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Informativo Sobre Paternidad


Enviado por   •  22 de Septiembre de 2014  •  643 Palabras (3 Páginas)  •  177 Visitas

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INFORMATIVO SOBRE PATERNIDAD

Estimado Colaborador:

Es nuestro objetivo orientarte sobre las gestiones que corresponden por el nacimiento de un hijo, a fin de que goces de todos los beneficios que te corresponden de acuerdo a Ley, considerados por promover y fortalecer el desarrollo de la familia.

I. BASE LEGAL

 Ley Nª29409, Ley que Concede el Derecho de Licencia por Paternidad a los Trabajadores de la Actividad Pública y Privada.

 Decreto Supremo Nº 014-2010-TR Reglamento de Ley Nª29409

 Ley Nª 26790 – Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud y sus modificatorias.

 Decreto Supremo Nº 009-97-SA – Reglamento de la Ley 26790

II. LICENCIA POR PATERNIDAD

 La licencia por paternidad consiste en el derecho que tiene el colaborador a ausentarse de su puesto de trabajo con ocasión del nacimiento de su hijo o hija, con derecho a remuneración.

 Es otorgada a los colaboradores que prestan labores en las distintas entidades y empresas de los sectores público y privado, cualquiera sea el régimen laboral o régimen especial de contratación laboral al que pertenezcan.

 La licencia por paternidad tiene una duración de cuatro (4) días hábiles consecutivos.

 El inicio de la licencia por paternidad se hace efectivo en la oportunidad que el colaborador indique, entre la fecha de nacimiento del hijo o hija y la fecha en que la madre o el hijo o hija sean dados de alta por el centro médico respectivo. En caso que la oportunidad de inicio del goce coincida con días no laborables, según la jornada aplicable al trabajador, el inicio del periodo de licencia se produce el día hábil inmediato siguiente.

 No corresponde su otorgamiento en los casos en que el colaborador se encuentre haciendo uso de del descanso vacacional o en cualquier situación que haya determinado la suspensión temporal del contrato de trabajo.

 El colaborador debe de comunicar, con una anticipación no menor de quince (15) días naturales, la fecha probable de parto. Ello a través de un documento dirigido al Jefe de Recursos Humanos visado por su jefatura.

 El colaborador presentará el acta de nacimiento de su bebe al termino del gozo de la licencia.

 Este beneficio es de carácter irrenunciable y no puede ser cambiado o sustituido por pago en efectivo u otro beneficio.

III. REGISTRO DE HIJO RECIÉN NACIDO

 Es importante considerar el registro del hijo recién nacido tanto en EsSalud como en la EPS, según correspondiera, a fin de que el bebé

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