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LA NORMATIVIDAD DEL INSTITUTO NACIONAL PARA LA EDUCACIÓN DE ADULTOS (INEA).


Enviado por   •  7 de Agosto de 2016  •  Trabajos  •  3.057 Palabras (13 Páginas)  •  252 Visitas

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LA NORMATIVIDAD DEL INSTITUTO NACIONAL PARA LA EDUCACIÓN DE ADULTOS (INEA)

El Instituto Nacional para la Educación de los Adultos (INEA) es un organismo público descentralizado de la administración pública federal mexicana, agrupado en el sector coordinado por la Secretaría de Educación Pública, con personalidad jurídica y patrimonio propio, creado por decreto presidencial el 31 de agosto de 1981. propone y desarrolla modelos educativos, materiales didácticos, sistemas para la evaluación del aprendizaje, realiza investigaciones para fortalecer la educación con personas jóvenes y adultas, y certifica la educación básica para aquellos que no hayan cursado o concluido dichos estudios en los términos del artículo 43 de la Ley General de Educación 2 que establece que la educación para adultos está destinada a individuos de 15 años o más que no hayan cursado o concluido la educación primaria y secundaria y ya no pueden incorporarse al sistema escolarizado. Esta educación se presta a través de los servicios de:

• Alfabetización

• Educación primaria

• Educación secundaria

• Formación para el trabajo con las particularidades adecuadas a dicha población.

Considero que este Instituto es muy completo en bases ya que busca reducir el rezago educativo nacional y de este modo contribuir a generar un país con mayor inclusión y equidad, a través de un sistema que permita garantizar el derecho a la educación de todos los mexicanos. Preservando la unidad educativa nacional para que la educación básica de las personas jóvenes y adultas se acredite y certifique con validez en toda la República.

Pero a la ves carece de descentralización en algunos estados de la república mexicana, así como de infraestructura para la capacitación, actualmente se proporcionan a través de algunas delegaciones los servicios de educación básica: alfabetización, primaria, secundaria y educación para la vida y el trabajo. Estableciendo diversas estrategias y acciones para desarrollar la operación de los servicios educativos, acordes con las características, ubicación, concentración y necesidades de las personas jóvenes y adultas, entre las que consideran el reconocimiento de la participación solidaria, la estrategia de puntos de encuentro, el establecimiento de plazas comunitarias y la vinculación con otros programas públicos, como son el Servicio Militar Nacional y Oportunidades.

A) Inscripción y Reinscripción

Tienen derecho a inscripción las personas con 15 años cumplidos o más que no hayan iniciado o que interrumpieron la educación básica. Cosidero que las personas deben de tener 12años en adelante para poder ingresar al instituto. Considero que todo documento personales (Copia certificada del Acta de Nacimiento o Documento Legal Equivalente. Cartilla del Servicio Militar para los jóvenes conscriptos atendidos en el Programa SEDENA-SEP-INEA. Constancia de la Clave Única de Registro de Población (CURP), en caso de contar con ella. Pasaporte. Credencial de elector) sean de tramite rapido por que suelen ser tardada la espera de los documentos.

En caso de inscripción la educación secundaria deberán presentar además:

Certificado de Terminación de Estudios o Certificación de Estudios de Educación Primaria. Certificación de Terminación de Estudios de Educación Primaria Expedida a través de Medios Electrónicos. Resolución de Revalidación de Estudios de Educación Primaria, en su caso.

Para alumnos con antecedentes de nivel secundaria:

Resolución de Revalidación de Estudios de Educación Secundaria de primero y/o segundo grado, en su caso. Resolución de Equivalencia de Estudios de Educación Secundaria de primero y/o segundo grado, en su caso. Boletas de Evaluación de los grados cursados, debidamente firmadas por el Director y con el sello oficial “sistema educativo nacional”, en su caso. Informe de Calificaciones de Estudios Parciales, en su caso. Constancias de Examenes de Regularización debidamente legalizadas, en su caso.

Una vez que se cuente con las actas de nacimiento digitalizadas en las Delegaciones o Institutos Estatales, se podrá hacer el cotejo digital de la base de datos de Actas de Nacimiento a través del SASA y no será necesario la presentación de la misma, ya que el expediente del joven o adulto será electrónico.

Las boletas que para tal efecto presenten los jóvenes o adultos serán válidas con los datos asentados en las mismas y no se tendrán que cotejar en el Área de Control Escolar de la SEP, si éstas y los datos que contiene son perfectamente legibles. También se reconocerán todos los documentos de acreditación expedidos por las autoridades educativas que amparen la aprobación de grados. Considero que este norma siempre se debe validar la documentacion presentada por que puede haber falsificacion.

La aplicación de la Evaluación Diagnóstica es opcional y se podrá aplicar una sola vez cuando los jóvenes o adultos ingresen al INEA, el resultado ubicará al joven o adulto en el nivel correspondiente y se deberá sustentar antes de la presentación de cualquier examen final. Considero que la evalucion diagnostica debe ser presenta al incribirse al instituto para saber en que nivel a cademico se encuentra muy independiente de la boleta presentada.

Una vez que el joven o adulto sustente el Examen Diagnóstico, no podrá presentar documentos probatorios de escolaridad. No estoy deacuerdo con esta norma ya que puede ser utilizada de respaldo para la intergacion de la documentacion del integrante.

Se reconocerán aquellos documentos del sistema escolarizado expedidos por las autoridades educativas que muestren el adeudo de algunas áreas o asignaturas consideradas como académicas, en tal caso, el Instituto Estatal y/o Delegación orientará a los jóvenes o adultos en la elección de las siguientes alternativas:

a. Repetir el nivel correspondiente en el INEA.

b. Presentar el Examen Diagnóstico.

c. Sustentarlas en cualquiera de los tres periodos de regularización establecidos para alumnos y exalumnos irregulares, los cuales se realizan en los meses de agosto, septiembre y enero.

Yo concidero que el inciso a)en repetir el nivel, no es congruente solo por el adeudo de la materia, se podria realizar un examen o en su caso la revalidacion de dicha materia.

Los

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