ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Incapacidad Civil


Enviado por   •  10 de Febrero de 2015  •  686 Palabras (3 Páginas)  •  268 Visitas

Página 1 de 3

INCAPACIDAD CIVIL

La incapacidad Civil es un estado al que se llega después de un procedimiento judicial en el que con intervención del ministerio fiscal y de un médico forense se priva judicialmente a una persona de la posibilidad de realizar actos o negocios jurídicos (con la extensión y alcance que se determine en la sentencia de incapacidad).

Tras obtener la incapacidad se nombra un tutor o curador que será el representante legal del incapacitado.

La persona del tutor será establecida judicialmente a través de procedimiento de incapacidad, según el orden que prevé el código civil o atendiendo a la voluntad previa del incapacitado. (autotutela).

El tutor puede ser una persona física o una entidad o establecimiento (por ejemplo: cuando se nombra a un órgano de la administración estatal, local o autonómica o una Fundación).

En el caso de que el incapacitado esté sujeto a la patria potestad esta podrá prorrogarse sin necesidad de establecer un tutor a través, igualmente, de una resolución judicial.

TIPOS DE INCAPACIDADES CIVILES:

• Absolutas: para todo tipo de acto o negocio jurídico.

• Relativas: para realizar las actividades establecidas en la sentencia o resolución de incapacidad.

PROCEDIMIENTO PARA OBTENERLO

Debe acudirse con un abogado y un procurador que a su vez y en nombre de los solicitantes solicitan al juez competente del domicilio del incapacitado ante el cual instan el correspondiente procedimiento regulado en la ley de enjuiciamiento civil.

COMO REVOCAR UNA INCAPACIDAD (DEJAR SIN EFECTO)

A través de un abogado y un procurador.

REPRESENTANTES LEGALES DEL INCAPACITADO

EJERCICIO DE LA TUTELA

Es posible nombrar un nuevo tutor que la ejerza totalmente la tutela o también se puede nombrar más de un tutor, en este caso el ejercicio de la misma puede ser mancomunado o solidario.

• Mancomunado: cuando cada acto de la tutela debe ser autorizado por cada uno de los tutores.

• Solidaria: cuando con la autorización de un solo tutor es suficiente.

CURATELA

ORDEN DE PRELACIÓN PARA EL NOMBRAMIENTO DE UN TUTOR / CURADOR :

Para el nombramiento de tutor se preferirá:

1º. Al designado por el propio tutelado a través de testamento o documento publico notarial.

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (3.8 Kb)  
Leer 2 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com