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Instituto Nacional para la Educación de los Adultos


Enviado por   •  30 de Noviembre de 2015  •  Síntesis  •  1.108 Palabras (5 Páginas)  •  97 Visitas

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En el 2005 se realizo un cambio de modelo penitenciario para los adolescentes en conlifcto de la ley, por lo que se cambio de un modelo  tutelar a un modelo garantista, de acuerdo con la reforma al artículo 18 Constitucional del 2005:

“La Federación, los Estados y el Distrito Federal establecerán, en el ámbito de sus respectivas competencias, un sistema integral de justicia que será aplicable a quienes se atribuya  la realización de una conducta tipificada como delito por las leyes penales y tengan entre doce años cumplidos y menos de dieciocho años de edad, en el que se garanticen los derechos fundamentales que reconoce esta Constitución para todo individuo, así como aquellos derechos específicos que por su condición de personas en desarrollo les han sido reconocidos. Las personas menores de doce años que hayan realizado una conducta prevista como delito en la ley, sólo serán sujetos a rehabilitación y asistencia social.” (CPEUM, 2015, 1)

Lo anterior es importanto en tanto establece las edades juridicas de los adolescentes para tratamiento en comunidad, tanto de internación como de externación. Por otra parte, quiero hacer enfásis en el siguiente parráfo:

“tendrá como fin la reintegración social y familiar del adolescente, así como el pleno desarrollo de su persona y capacidades. El internamiento se utilizará solo como medida extrema y por el tiempo más breve que procesa, y podrá aplicarse únicamente a los adolescentes mayores de catorce años de edad, por la comisión de conductas antisociales calificadas como graves” (CPEUM, 2015, 1)

En el parráfo anterior menciona uno de los objetivos que debe perseguir la institución penitenciaria, es por ello que la institución esta obligada a ofrecer el desarrollo integral de los adolescente; además, explica con ello los datos estadísticos correspondientes a la DGTPA donde se afirma que la minoría de los adolescentes que han cometido un delito, se encuentran en privación de la libertad.

Artículo 18. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Recuperado de http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/dof/CPEUM_ref_165_12dic05_ima.pdf

El artículo tercero constitucional explica el nivel académico que se les ofrece a los adolescentes en conflicto con la ley:

“Todo individuo tiene derecho a recibir educación. El Estado –Federación, Estados, Distrito Federal y Municipios–, impartirá educación preescolar, primaria, secundaria y media superior. La educación preescolar, primaria y secundaria conforman la educación básica; ésta y la media superior serán obligatorias.

La educación que imparta el Estado tenderá a desarrollar armónicamente, todas las facultades del ser humano y fomentará en él, a la vez, el amor a la Patria, el respeto a los derechos humanos y la conciencia de la solidaridad internacional, en la independencia y en la justicia.” (CPEUM, 2015, 4)

Lo anterior es importante en tanto se habla de que el Estado impartirá de manera obligatoria el nivel educativo hasta nivel media superior, dejando el nivel superior a los ciudadanos. Apuntare a lo que los diputados busca desarrollar con la educación en las personas.

Artículo 3ro. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Recuperado de: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/cpeum.htm

Teresa Ramírez (2008) dice, con respecto al cambio de modelo de tratamiento tutelar al garantista, que “la Secretaría de Gobierno informó que para atender a los menores se contará con un nuevo sistema denominado Comunidad Terapéutica, el cual consistirá en dar atención integral al menor y a su familia a fin de evitar que siga en conflicto con la ley” (p.1)

Es con esto como se crean diversos actores que participarán dentro de las comunidades terapéuticas, “se crea la figura de guía técnico, que sustituye a la de custodio, el cual tendrá como tarea principal acompañar a los jóvenes en su proceso de reinserción social. El nuevo modelo incluye trabajo de psicólogos, atención a la familia y actividades permanentes.” (p.1)

Teresa Ramírez, afirma que la el nuevo modelo favorecerá la reducción de tiempo de tratamiento que los adolescentes reciben, permitiendo la reinserción social a corto plazo.

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