aplicación de la ley………………………………………………....pág.14

Documento de urbanización o parcelamiento…………………………………pág.14

Venta de parcelas por documento privado……………………………………pág.15

Venta de parcelas que forman parte de un inmueble gravado……………….pág.15

Prohibición de la venta de determinadas parcelas……………………………pág.15

Venta de parcelas por cuotas. ………………………………………………..pág.16

Propaganda…………………………………………………………………….pág.16

Responsabilidad penal de las personas jurídicas……………………………..pág.16

Responsabilidad especial del registrador…………………………………… pág.16

Conclusión……………………………………………………………………..pág.17

Bibliografía……………………………………………………………………pág.18

INTRODUCCIÓN

La venta es un contrato por el cual el vendedor se obliga a transferir la propiedad de una cosa y el comprador a pagar el precio. La venta pura y simple de un objeto determinado no es obligacional; podríamos enmarcarla en el artículo 1.161 del Código Civil Venezolano. En los contratos que tienen por objeto la transmisión de la propiedad u otro derecho, la propiedad o derecho se transmiten y se adquiere en por efecto del consentimiento legítimamente manifestado y la cosa que da a riesgo y peligro del adquiriente aunque la tradición no se haya verificado. En la venta pura y simple de una cosa determinada la propiedad se transmite o transfiere automáticamente (efecto real de la venta) desde que las partes están de acuerdo en precio y cosa.

Mediante ella se hacen operaciones comerciales que van desde céntimos compra una caja de fósforos, hasta compras por millones de bolívares. Nadie se libra de este hecho que constituye la venta. Pero también existe otra Importancia Jurídica y es que la venta es un contrato paradigma (modelo). Cuando en otros contratos existen lagunas jurídicas se recurre al contrato de venta.

En cuanto a la transferencia de la propiedad de una cosa o derecho. No puede haber transferencia en nuestro derecho positivo moderno en el cual la finalidad última o efecto Terminal no sea la transferencia de un derecho de propiedad. El hecho de que ocurra la transferencia de un derecho no supone necesariamente que esta ocurra en el momento en que se perfecciona el contrato, se opera la transferencia en la venta de cosas determinadas y existentes en el momento de celebrarse el contrato, sin embargo existen una serie de hipótesis en que la transferencia de la propiedad ocurre en un tiempo posterior, la transmisión de la propiedad se realiza de inmediato con la simple emisión del consentimiento, el efecto que tiene ese contrato es el de hacer nacer en el comprador un derecho real que no es otro que el derecho de propiedad. (Eficacia real) En el caso de la venta pura y simple.

IMPORTANCIA DE LA VENTA

La venta es el más importante de todos los contratos desde un triple punto de vista:

1. Por su frecuencia, ya que, si no todas las personas venden, al menos, todas compran

2. Por la variedad de las formas que puede adoptar; y

3. Por la abundancia de sus normas legales, que no son solo las normas civiles y mercantiles codificadas, sino también las leyes especiales. Por ejemplo: las de la Ley de Venta con Reserva de Dominio, Ley de Propiedad horizontal, Ley de Venta de parcelas, etc.).

NOCIÓN HISTÓRICA DE LA VENTA

La venta es un perfeccionamiento del trueque que nació cuando apareció un medio universal de cambio: el dinero. Ello implico una serie de ventajas: La realización del trueque suponía la coincidencia entre dos personas, cada una de las cuales debe procurarse precisamente el bien que la otra persona desea enajenar y el hecho de que tales bienes sean más o menos de igual valor en el criterio de los permutantes. La venta descompone el trueque en dos operaciones y ello implica una simplificación, ya que el dinero logra la equivalencia y coincidencia.

CONCEPTO DE LA VENTA

La ley dice que: La venta es un contrato por el cual el vendedor se obliga a transferir la propiedad de una cosa y el comprador a pagar el precio (Artículo 1.474 del Código Civil Venezolano Vigente). En sentido general, la Venta es

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